Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/01/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 4 de enero de 2021

BOLETIN OFICIAL Nº 5944

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA
DECRETOS
DECRETO Nº 1520/20
Viedma, 8 de diciembre de 2020

Visto: el Expediente N 005.630-EF-2020 del Registro del Ministerio de Economía. la Ley N 5.381, y:
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Río Negro financia un número importante de inversiones en obras públicas que propenden al desarrollo regional e integración provincial;
Que el Estado Provincial realiza aportes económicos para financiar obras y otorgar créditos, viabilizando el derecho social a la vivienda digna;
Que el Artículo 1 de la Ley N 5.381 creó el Programa Provincial de Financiamiento para la Vivienda P.P.F.V.. con el fin de planificar y desarrollar los instrumentos y políticas necesarias para garantizar el financiamiento que facilite el acceso a una vivienda digna de los trabajadores del Poder Ejecutivo provincial afiliados a la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E.;
Que el Artículo 2 de la ley citada creó el Consejo Asesor como órgano encargado de coordinar, conjuntamente con la autoridad de aplicación del Programa, el diseño del Programa Provincial de Financiamiento mencionado y el control del cumplimiento de la Ley N 5.381;
Que, el Consejo citado, está integrado por un 1 representante del Ministerio de Economía, un 1
representante del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, tres 3 representantes por la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E. y un 1 representante del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro I.P.P.V.. cuya función es la de coordinar, conjuntamente con la autoridad de aplicación el diseño del P.P.F.V.;
Que el Artículo 3 creó el Fondo Específico el financiamiento de programas para el mejoramiento de la situación habitacional del personal público del Poder Ejecutivo afiliado a la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E., como cuenta especial en la jurisdicción del Ministerio de Economía y con una duración de tres 3 años, pudiendo ser prorrogado por ley;
Que, en tal sentido, el Artículo 4, establece que el Fondo Específico tiene por objeto aportar recursos a un Fondo Fiduciario a crearse al efecto, el cual tendrá como destino: i el financiamiento para la construcción de viviendas, refacción yic, ampliación por parte del personal del Poder Ejecutivo afiliado a la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E.; ii la realización de obras necesarias para dotar de servicios básicos a aquellos inmuebles del personal del Poder Ejecutivo afiliado a la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E. que no los tengan;
Que el objetivo del Programa es brindar una herramienta para desarrollar los instrumentos y políticas necesarias para garantizar el financiamiento que facilite el acceso a una vivienda digna de los trabajadores del Poder Ejecutivo provincial afiliados a la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E.. a través de un financiamiento adecuado todo ello a fin de reducir el déficit habitacional;
Que el Ministerio de Economía es la autoridad de aplicación del Programa, siendo el organismo que actuará de manera coordinada en su implementación con el Consejo Asesor;
Que el citado Consejo fue creado con el fin de instrumentar y agilizar la toma de decisiones y las definiciones en materia de política habitacional del Programa, teniendo como misión fijar las condiciones, poner en conocimiento a la autoridad de aplicación del Programa sobre las decisiones tomadas por el órgano y/o autorizar, en forma previa, las actividades a realizarse en el marco del Programa, así como también efectuar su seguimiento:
Que asimismo. el Artículo 6 de la ley de marras establece que las atribuciones y funciones del Consejo Asesor sean reglamentadas por la autoridad de aplicación;
Que, a efectos del funcionamiento del Consejo Asesor, es necesaria la reglamentación de la Ley N 5.381;
Que han tomado debida intervención los organismos de control. Asesoría Legal del Ministerio de Economía, la Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado mediante la Vista N 03898-20;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Incisos 5 de la Constitución Provincial;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5944.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/01/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date04/01/2021

Page count119

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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