Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/06/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

1 de junio de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6189

Capítulo XI
Del Patrimonio De los Fondos del Partido Artículo 56: El patrimonio del Partido se formará con:
a los aportes voluntarios de los afiliados y no-afiliados, sean estas personas físicas o jurídicas, en los términos y con las limitaciones establecidas por la ley O Nº 2431.
b Los aportes que en concepto de cuotas mensuales determine el Comité Ejecutivo para los afiliados que desempeñen cargos públicos, sean o no electivos.
c La recaudación por venta de publicaciones propias.
d Los aportes provenientes del fondo de apoyo a la actividad política, determinado en el art. 108 de la Ley O 2431.
e Los recursos que determine la Ley 0 2431 y todos los demás recursos que sean obtenidos por medios lícitos y éticos.
Artículo 57: Los fondos deberán depositarse en una única cuenta en el Banco de la Nación Argentina, o en el Banco Agente Financiero de la Provincia, a nombre del partido y a la orden del Presidente del Comité Ejecutivo y su Tesorero. La cuenta deberá registrarse ante el Tribunal Electoral.
Artículo 58: El Comité Ejecutivo deberá presentar a la Comisión Revisora de Cuentas y al Congreso informes semestrales y anuales con el origen y la aplicación de los fondos del Partido.
Art 58 bis: Se fija como fecha de cierre de balance el día 31 de diciembre de cada año.
Artículo 59: Las donaciones deberán ser aceptadas por el Comité Ejecutivo, en los términos y con las limitaciones establecidas por la Ley O Nº 2431.
De los Fondos de Campaña Artículo 60: Dentro de los diez 10 días posteriores a la convocatoria a elecciones partidarias o generales el Comité Ejecutivo deberá designar un Administrador General de Campaña en los términos y con las finalidades establecidas en la ley O Nº 2431.
Artículo 61: Serán funciones y deberes del Administrador General de Campaña:
a Tendrá a su cargo el manejo de los fondos de las campañas electorales siendo el responsable del cumplimiento de lo normado al respecto en la Ley O 2431.
b Los fondos del partido deberán depositarse en una única cuenta en el Banco de la Nación Argentina, o en el Banco Agente Financiero de la Provincia, a nombre del partido y a la orden del presidente del comité ejecutivo y el tesorero, uno de los cuales deberá suscribir los libramientos que se efectúen. Las cuentas deberán registrarse ante el Tribunal Electoral.
c Realizar todas las transacciones mediante la cuenta bancaria expresada en el inciso anterior.
d Presentar a la Secretaría Electoral, dentro de los sesenta 60 días de finalizado el acto electoral en que haya participado el partido, cuenta detallada de los ingresos y egresos relacionados con la campaña electoral, firmada y con la suscripción de un Contador Público Nacional matriculado.
Capítulo XII
De la Extinción del Partido Artículo 62: El partido se extinguirá por:
a La falta de reunión del Congreso por el término de un 1 año.
b La voluntad del setenta y cinco 75 por ciento de los afiliados.
c Realizar actividades atentatorias a los principios fundamentales establecidos en el art. 48 de la Ley O 2431.
d Por impartir instrucción militar.
Artículo 63: La extinción será resuelta por el voto afirmativo del setenta y cinco 75% de los miembros totales del Congreso.
Artículo 64: El Congreso a propuesta del Comité Ejecutivo determinará las antigedades de afiliación exigidas en esta Carta Orgánica para postularse y ocupar distintos cargos.
Disposiciones Generales:
Artículo 65: Todos los mandatos durarán dos años y todos los cargos partidarios deberán ser cubiertos por personas mayores de edad. En todos los casos se requerirá una antigedad de por lo menos un año de afiliación al Partido.
Artículo 66: No podrán ser candidatos en el Partido, aquellos que no fueren afiliados.
BOLETÍN OFICIAL
Secretaría Legal y Técnica - Dirección de Despacho y Boletín Oficial PROVINCIA DE RÍO NEGRO

Firmado digitalmente por: HAIDT
Sergio Dario Fecha y hora: 01.06.2023 07:57:01
Firmado Digitalmente por SERGIO D. HAIDT - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6189.pdf
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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/06/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/06/2023

Page count62

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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