Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 27/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 60
Viernes, 27 de marzo de 2020
Pág. 2


ADMINISTRACIÓN LOCAL
1228/20

AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
DECRETO

El pasado 14 de marzo BOE número 67 se publicó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y cuya entrada en vigor se produjo el mismo día. A raíz de dicho Real Decreto el día 18 BOE número 73 se ha promulgado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Éste último, en su exposición de motivos establece que La contención de la progresión de la enfermedad supone limitaciones temporales a la libre circulación junto con la reducción de la oferta laboral debido a las medidas de cuarentena y contención. Estas circunstancias se traducen en una perturbación conjunta de demanda y oferta para la economía española, que afectará a las ventas de las empresas, generando tensiones de liquidez que podrían derivar en problemas de solvencia y pérdida de empleos si no se adoptan medidas urgentes de estabilización. En este contexto, la prioridad absoluta en materia económica radica en proteger y dar soporte al tejido productivo y social para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible un rebote en la actividad. La pandemia del COVID-19 supondrá inevitablemente un impacto negativo en la economía española cuya cuantificación está aún sometida a un elevado nivel de incertidumbre. En estas circunstancias, la prioridad consiste en minimizar el impacto social y facilitar que la actividad se recupere tan pronto como la situación sanitaria mejore. El objetivo es que estos efectos negativos sean transitorios y evitar, en última instancia, que se produzca un impacto más permanente o estructural debido a un círculo vicioso de caídas de demanda y producción como las de 2008-2009, con una salida masiva de trabajadores al desempleo y un ajuste particularmente agudo para los trabajadores temporales y los autónomos.
El Ayuntamiento de Almería, en el ámbito de sus competencias en materia fiscal y tributaria, tiene la firme voluntad de adoptar las medidas que ayuden a paliar las consecuencias económicas de la pandemia del COVID-19, para las familias y para el tejido empresarial de nuestro municipio.
Las actuaciones a llevar a cabo se centran en dos aspectos fundamentales, con carácter excepcional y urgente y para el ejercicio 2020:
1. Por un lado, la modificación del calendario fiscal de forma que la emisión actualmente en marcha y cuyo vencimiento se produce el próximo día 6 de abril se amplíe hasta el día 6 de julio. De esta manera, se evita que los ciudadanos tengan que desplazarse a las oficinas municipales para solicitar documentos de cobro o llevar a cabo gestiones administrativas relacionadas con los tributos en cuestión. También, con esta medida, se permite un alivio financiero a los ciudadanos, pudiendo destinar dichos recursos a paliar necesidades de mayor urgencia y perentoriedad.
Con el mismo objetivo de permitir el diferimiento de los trámites administrativos y recursos contra el padrón municipal así como actuaciones que procedan en materia catastral, y con el mismo fin de permitir un desahogo financiero de familias y empresas, se propone la modificación del calendario fiscal correspondiente a la segunda emisión de tributos del Ayuntamiento de Almería, pasando del periodo actual previsto entre el 4 de mayo al 6 de julio de 2020 al periodo comprendido entre el 1 de julio y el 7 de septiembre.
2. En segundo lugar, se procederá de oficio por el Ayuntamiento a adoptar las medidas oportunas conducentes al diferimiento de todos los aplazamientos/fraccionamientos y cuotas correspondientes a la Cuenta Fácil-10, actualmente vigentes, de forma que se establece una moratoria de tres meses para el pago de las mismas, permitiendo un mayor alivio financiero, dando plazo para la recuperación económica de los deudores por estos conceptos y evitando incumplimientos de los mismos con consecuencias indeseadas.
A la vista de todo lo anterior, y visto el informe emitido desde el Órgano de Gestión Tributaria y el informe de fiscalización favorable, ambos de fecha 20 de marzo de 2020
DISPONGO
Primero: Se modifica, con carácter excepcional y de urgencia para el ejercicio 2020, el calendario fiscal correspondiente a la primera emisión de tributos de cobro periódico por recibo. Forman esta emisión las deudas por recibo por los siguientes conceptos:
A Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: Anual.
B Tasa por entrada y salida de vehículos a través del dominio público local y la reserva de vía pública para estacionamiento:
Anual.
C Tasa por instalación de quioscos en la vía pública: Anual.
D Tasa por servicios de mercados: 1er trimestre.
E Tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio: 1er trimestre.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
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Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=YgXe4iWIX5dpzcNk1WU0TI7D18c4uqez .

DECRETO DE 20 DE MARZO DE 2020 DEL ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, RELATIVO A
MEDIDAS URGENTES EN MATERIA TRIBUTARIA COMO CONSECUENCIA DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA
OCASIONADA POR EL COVID-19.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 27/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date27/03/2020

Page count15

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First edition26/04/1999

Last issue03/05/2024

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