Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

TERCERA.- Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para tomar parte en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en la Base Tercera de las Bases Generales, así como estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente, de conformidad con distintas categorías convocadas.
CUARTA.- Presentación de solicitudes.
4.1.- Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán presentar su solicitud, dirigida al Excmo. Sr. Alcalde, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, o por los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.
Los aspirantes manifestarán en sus solicitudes que reúnen todas y cada una de los requisitos exigidos.
A la solicitud de participación deberá acompañarse los documentos acreditativos de los diferentes méritos que se deseen hacer valer, mediante fotocopias simples o certificación acreditativa de los méritos, de conformidad con la base 7.3 de la presente convocatoria, así como la Memoria funcional señalada en la Base 7.4 de la presente convocatoria.
No se tendrán en cuenta los méritos presentados una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Si la convocatoria contempla la posibilidad de participar en ella por diferentes turnos, desarrollándose de forma conjunta, el aspirante deberá optar por un solo turno en su solicitud, no pudiendo participar en más de uno simultáneamente.
Los aspirantes podrán subsanar la omisión en su solicitud de los requisitos recogidos en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No podrán subsanar la solicitud en los supuestos siguientes: concurrencia a sistemas selectivos diferentes de los de las plazas convocadas, no hacer constar que reúnen los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, presentación de la solicitud de forma extemporánea, falta de pago de los derechos de examen o pago parcial, falta de los documentos necesarios para la exención de los derechos de examen, así como omisión de cualquier otro dato o requisito diferente de los relacionados en el art.
66 de la referida Ley 39/2015.
4.2.- Los derechos de examen serán de 12,00 € conforme a lo establecido en la Base Cuarta de las Bases Generales del Ayuntamiento de Almería, publicadas en el BOP de Almería de fecha 24 de marzo de 2017.
La falta de presentación del resguardo original acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante al proceso selectivo.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
No obstante, estarán exentos del pago de dicha tasa, quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación del art. 18 de la Ley 66/97, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Orden Social, modificada por el art. 14 de la Ley 55/99, de 29 de diciembre, esto es: a Las personas con discapacidad igual o superior al 33%. b Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria publicación en el BOE de la convocatoria específica de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración pública estatal en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Documentos a presentar con la solicitud para la acreditación de los extremos anteriores:
- Discapacidad: Los aspirantes que se encuentren incluidos en las causas de exención del apartado 5 a del art. 18 de la referida Ley 66/97, deberán aportar certificación de minusvalía que acredite su discapacidad igual o superior al 33%, por el órgano Estatal o Autonómico, competente en la materia.
- Demandantes de empleo: Los aspirantes que se encuentren incluidos en las causas de exención del apartado 5 b del art. 18, deberán acreditar correctamente, mediante certificación expedida por el Servicio Público de Empleo de la correspondiente Comunidad Autónoma:
1.- Su condición de demandantes de empleo con anterioridad de un mes respecto de la publicación de la convocatoria correspondiente en el BOE.
2.- La acreditación de la ausencia de rechazo de oferta de empleo adecuado, así como de ausencia de rechazo de participación en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
3.- Además deberán aportar declaración jurada de carencia de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
QUINTA.- Lista de admitidos y excluidos.
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado el pago de derechos de examen y demás requisitos de acceso, la Delegación de Área que tenga atribuida la gestión de personal, en el plazo de un mes dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en virtud de la delegación de competencias otorgada por la Junta de Gobierno Local. En dicha resolución, de la que se publicará anuncio en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos en el Tablón de Edictos de la Corporación y página web del Ayuntamiento de Almería, www.almeriaciudad.es, así como la designación nominativa de los Tribunales Calificadores. En igual medio se publicará la fecha y lugar de comienzo del proceso selectivo de concurso de méritos.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electónicamente. Verificable en https app.dipalme.org/csv. CSV: no-M7Hdk3JAfKHrC6IiW7A==.

B.O.P. de Almería - Número 84
Lunes, 06 de mayo de 2019
Pág. 3


About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 6/5/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date06/05/2019

Page count28

Edition count6206

First edition26/04/1999

Last issue29/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2019>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031