Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 86
Viernes, 06 de mayo de 2022
Pág. 38


ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
1245/22

JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACION PUBLICA E INTERIOR
DELEGACION DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA EN ALMERIA
ANUNCIO
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ALMERÍA, DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y DE
CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE LA INSTALACIÓN DE GENERACIÓN ELÉCTRICA FOTOVOLTAICA PARA
AUTOCONSUMO.
PERE-1722
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 02/04/2022 tiene entrada en el registro de esta Delegación del Gobierno una solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción, presentada por D. Guillermo Gracia Sánchez con D.N.I. 1014 en calidad de autorizado por el titular y solicitante INDASOL, S.A.T., con C.I.F. V04188488 y domicilio social en Paraje Los Aljibillos, s/n C.P.
04700 El Ejido Almería, para la construcción de una instalación de generación de energía eléctrica solar fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes sobre cubierta de 550,095 kWp/500,000 kWn.
Se acompañada de Declaración Responsable presentada por D. Miguel Barbero Sánchez con D.N.I. 2619 actuando con poder de representación del titular INDASOL S.A.T., indicando que no requiere Declaración de utilidad pública para su implantación y que no está sometido a la autorización ambiental unificada establecida en la Ley 7/2007, de 9 de julio sic.

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica, siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento no afecte a otro territorio.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y en el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, la competencia para otorgar la autorización administrativa de explotación de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de solar fotovoltaica, incluyendo la infraestructura de evacuación de las instalaciones de producción de energía eléctrica cuando se ubiquen en el territorio de una provincia se encuentra atribuida a la Delegación del Gobierno de la provincia respectiva, y de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Tercero. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, que aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
Cuarto. La presente autorización administrativa no se someterá al trámite de información pública, al cumplir los requisitos establecidos en la disposición final cuarta, del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación del Gobierno de Almería, en el uso de las competencias atribuidas:
RESUELVE
Primero. Otorgar autorización administrativa previa y de construcción a la instalación que se describe, concediéndose un plazo máximo de un año para la puesta en servicio de las instalaciones.
SOLICITANTE: INDASOL, S.A.T.
DOMICILIO: Paraje Los Aljibillos, s/n C.P. 04700 El Ejido Almería


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FUNDAMENTOS DE DERECHO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date06/05/2022

Page count40

Edition count6217

First edition26/04/1999

Last issue15/05/2024

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