Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 26 de Julio de 2021

BOLETÍN OFICIAL

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 113/21.Rawson Chubut, 23 de junio de 2021
VISTO: El Expediente Nº 37.835, año 2018, caratulado: MUNICIPALIDAD DE ESQUEL - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2018;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 133/
21F.3 la Sub-Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Esquel no ha dado respuesta a la Nota N 130/21F.3.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc c, según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables: Intendente: Sr. Sergio ONGARATO; Director Gral. de Administración: Cr. Jorge COLINECUL, de la contestación de la Nota N 130/21F.3.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de ESQUEL: Intendente: Sr. Sergio ONGARATO;
Director Gral. de Administración: Cr. Jorge COLINECUL, a dar respuesta a la Nota N130/21F.3 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente art. 40º de la Ley Nº V-71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme los artículos 17º incisos m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese y notifíquese hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Pte. Dr. Martin MEZA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Cr. Antonio CIMADEVILLA
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Ante Mi: Dra. Irma BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 114/21.Rawson Chubut, 24 de junio del 2021
VISTO: El Expediente Nº 39955, año 2021, caratulado: COMISIÓN DE FOMENTO DE PASO DE INDIOS -S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2021; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 124/21
la Contadora a cargo de Fiscalía Nº 12 da cuenta que la Comisión de Fomento Paso de Indios no ha remitido la rendición de cuentas correspondiente a los meses de
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enero a marzo del Ejercicio 2021.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inciso c de la Ley V Nº 71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 12
resultan responsables Intendente: Sr. Mario Horacio PICHIÑAN y Secretario de Gobierno y de Hacienda: Sr.
Mariano RUIZ de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Comisión de Fomento Paso de Indios, Intendente: Sr. Mario Horacio PICHIÑAN y Secretario de Gobierno y de Hacienda: Sr. Mariano RUIZ , a presentar la Rendición de Cuentas correspondiente a los meses de enero a marzo del Ejercicio 2021 dentro del término de quince 15
días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º incisos m y n y 18º inciso c de la Ley V Nº 71, según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 12 y cúmplase.
Pte. Dr. Martin MEZA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Cr. Antonio CIMADEVILLA
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Ante Mi: Dra. Irma BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 115/21.Rawson Chubut, 24 de junio del 2021
VISTO: El Expediente Nº 39939, año 2021, caratulado: COMUNA RURAL DE ALDEA EPULEF -S/
Rendición de Cuentas Ejercicio 2021; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 119/21
la Contadora a cargo de Fiscalía Nº 12 da cuenta que la Comuna Rural Aldea Epulef no ha remitido la rendición de cuentas correspondiente a los meses de Enero a Marzo del Ejercicio 2021.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inciso c de la Ley V Nº 71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 12
resultan responsables Presidente: Sr. Alejandro Elbio GONZALEZ y Tesorero: Sr. Cristian Fabio AYILEF de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Comuna Rural Aldea Epulef, Presidente: Sr. Alejandro Elbio GONZALEZ y Tesorero: Sr. Cristian Fabio AYILEF, a presentar la Rendición de Cuentas correspondiente a los meses de Enero a Marzo del Ejercicio 2021 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/7/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date26/07/2021

Page count25

Edition count4339

First edition07/01/2004

Last issue15/05/2024

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