Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANEAMIENTO Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N 601
Rawson, 09 de diciembre de 2019.
VISTO:
El Expediente N 0002337-MIPySP/19; y, CONSIDERANDO:
Que a fojas 49 consta el Convenio celebrado entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Río Mayo, suscripto con fecha 27 del mes de Septiembre del año 2019, que tiene por objeto el otorgamiento del subsidio para la ejecución de la Obra:
AMPLIACION DE VIVIENDA PARA DISCAPACITADO
EN RIO MAYO, el cual fue protocolizado en la Escribanía General de Gobierno en el Tomo: 3 Folio: 149 con fecha 07 de Octubre del año 2019;
Que de acuerdo a la Cláusula Primera de dicho Convenio la Provincia se compromete a financiar la suma total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y
SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON DIECIOCHO CENTAVOS $ 547.880,18, pagadero en DOS
02 cuotas iguales de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON
NUEVE CENTAVOS $ 273.940,09 conforme la Cláusula Segunda del mismo, que será aplicado por la Municipalidad en forma exclusiva y excluyente a la ejecución de la Obra mencionada en el Considerando anterior;
Que la asistencia a los Municipios y Comunas es una de las prioridades del Gobierno Provincial;
Que a fojas 48 consta la Reserva del Gasto por la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y
SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON DIECIOCHO CENTAVOS $ 547.880,18;
Que en consecuencia corresponde realizar la Imputación Presupuestaria para el Ejercicio 2019
por la suma indicada en el Considerando anterior;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho del Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA, PLANEAMIENTO Y SERVICIOS PÚBLICOS

R E S U E LV E :
Artículo 1.- Impútese el gasto que demande el cumplimento de la presente Resolución, que asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON
DIECIOCHO CENTAVOS $ 547.880,18, a la Jurisdicción 08- SAF 88- Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios PúblicosPrograma 30Subprograma 00- Actividad 02- Inciso 5- Partida Principal 8- Parcial 06- Fuente de Financiamiento 3.68- Ejercicio 2019.Artículo 2.- La presente Resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Obras Municipales.Artículo 3.- Regístrese, comuníquese a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Ge-

Viernes 28 de Febrero de 2020

neral de Presupuesto y Finanzas, a la Dirección de Proyectos de Inversión y cumplido ARCHIVESE.Arq. GUSTAVO AGUILERA
Ministro de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos SERGIO RAMON
Subsecretario de Servicios Públicos Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos
SECRETARÍA DE TRABAJO
DELEGACIÓN REGIONAL PUERTO MADRYN
Res. N 219
Puerto Madryn Ch., 19 de febrero de 2020.
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 04-1125/19, Caratulado: POLICIA DEL TRABAJO S/ INSPECCION
INTEGRAL C/ WOODLEY URRUTIA WENDY, y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 09 se glosa Acta de Infracción Nº 7227, de fecha 03 de diciembre de 2019.
Que, de fs. 10 se glosa Resolución N 041/
20DRTPM, de fecha 15 de enero de 2020, mediante la cual se procedió a disponer la apertura de la instrucción sumarial en los términos del art. 31 inciso d Ley X N 15.
Que, conforme se desprende de la cedula de notificación obrante a fojas 11, no fue posible notificar la Resolución mencionada a la empleadora imputada y sumariada.
Que, por consiguiente, conforme lo prevé el art.
62 inciso 3 de la Ley I N 18, 3.- la notificación de la Resolución N 041/20DRTPM, se realizó por medio del Boletín Oficial de la Provincia; constancia que obra agregara en el expediente a fojas 14/15.
Que, sin perjuicio de ello, la publicación en el Boletín Oficial fue realizada en fecha 03 de febrero de 2020, por lo que resultó tardía y/o intempestiva, dado que mediante la Resolución N 041/20DRTPM se fijó audiencia para el día 31 de enero de 2020; para que la empleadora imputada formule los descargos que estime conveniente y proponga la producción de medidas de prueba conf. art. 31 inc. d Ley X N 15.
En efecto, resultando la audiencia de descargo prevista en la Ley orgánica de esta Secretaría, un acto principal y fundamental de defensa, de especial tutela legal art. 18 CN; y, por consiguiente, resultando toda actuación que se despliegue en el marco del presente expediente pasible de nulidad, conforme lo expresamente previsto por el Artículo 34º incisos 1 y 2 de la Ley I N 18; deviene necesario y ajustado a derecho fijar nueva fecha de audiencia a los fines y efectos previstos en el art. 31 inciso d de la Ley X N 15.
Que no existe impedimento legal ni formal para la emisión del presente acto.

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date28/02/2020

Page count24

Edition count4337

First edition07/01/2004

Last issue13/05/2024

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