Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/7/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 2
BOLETÍN OFICIAL
Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Fíjense los Haberes Mínimos de las Prestaciones otorgadas y a otorgarse por el Instituto de Seguridad Social y Seguros Decreto N 427
Rawson, 14 de Junio de 2021
VISTO:
El Expediente N 1475-ISSyS-21 y el Decreto N
1099/2019 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N 1099/2019 se estableció el monto de los haberes mínimos de las prestaciones previsionales, que en el marco de la Ley XVIII N 32
otorga el Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia;
Que desde esa última modificación, se han producido variaciones tanto en el costo de vida como en los salarios de los trabajadores del sector público;
Que atendiendo al principio de sustitutividad y razonable proporcionalidad que deben guardar las prestaciones previsionales, resulta necesario que los haberes mínimos previsionales se actualicen en concordancia con los incrementos salariales experimentados por dicho sector, actualizando los mismos conforme a las variaciones en el costo de vida;
Que en razón de lo precedente corresponde adecuar los montos mínimos de las prestaciones previsionales otorgadas y a otorgarse por el Organismo Previsional Provincial a partir del 1 de abril de 2021;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 90
de la Ley XVIII N32, le compete al Poder Ejecutivo fijar los importes mínimos y máximos de las prestaciones que establece la normativa previsional;
Que corresponde exceptuar al presente trámite del criterio de irretroactividad conforme artículo 32, inciso 3 de la Ley I N 18;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E TA :
Artículo 1.- FÍJENSE los haberes mínimos de las prestaciones otorgadas y a otorgarse por el Instituto de Seguridad Social y Seguros, a partir del 1 de abril de 2021, en los montos que a continuación se detallan:
a Jubilación Régimen General, Policial, Docente, por Tarea Riesgosa, Régimen Aeronáutico, Régimen
Martes 6 de Julio de 2021
de Tarea Penosa,Determinante de Vejez Prematura y Jubilación por Avanzada Edad: $ 27.364,00
b Pensiones: $ 20.504,00
c Jubilación por Retiro Voluntario Decreto Ley Provincial N 2.228: $ 20.504,00
d Régimen por Discapacidad: $ 26.696,00
e Régimen Especial Ex-Combatientes: $ 21.983,00
Artículo 2.- CONSÍDERENSE comprendidos dentro de los montos que se fijan por el artículo 1, los Adicionales Remunerativos que el Instituto de Seguridad Social y Seguros abonará a las distintas prestaciones previsionales.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Lic. OSCAR ABEL ANTONENA
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 199
29-03-21
Artículo 1: Rectifícase el Decreto N 02/21 en sus Planillas Anexas N 21, 60, 66, 78, 80, 95, 97, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 138, 139, 140, 146, 150, 151,152, 153, 155, 158, 159, 161, 172, 173, 176 y 177, conforme Planillas Anexas N 1 a 35, que forman parte del presente Decreto.
Ver Anexos en el Original en la Dirección General de Registros
Dto. N 428
14-06-21
Artículo 1.- Aceptar la renuncia a la designación como Director General de Servicios Públicos Ad-Honorem otorgada mediante Decreto N 831/20, del Licenciado Juan Carlos MICHI M.I. N 14.388.353 - Clase 1962, a partir del 31 de Marzo del 2021.Artículo 2.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Artículo 32 de la Ley I N 18, por aplicación del punto 3 de la misma norma legal.Artículo 3.- Designar Ad-Honorem, a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Marcelo Ceferino MAMMOLITI M.l. N 18.027.268-Clase 1967 en el cargo de Director General Servicios Públicos dependiente de la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, quien continuará percibiendo sus haberes conforme el Cargo de Revista Jefe de Departamento Delegación Noroeste Categoría 18 de la Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo N 625/
11.-
Dto. N 445
16-06-21
Artículo 1.- Atento a lo dispuesto por el artículo 16