Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 11/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 195
Lunes, 11 de octubre de 2021
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
4086/21

AYUNTAMIENTO DE ALBANCHEZ
ANUNCIO
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 49 y 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se hace público para general conocimiento el texto de la "Ordenanza reguladora del registro municipal de centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía" , cuyo acuerdo de aprobación inicial adoptado por el Pleno en sesión de 24 de junio de 2021, ha quedado elevado a definitivo al no haberse formulado en el periodo de exposición pública de 30 días hábiles, reclamación o alegación contra el mismo, procediendo a su entrada en vigor tras la publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, según dispone el art. 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
"ORDENANZA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CENTROS VETERINARIOS Y
CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO TEMPORAL DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
DE LA LOCALIDAD DE ALBANCHEZ ALMERÍA

La Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales tiene por objeto la regulación, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de las condiciones de protección y bienestar de los animales que viven bajo la posesión de los seres humanos, y en particular de los animales de compañía. La citada ley dedica su Capítulo IV, del Título II, a regular las condiciones que deben cumplir los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía, definiendo y estableciendo los requisitos que dichos centros deben cumplir. Una de las obligaciones exigidas a estos centros es la de inscribirse en el Registro Municipal de Centros Veterinarios, Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado Temporal de los Animales de Compañía, que al efecto crea la ley en su artículo 20.2 y cuya confección y mantenimiento corresponde a las Entidades Locales art. 32.a de la ley 11/2003.
Por otro lado, el Decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales, en su artículo 16 incluido dentro del capítulo IV, Ordenación Sanitaria de Explotaciones Ganaderas en su Sección 2
relativa a núcleos zoológicos hace referencia a los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía, indicando que de forma previa al inicio de la actividad, estos centros, excepto clínicas y hospitales veterinarios, deberán estar inscritos en el Registro Único de Ganadería de Andalucía, en la sección de explotaciones ganaderas y que la inscripción o cancelación en el Registro Único de Ganadería de Andalucía se efectuará de oficio una vez comunicada por el correspondiente municipio su inscripción o cancelación en el Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado de los Animales de Compañía.
Partiendo de tales antecedentes se hace necesario crear el Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado Temporal de los Animales de Compañía de María y concretar, a través de la presente Ordenanza, todos los aspectos relativos a su funcionamiento y procedimiento de inscripción en el mismo.
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
La presente Ordenanza municipal tiene por objeto crear y regular en el municipio de Albanchez Almería el Registro Municipal de Centros Veterinarios, Centros para la Venta, Adiestramiento y Cuidado Temporal de los Animales de Compañía, previsto en el artículo 20.2 de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales de Compañía.
Artículo 2. Establecimientos obligados a inscribirse.
a.- Deberán solicitar su inscripción en el presente Registro los albergues, clínicas y hospitales veterinarios, residencias, criaderos, centros de adiestramiento, establecimientos de venta, refugios para animales abandonados y perdidos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros de estética y cualesquiera otros que cumplan análogas funciones, o en los que de forma permanente se realicen actividades relacionadas con animales de compañía ubicados en el término municipal de Albanchez.
b.- Dicha inscripción es independiente del cumplimiento de cualquier otra obligación o requisito exigible para el ejercicio y desarrollo de la actividad.
Artículo 3. Competencia y gestión.
La competencia para acordar la inscripción, modificación o baja en el presente Registro corresponderá al Alcalde o Concejal/a en quien delegue, estando encomendada su gestión a la Secretaría General, a quien le corresponde la tramitación de los expedientes de altas y bajas o, cualquier cambio o modificación de los datos que obligatoriamente deberán figurar en el mismo.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 11/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date11/10/2021

Page count17

Edition count6208

First edition26/04/1999

Last issue02/05/2024

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