Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/07/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 2 de julio de 2020

BOLETIN OFICIAL Nº 5893

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA

DECRETOS
DECRETO Nº 580
Viedma, 26 de junio de 2020

Visto: el Expediente N 005.127-EF-2020 del Registro del Ministerio de Economía, las Leyes H N 3.186, N 5.399, N 5.429 y N 5.441, el Decreto N 277/2020, el Decreto N 537/2020 y;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 53 de la Ley N 5.399 Ley de Presupuesto Año 2020 autoriza al Poder Ejecutivo a disponer la emisión de instrumentos hasta la suma de pesos dos mil quinientos millones $2.500.000.000
y/o su equivalente en dólares estadounidenses, para ser aplicados al pago de obligaciones del sector público provincial, Administración Centralizada, Descentralizada, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado, incluyendo los Poderes del Estado, como así también obligaciones previsionales, de naturaleza salarial, o derivada de daños a la vida, la salud o la integridad fisica y obligaciones originadas en la Ley Provincial N 5.042;
Que, asimismo, el Artículo 50 de la ley citada previamente faculta al Poder Ejecutivo a afectar los Recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos que le corresponda a la Provincia, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ratificado por Ley Nacional N
25.570 o el régimen que lo sustituya, las Regalías Petrolíferas y adicionalmente otros recursos provinciales, en la medida de la utilización de la autorización para el uso del crédito contenida en el presupuesto y/o para garantizar operaciones de crédito con organismos internacionales autorizadas en la misma ley y/o para refinanciar deudas contraídas por la Provincia, con el Estado Nacional y/o instituciones financieras en las que esté prevista la afectación y por un importe total igual a las cuotas de amortización e intereses que venzan en el Ejercicio o por el total de estas deudas, aun cuando sus vencimientos operen en Ejercicios futuros;
Que el Artículo 54 de la Ley de Presupuesto de marras establece la exención de todo impuesto y tasa provincial, creados o a crearse, a las operaciones de crédito público y a la emisión de Letras de Tesorería, que se realicen en el marco de las autorizaciones de la Ley de Presupuesto correspondiente;
Que la Ley Provincial H N 3.186 de Administración Financiera de la Provincia prevé que el Presupuesto General contiene, para cada ejercicio financiero, la totalidad de las autorizaciones para gastos acordadas a la administración provincial y el cálculo de los recursos destinados a financiarlo, permitiendo la obtención de crédito público tal como se pretende en el presente trámite;
Que el Artículo 48º de la misma ley establece las formas de endeudamiento posible citando entre otras, la emisión y colocación de títulos, pagares, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo;
Que la Ley N 5.429 declaró el estado de emergencia pública en materia económica, financiera y fiscal del sector público provincial cuya vigencia es hasta el día 31 de diciembre del año 2020;
Que, en el marco de la emergencia pública mencionada precedentemente, se emitió el Decreto N 277
de fecha 16 de marzo de 2020 el cual creó el Programa de Cancelación de Obligaciones del Sector Público Provincial, a fines de que la Provincia afronte las obligaciones de pago de los servicios de la deuda y de otros pasivos financieros;
Que, en virtud del Decreto mencionado, este Poder Ejecutivo autorizó la emisión de los títulos de deuda en el marco del Programa mencionado y estableció las condiciones generales de emisión y colocación del títulos público denominado Bono Río Negro 2022, quedando las condiciones particulares sujetas a la reglamentación a realizar oportunamente por el Ministerio de Economía;
Que el Artículo 3 del citado Decreto prevé las condiciones generales del título público, incluida la Fecha de Vencimiento, que se determinó en el plazo de veinticuatro 24 meses desde su emisión;
Que casi simultáneamente a la sanción del Decreto N 277/2020, en fecha 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud OMS declaró el brote de COVID-19 como pandemia, lo que generó que el Poder Ejecutivo Nacional dictara el Decreto de Necesidad y Urgencia N 260/20, mediante el cual amplió la emergencia pública en materia sanitaria declarada por el Artículo 1 de la Ley N 27.541, por el plazo de un 1 año a partir de la entrada en vigencia del mismo;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5893.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/07/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date02/07/2020

Page count27

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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