Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 85
Miércoles, 06 de mayo de 2020
Pág. 9


La amortización de la deuda del capítulo 9, operaciones de Tesorería y gastos financieros por intereses derivados de las mismas, se pagarán a su respectivo vencimiento.
Las transferencias, subvenciones y demás gastos de los capítulos IV y VII del presupuesto de gastos, se pagarán dentro de los 30 días siguientes de haberse recibido en la Tesorería Municipal las correspondientes órdenes de pago, con excepción de las ayudas sociales, que se pagarán en las fechas establecidas en la regla general.
Las órdenes de pago deberán estar en la Tesorería con el tiempo necesario para que los pagos se realicen a sus beneficiarios en las fechas establecidas en este Plan, previa comprobación de que estos se encuentran al corriente de pago en sus obligaciones tributarias.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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6. ENTRADA EN VIGOR
El presente Plan de Disposición de Fondos entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
De conformidad con la DA3a del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los plazos para presentar los recursos correspondientes quedan suspendidos.
Una vez pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas, contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Viator en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente en que pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los art. 52 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, arts. 123 y 124
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los arts. 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Viator, a quince de abril de dos mil veinte.
EL ALCALDE, Manuel Jesús Flores Malpica.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date06/05/2020

Page count9

Edition count6213

First edition26/04/1999

Last issue09/05/2024

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