Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/8/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL
Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Ratificase el Convenio Suscripto entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia Decreto Nº 597
Rawson, 27 de Julio de 2021
VISTO:
El Expediente N 0490 - M.D.S.F.M.J - 2021; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto se gestiona la ratificación del Convenio entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia del Chubut suscripto el día 01 de diciembre de 2020 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, protocolizado al Tomo I, Folio 262 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de marzo de 2021;
Que a través del mismo la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia del Chubut, la suma total de PESOS DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS DIECISIETE CON SESENTAY UN CENTAVOS $ 16.383.417,61, con destino a financiar la adquisición de maquinarias, herramientas y materiales necesarios para la puesta en marcha e implementación de proyectos productivos o de servicios del Programa Nacional Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social;
Que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 135
inciso 1 de la Constitución Provincial, procede dar intervención a la Honorable Legislatura, toda vez que dicha norma establece que corresponde al Poder Legislativo aprobar o desechar los tratados o convenios que firma la Provincia;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E TA :
Artículo 1.- RATIFICASE en todos sus términos el
Martes 10 de Agosto de 2021
Convenio suscripto entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación representado por su titular Lic. Erika ROFFLER y el Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia del Chubut representado por el Ministro señor Gustavo Andrés HERMIDA, suscripto el día 01
de diciembre de 2020 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, protocolizado al Tomo 1, Folio 262 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de marzo de 2021, mediante el cual la Secretaria de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación se compromete a transferir al Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud de la Provincia del Chubut, la suma total de PESOS DIECISÉIS MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
DIECISIETE CON SESENTA Y UN CENTAVOS $
16.383.417,61, en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas, con destino a financiar la adquisición de maquinarias, herramientas y materiales necesarios para la puesta en marcha e implementación de proyectos productivos o de servicios del Programa Nacional Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales para la Emergencia Social;
Artículo 2.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura Provincial.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. GUSTAVO ANDRÉS HERMIDA
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO
PODER EJECUTIVO: Rectifíquese el Artículo 2º del Decreto Nº 413/21, Bonificación Especial Remunerativa, No Bonificable Decreto Nº 609
Rawson, 29 de Julio de 2021
VISTO:
El Expediente N 867/2021 -SGG; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se promueve la rectificación del Tercer Considerando del Decreto N 413/21;
Que en el Tercer Considerando, se ha incurrido en un error involuntario al consignar Conforme lo establecido en el Decreto N 2012/11, siendo lo correcto;
Que el beneficio señalado será otorgado a los agentes de la Dirección General de Administración de Personal. Dirección de Despacho y Personal, Dirección Técnica, Dirección de Asesoramiento Legal, y Dirección de Certificaciones y Administrativa, dependientes de la Subsecretaría de Coordinación y Relaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno;