Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 26/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 141
Lunes, 26 de julio de 2021
Pág. 3


ADMINISTRACIÓN LOCAL
3524/21

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
AREA DE HACIENDA, NUEVAS TECNOLOGÍAS Y VIVIENDA
ANUNCIO
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Almería, en sesión ordinaria celebrada el 31 de mayo de 2021, adoptó entre otros, el acuerdo número 5, relativo a Aceptación de la Delegación de Facultades Efectuadas por varios Ayuntamientos a favor de esta Diputación Provincial para la Gestión, Inspección y Recaudación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana IIVTNU.
De forma extractada, se acuerda lo siguiente:
Las delegaciones acordadas han seguido el formulario elaborado por la Diputación de Almería y enviado a los ayuntamientos, que es el incluido en el anexo del Reglamento General de los Servicios de Inspección, Gestión, Liquidación y Recaudación de Tributos de la Diputación Provincial de Almería, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería BOP, núm. 243 de fecha 18 de diciembre de 2015.
El texto de delegación acordado por los ayuntamientos, según formulario realizado al efecto, es el siguiente:

Al amparo de lo previsto en el artículo 7.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento ha considerado oportuno delegar en la Diputación Provincial de Almería, las facultades de gestión tributaria, recaudatoria y la Inspección del IIVTNU, con el alcance y contenido siguientes:
1. OBJETO DE LA DELEGACIÓN:
La gestión tributaria, recaudatoria en voluntaria y en ejecutiva y la Inspección del IIVTNU.
2. CONTENIDO DE LA DELEGACIÓN:
Abarcará cuantas actuaciones comprende la gestión, inspección y recaudación del IIVTNU, de acuerdo con la legislación aplicable, y en particular:
a Aprobación de liquidaciones por ingreso directo y notificación de las mismas.
b Reconocimiento de exenciones y bonificaciones.
c Emisión de documentos cobratorios.
d Recaudación del IIVTNU tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
e Expedir relaciones de deudores individuales o colectivas. Dictar las providencias de apremio y resolver los recursos interpuestos contra las mimas.
f Liquidación y recaudación de recargos, costas e intereses de demora.
g Concesión de aplazamientos y fraccionamientos.
h Realización de actuaciones derivadas del procedimiento de apremio dictar diligencias de embargo y resolver los recursos interpuestos contra las mismas, derivaciones de responsabilidad, declaración de créditos incobrables, tercerías, subastas, etc.
i Conferir y revocar a las Entidades de Depósito el carácter de Entidades Colaboradoras y, establecer los límites de la colaboración.
j Revisión en vía administrativa de los actos dictados en el ejercicio de las funciones delegadas k Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
l Información y asistencia al contribuyente.
m Descarga, a través de la plataforma ANCERT, de los índices notariales comprensivos de los documentos que contengan hechos, actos o negocios jurídicos que pongan de manifiesto la realización del hecho imponible, realizar los requerimientos a que hubiera lugar.
n La representación y defensa ante los Juzgados y Tribunales de cualquier recurso o reclamación interpuesto frente o en relación a los actos de gestión, recaudación o inspección derivados de este impuesto.
3. CONDICIONES DE LA DELEGACIÓN:
1. La Diputación Provincial de Almería ejercerá las facultades objeto de la presente delegación a través del Órgano que proceda conforme a las normas internas de distribución de competencias u Organismo especializado que le sustituya.
2. Para el ejercicio de las facultades delegadas, la Diputación Provincial de Almería se atendrá al Ordenamiento Local y a la legislación aplicable de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
En todo caso, las condiciones de las delegaciones efectuadas por este Ayuntamiento en materia de inspección, gestión, liquidación y recaudación del IIVTNU, en la Diputación Provincial de Almería, se someterán en todos sus aspectos materiales,


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=3QFuS46riMsK7AT8ZmKE92TFzF6Vrq6R .

DELEGACIÓN EN LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA
URBANA IIVTNU.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 26/7/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date26/07/2021

Page count64

Edition count6206

First edition26/04/1999

Last issue29/04/2024

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