Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 3/4/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 64
Miércoles, 03 de abril de 2019
Pág. 27


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
1163/19

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE ALMERIA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 199/2018. Negociado: E1.
N.I.G.: 0401344S20160004647.
De: D./D. MARÍA DEL MAR PAGEO CAIRO.
Abogado: MARÍANO BLANCO LAO.
Contra: D./D. MARCO AND BRODER S.L.
Abogado:
EDICTO
D./D. Susana Ruiz Alcaraz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 3 de Almería.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 199/2018 a instancia de la parte actora D./D.
MARÍA DEL MAR PAGEO CAIRO contra MARCO AND BRODER S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de lecha 25/02/2019 del tenor literal siguiente:

Letrado/a de la Administración de Justicia D./D. Susana Ruiz Alcaraz.
En Almería, a veintiséis de febrero de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO:
PRIMERO.- MARÍA DEL MAR PAGEO CAIRO con DNI n. 75.240.714D ha presentado demanda de ejecución frente a MARCO AND BRODER S.L., con C.I.F. n. B04824710.
SEGUNDO.- Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 30/01/2019 por un total de 3.849,62 en concepto de principal TERCERO.- No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dudo la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
ÚNICO.- Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S. que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA. ACUERDO:
Declarar al ejecutado MARCO AND BRODER S.L. en situación de INSOLVENCIA TOTAL por Importe de 3.849,62 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos corno provisional. Archívese el presente procedimiento y ése de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n. de cuenta de este Juzgado n.º 0238 0000 64 0199 18 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 SocialRevisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir ras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 SocialRevisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos, EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Y para que sirva de notificación al demandado MARCO AND BRODER S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Almería, a veintiséis de febrero de dos mil diecinueve, EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, Susana Ruiz Alcaraz.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electónicamente. Verificable en https app.dipalme.org/csv. CSV: YABbQFAsrsyghQ0vgR79gA==.

DECRETO N.º 127/19

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 3/4/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date03/04/2019

Page count27

Edition count6208

First edition26/04/1999

Last issue02/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930