Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/09/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 17 de septiembre de 2020

BOLETIN OFICIAL Nº 5915

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA
DECRETOS
DECRETO Nº 914
Viedma, 26 de agosto de 2020

Visto: el expediente N 23448-SHS-2020 del registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, Leyes Provinciales N 5.429, 5.436, Decreto Nacional N 297/20, Decretos Provinciales N 298/20, Resoluciones N 2259/06, 929/12, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 5.429 se declara la emergencia pública en materia económica, financiera y fiscal del sector publico provincial hasta el 31 de Diciembre del año 2020, facultando al Poder ejecutivo, entre otras medidas, a disponer por razones de emergencia la rescisión, prorroga o renegociación de los contratos de obras celebrados con anterioridad al 30 de noviembre del año 2019, incluyendo los cánones establecidos, en los cuales sean partes el Estado provincial y/o cualquiera de sus entidades;
Que en este panorama el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V inicia un proceso de reactivación de obras en diferentes localidades de la Provincia, ejecutadas en el marco de los Programas Provinciales de Construcción Viviendas Programa Habitar Río Negro y Programa Casa Propia que a la fecha se encuentran paralizadas y/o en continuidad con plazos vencidos;
Que las Resoluciones N 2259/06 y 929/12, ambas del Registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, crean los Programas Casa Propia y Habitar Río Negro con el fin de dar soluciones habitacionales a sectores de escasos recursos, con participación de los Municipios, Comisiones de Fomento y entidades intermedias inscriptas en el Registro de Personas Jurídicas;
Que tales Programas prevén la aplicación de la Ley J N 286, su Decreto Reglamentario y normativa complementaria para la ejecución de las obras iniciadas en el marco de los mismos;
Que los Municipios de Ingeniero Jacobacci, Ramos Mexia, Sierra Colorada, Ingeniero Huergo, Pilcaniyeu, Coronel Belisle, Fernández Oro, Comisión de Fomento de Rincón Treneta, Arroyo Ventana, solicitan a fojas. 2/21 por notas varias, a la máxima autoridad del I.P.P.V, la reactivación de las obras en las que los mismos actúan como entidad ejecutora;
Que los fundamentos de las peticiones efectuadas por las entidades, están relacionadas a la perdida de la ecuación financiera de los convenios en relación a los indices de los precios de materiales y mano de obra oportunamente contemplados, como así también sus plazos contractuales, los escases de mano de obra calificada y falta de stock de materiales en algunos parajes y localidades;
Que el artículo 39 de la Ley J N 286 de Obras Publicas reza en su parte pertinente; las demoras en la iniciación, ejecución y terminación de los trabajos darán lugar a la aplicación de las multas o sanciones que fije el Pliego de Bases y Condiciones, salvo que el contratista pruebe que se debieron a caso fortuito, fuerza mayor o culpa del estado ;
Que, en el caso de las obras en análisis, las causales de atrasos o paralización no solo se deben a las contempladas en el Art. 39 de la Ley de Obras Publicas J N 286, sino a una complejidad de factores que hacen a los niveles de terminación, imposibilidad de planificación de tareas y secuencias lógicas en los avances particularizados y generales de cada obra, criterios de relevamiento y justipreciación de la obra ejecutada y por ejecutar de los distintos rubros, cuya atención y resolución se refleja en una insostenible alteración de los plazos contractuales en el conjunto de los planes de trabajo;
Que dicha circunstancia ha puesto de manifiesto el hecho de que tanto la ley de Obras públicas, como su decreto reglamentario presentan una rigidez tal que impide dar soluciones a este tipo de situaciones, donde sin culpa exclusiva de los entes ejecutantes, no es posible mantener la curva de inversión y cumplir con el Plan de trabajo inicial;
Que la Sra. Interventora del I.P.P.V, Arq. Inés Pérez Raventos, autorizó dar curso a las solicitudes planteadas por los entes ejecutores con el fin de cumplir con la finalidad de estos Programas;
Que la Subsecretaria de Hábitat Sustentable del I.P.P.V a fojas. 22/25 elaboró informe técnico por medio de cual ratificó los motivos esgrimidos por los municipios y/o Comisiones de Fomento acorde a las constancias obrantes en los libros de obras que llevan a cabo el seguimiento de las mismas y adjuntó copia certificada de los Convenios suscriptos con los Municipios y/o Comisiones de Fomento, resoluciones aprobatorias, planes de trabajo y ultima certificación efectuada de las obras;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5915.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/09/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date17/09/2020

Page count39

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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