Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Prorrógase el PROGRAMA
SOCIAL Y FORTALECIMIENTO COOPERATIVO

asimismo las demandas de obras, de mantenimiento y preservación de los distintos Ministerios del Gobierno Provincial, Entes Autárquicos y Municipales, se hace necesario continuar con el Programa, incorporando las Cooperativas de Trabajo que se detallan en el ANEXO I
que forma parte integrante del presente Decreto, desde el 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021;
Que no existen impedimentos legales ni formales para emisión del presente acto administrativo;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

Decreto N 31
Rawson, 26 de Enero de 2021
VISTO:
El Expediente N 2566/19-STR, los Decretos 513/
18 - 655/18- 942/18- 1006/18- 86/19- 462/19- 918/191069/19- 100/20-849/20; y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto 513/18, se crea el PROGRAMA SOCIAL Y FORTALECIMIENTO COOPERATIVO
destinado a la contención social de las Cooperativas de Trabajo, impulsando y generando, de esta forma herramientas innovadoras que impacten positivamente en la comunidad;
Que el mismo pretende promover el trabajo conjunto entre diferentes estamentos del Estado Provincial y las Cooperativas involucradas, buscando amortiguar los impactos negativos de la crisis económica, a través de la obtención de beneficios mutuos;
Que a los fines de cumplir con los objetivos planteados, las Cooperativas de Trabajo, realizaran obras, mejoras de infraestructuras, tareas de mantenimiento y preservación de la estructura urbana de edificios públicos, mediante el acondicionamiento de estos espacios de acuerdo a los requerimientos que efectúen los distintos Ministerios del Gobierno Provincial y aquéllos Entes Autárquicos y Municipales que adhieran;
Que el Estado Provincial mantiene una política constante de apoyo, fortalecimiento y asistencia de las entidades cooperativas, y a través de ella de sus socios cooperativos, dignificando así la labor que llevan adelante, haciéndolos participes del crecimiento de la comunidad, muestra de ello revisten las sucesivas prórrogas que se han dispuesto del presente Programa;
Que en el contexto actual signado por la pandemia declarada de Covid- 19, y la consecuencias económicas y sociales que acarreó la prolongación del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y demás medidas preventivas adoptadas por el Estado Nacional y Provincial, es que fue necesario y prioritario reforzar la asistencia a las entidades cooperativas, con la finalidad de que cada día sea más eficiente el cumplimiento de las tareas que le fueren asignadas en este marco y el trabajo de cada una de ellas, introduciendo para ello en el Decreto 849/20 modificaciones en la ejecución del Programa;
Que por todo lo expuesto, y a la luz de la experiencia recabada desde la implementación del mismo, como
Martes 9 de Febrero de 2021

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto por el Artículo 32 de la Ley I N 18, por aplicación del Punto 3 del mismo precepto legal.Artículo 2.- Prorrogar el PROGRAMA SOCIAL Y
FORTALECIMIENTO COOPERATIVO desde el 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2021, en un todo de acuerdo y conforme los considerandos que anteceden.Artículo 3 - Incorporar y Prorrogar el cupo de cooperativas de trabajo que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto, desde el 1
de enero y hasta el 30 de junio de 2021.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 15:
Secretaría de Trabajo - SAF 15: Secretaría de Trabajo Programa 18: Promoción del Cooperativismo - A01 Ejecución Promoción del Cooperativismo - 5 Transferencias 1 -Transferencias a Sector Privado para financiar gastos corrientes - 4 - Ayuda Social a Personas - Fuente de Financiamiento 3.47 - Ejercicio 2021 .Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado, en el Departamento de Gobierno y Justicia.Artículo 6.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO
ANEXO I

1
2 3
4 5
6 7
8 9
10
11
12
13
14
15

Cooperativa de Trabajo 10 de Abril Limitada Cooperativa de Trabajo 16 de Mayo Limitada Cooperativa de Trabajo 18 de Marzo Limitada Cooperativa de Trabajo 24 de Marzo Limitada Cooperativa de Trabajo 28 de Agosto Limitada Cooperativa de Trabajo 3 de Agosto Limitada Cooperativa de Trabajo 5 de Octubre Limitada Cooperativa de Trabajo 6 de Enero Limitada Cooperativa de Trabajo 15 de Diciembre Limitada Cooperativa de Trabajo 15 de Septiembre Limitada Cooperativa de Trabajo Alma Fuerte Limitada Cooperativa de Trabajo Amigos Solidarios Limitada Cooperativa de Trabajo Argentina Construcciones Limitada Cooperativa de Trabajo Barro y Fuego-21 de Septiembre Ltda.
Cooperativa de Trabajo Berriak Mugak Limitada

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/2/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date09/02/2021

Page count21

Edition count4339

First edition07/01/2004

Last issue15/05/2024

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