Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Apruébase el Acuerdo Transaccional entre la Provincia del Chubut y la firma Genneia S.A.
Decreto N 1299
Rawson, 15 de Diciembre de 2020
VISTO:
La Ley V N 96; el Expediente N 158/2020- FE; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo normado por el art. 7 inc. 4
de la Ley V N 96, el Sr. Fiscal de Estado somete a aprobación de este Poder Ejecutivo el Acuerdo celebrado el día 04 de noviembre del año 2020 en el marco de los autos caratulados: GENNEIA S.A c/Provincia del Chubut s/ Demanda Contencioso Administrativa Expte. N 24.763 - Año: 2017, entre la Provincia del Chubut; representada por el Ministro de Economía y Crédito Público, el Ministro de Infraestructura, Energía y Planificación y el Fiscal de Estado, por una parte, y GENNEIA S.A. por la otra, a los efectos de conciliar y financiar las deudas existentes;
Que se desprende del mismo que ha sido celebrado en los términos del artículo 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación y de los artículos 311 del Código Procesal Civil y Comercial;
Que según la cláusula primera, la Provincia reconoce adeudar a Genneia S.A. créditos por la generación y venta de energía eléctrica por las Centrales de Río Mayo y Gobernador Costa, por la suma total de $596.529.208, comprensiva de capital por facturas en mora, intereses, saldo impago de capital y reintegro de gastos corrientes de operación;
Que dicho importe es considerablemente inferior al que resultaría de incluir intereses por facturas en mora por el período 01/03/2018 al 30/09/2020, lo que acrecentaría el importe adeudado en $415.133.868,20, conforme se desprende del informe emitido por el Sr.
Contador General y que obra en las actuaciones del Visto;
Que la cláusula segunda estipula que dichos créditos son cancelados parcialmente, por la compensación con las obligaciones de pago que Genneia S.A.
reconoce en favor de la Provincia por un monto total de $193.890.052,28, comprensiva de saldo de precio por la venta, cesión y transferencia del 39% de las acciones de Ingentis Esquel II S.A., indemnización reclamada por el estado de las Centrales e impuesto sobre los ingresos brutos en ejecución en autos Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut c/GENNEIA S.A. s/EJECUCION FISCAL Expte. Nro.
000396, Año 2016;

Martes 12 de Enero de 2021

Que de la cláusula tercera surge que las partes se otorgan recíprocamente recibo y carta de pago por los créditos compensados;
Que de acuerdo a la cláusula cuarta la Provincia ofrece a Genneia S.A. y ésta acepta de conformidad, abonar en forma financiada el saldo adeudado resultante de la compensación y deducción de los créditos, por un monto de $402.639.155,72, mediante la emisión y entrega de TÍTULOS DE CANCELACIÓN DE DEUDA PROVINCIALSERIE II previstos en el Capítulo III de la Ley de Consolidación, a ser emitidos en los términos y condiciones previstos en el artículo 27 de la citada Ley;
Que la cláusula quinta prevé el supuesto de mora en la entrega de los títulos u otros incumplimientos; la sexta que la aprobación del Acuerdo por parte del Poder Ejecutivo conlleva la extinción por transacción del proceso judicial por cobro de facturas con costas por su orden;
mientras que las cláusulas séptima y octava dan cuenta de la renuncia recíproca a efectuar reclamos futuros en relación a los contratos de Mayo y Costa;
Que mediante la cláusula novena las partes acordaron el sometimiento del Convenio a su aprobación por este Poder Ejecutivo, en el plazo de treinta días desde la suscripción;
Que la cláusula décima, por su parte, prevé el sometimiento de cualquier controversia en relación a la interpretación, incumplimiento, ejecución o resolución del Convenio, al Superior Tribunal de Justicia;
Que según la cláusula décimo primera, la transacción también tiene plenos efectos jurídicos respecto a los autos Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut c/GENNEIA S.A. s/EJECUCION FISCAL Expte.
Nro. 000396, Año 2016, que tramita por ante el Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Rawson;
Que, finalmente, en la cláusula décimo segunda las partes acordaron que la transacción no incrementa el valor ni pretende cambiar la naturaleza ni efectuar novación de obligaciones preexistentes, y que el 50%
del impuesto de sellos, según el artículo 163 del Código Fiscal será pagado por Genneia.
Que en tales condiciones, corresponde la aprobación en todos sus términos del Acuerdo celebrado entre la Provincia y la firma Genneia S.A.;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- APRUÉBASE el acuerdo transaccional celebrado el día 04 de noviembre del año 2020, entre la Provincia del Chubut y la firma Genneia S.A., en el marco de los autos caratulados: GENNEIA S.A c/ Provincia del Chubut s/ Demanda Contencioso Administrativa Expte.
N 24.763 - Año: 2017, de trámite ante el Superior Tribunal de Justicia.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado, en los Departamentos de Economía y Crédito Público e Infraestructura Energía y Planificación.
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, notifíquese,

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date12/01/2021

Page count27

Edition count4336

First edition07/01/2004

Last issue08/05/2024

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