Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 174
21-02-20
Artículo 1.- Rectifíquese el Artículo 1 del Decreto N 51/2020 hoja 4 de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- Dejar a cargo a partir de la fecha del presente Decreto a los agentes que figuran en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los Departamentos y Divisiones del Ministerio de Seguridad allí consignados.Artículo 2.- Rectifíquese el Artículo 2 del Decreto N 51/2020 hoja 4 de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2.- Ratificar a partir de la fecha del presente Decreto las designaciones de los agentes Ruth Mabel CARRASCO M.I.N 21.993.862 - Clase 1971 y David Eduardo JAMES M.I.N 28.482.471 - Clase 1980 en los cargos que se detallan en el Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 3.- Rectifíquese el Artículo 2º del Decreto N 51/2020 hoja 4 de fecha 20 de enero de 2020 consignado en segundo término, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3.- Abonar a los agentes mencionados en el Anexo I del Decreto, la diferencia salarial entre su cargo de revista y los cargos allí consignados, conforme lo dispuesto por el Artículo 105 de la Ley I N 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N 116/82, Artículo 1 Punto II, Apartado 2.-.Artículo 4.- Rectifíquese el Artículo 3º del Decreto N 51/2020 hoja 4 de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4.- Otorgar el adicional por Jerarquía Profesional, conforme a lo establecido por el Artículo 22
- Inciso f de la Ley I - N 74, reglamentado por el Decreto I - N 1330/81, sustituido por el Decreto N 509/84, al agente Rodolfo COSTILLA M.I.N 26.057.452 - Clase 1977 quien revista un cargo Abogado A - Código 4-001 - Nivel I -Agrupamiento Profesional - Planta Permanente, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia.-.Artículo 5.- Rectifíquese el Artículo 4º del Decreto N 51/2020 hoja 4 de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento
Lunes 30 de Marzo de 2020

del presente, se imputará en la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad -S.A.F. 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 5 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Programa 36 - Conducción Política Estratégicas en Prevención al Delito - Actividad 1 - Conducción Políticas Estratégicas en Prevención al Delito - Programa 32 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial APSV - Actividad 1 Subsecretaría de Seguridad Vial APSV - Programa 32
- Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial APSVActividad 2 - Plan Seguridad Vial - Ejercicio 2020.-.Artículo 6º- Rectifíquese el Artículo 4 bis del Decreto N 51/2020 hoja 5 de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 6.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad, de Gobierno y Justicia, y de Economía y Crédito Público.-.Artículo 7.- Rectifíquese el Artículo 5º del Decreto N 51/2020 hoja 5 de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 7.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial cumplido, ARCHIVESE.-.Artículo 8.- Rectifíquese el Anexo 1 hoja 1 del Decreto N 51/2020, de fecha 20 de enero de 2020, el que quedará redactado tal cual luce en el Anexo A del presente Decreto.Artículo 9.- Rectifíquese el undécimo Considerando del Decreto N 51/2020 hoja 2, de manera que en donde dice Gustavo Gabriel SOTO, debe decir Gustavo Javier SOTO.Artículo 10.- Rectifíquese el decimocuarto Considerando del Decreto N 51/2020 hoja 3, consignándose erróneamente Pamela Gisel CID a cargo de la División REPAT dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Vial APSV, del Ministerio de Seguridad, cuando debe decir Renata Da Conceicao PIVA ARAUJO.Artículo 11- Reservar los cargos de revista a partir de la fecha del presente Decreto, mientras desempeñen las funciones encomendadas, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 14 y 20 de la Ley I N 74, de los agentes que figuran en el Anexo A y B, que forma parte integrante del presente Decreto.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date30/03/2020

Page count8

Edition count4335

First edition07/01/2004

Last issue26/04/2024

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