Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 4/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 43
Miércoles, 04 de marzo de 2020
Pág. 59


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
686/20

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN GRANADA

CON SEDE EN GRANADA PLAZA NUEVA NÚM. 10
N.I.G.: 0401344520150002061.
Negociado: OL.
Recurso: Recursos de Suplicación 570/2019
Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 4 DE ALMERÍA.
Procedimiento origen: Procedimiento Ordinario 497/2015.
Recurrente: ANTONIO CORRAL MEMBRIVE.
Representante: CLARA MUDARRA JIMÉNEZ.
Recurrido: INSS, ACTIVA MUTUA 2008, MUTUA ACTIVA, ESCUELA DE BUCEO PROFESIONAL, ALBORANY y TESORERÍA
GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Representante: EUSEBIO FENOY DÍAZ.
EDICTO
D./D. LAURA TAPIA CEBALLOS, Letrado/a de la Administración de Justicia de TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL SEDE GRANADA, CERTIFICO: En el Recurso de Suplicación 570/2019 se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

OL
SENT. NÚM. 2788/2019
ILTMO. SR. D. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS, PRESIDENTE. ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ.
ILTMO. SR. D. RAFAEL FERNÁNDEZ LÓPEZ. MAGISTRADOS.
En la ciudad de Granada a veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres.
Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY
la siguiente SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 570/2019, interpuesto por ANTONIO CORRAL MEMBRIVE contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. NÚM. 4 DE ALMERÍA, en fecha 13/11/18, en Autos núm. 497/2015, ha sido Ponente el Iltmo. Sr.
Magistrado D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ.
FALLAMOS:
Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por ANTONIO CORRAL MEMBRIVE contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. NÚM. 4 DE ALMERÍA, en fecha 13/11/18, en Autos núm. 497/2015, seguidos a instancia del recurrente, en reclamación sobre MATERIAS SEGURIDAD SOCIAL, contra INSS, TGSS, ACTIVA MUTUA 2008 y ESCUELA DE
BUCEO PROFESIONAL, ALBORANY, debemos confirmar y confirmamos la Sentencia recurrida.
Notifíquese la presente Sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con advertencia de que contra la misma puede interponerse Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina que previene el art. 218 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y que habrá de prepararse ante esta Sala dentro de los DIEZ DÍAS siguientes al de su notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del art. 221, debiéndose efectuar, según proceda, las consignaciones previstas en los arts. 229 y 230 de la misma, siendo la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sala la abierta en la entidad bancaria Santander Oficia C/ Reyes Católicos, 36 de esta Capital con núm. 1758.0000.80.0570.2019. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta del Banco de Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario y en concepto se consignarán los 16 dígitos del número de cuenta 1758.0000.80.0570.2019. Y pudiendo sustituir tal ingreso por aval bancario solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito, sin cuyos requisitos se tendrá por no preparado el recurso.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Y para que conste y sirva de notificación al demandado ESCUELA DE BUCEO PROFESIONAL, ALBORANY cuyo acUial paradero es desconocido, expido la presente para su publicación el BOP.
Dado en GRANADA a cinco de febrero de dos mil veinte.
El/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA/LA DE LA SALA, Laura Tapia Ceballos.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.


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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
CON SEDE EN GRANADA
SALA DE LO SOCIAL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 4/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date04/03/2020

Page count59

Edition count6211

First edition26/04/1999

Last issue07/05/2024

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