Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5824

EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas y cada una de las características técnicas requeridas en la documentación descripta en el Pliego de Bases y Condiciones.
Art. 6: EL CONTRATISTA deberá presentar el Plan gráfico de trabajos, dentro de un plazo de treinta 30 días de firmado el Contrato. El no cumplimiento de este requisito hará pasible al Contratista de una multa de 2% del depósito de garantía por cada día de mora, en un todo acuerdo con lo dispuesto en el Art. 28 Decreto 686/62.
Art. 7: Se deja expresa constancia de que la recepción definitiva de los trabajos, motivo de este contrato, no libera a EL CONTRATISTA de las responsabilidades emergentes de los Artículos 747, 1268, 1269, 1271 y 2564 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Art. 8: La inspección, contralor y dirección de los trabajos, motivo de este contrato, será ejercida por la Dirección de Inspección de Obras, aceptando EL CONTRATISTA su jurisdicción como así también la de los servicios y agentes dependiente de la misma.
Art. 9: EL CONTRATISTA, afianza el fiel cumplimiento del presente Contrato, mediante Póliza de Seguro N por la suma de pesos dieciséis millones novecientos cuarenta y dos mil cincuenta $ 16.942.050,00, que cubre el quince por ciento 15%, extendida por del importe de la obra y se hará cargo del sellado de Ley. La fianza rendida queda bajo custodia del Departamento de Licitaciones y Compras.
Art. 10: Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero o Jurisdicción.
Siendo suscripto por los Señores: Carlos VALERI, Ministro de Obras y Servicios Públicos, en representación de LA PROVINCIA0, y en representación de EL CONTRATISTA, por el Señor Juan Carlos ALBENIZ, en prueba de conformidad, en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro a los días del mes de de 2019, se firman cuatro ejemplares de un mismo temor y a un solo efecto. El Original debidamente estampillado, queda en poder de LA PROVINCIA, el duplicado para EL CONTRATISTA, el triplicado para ser agregado al Expediente citado en el Artículo 2 y el cuadruplicado para ser remitido al Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
oOo DECRETO Nº 1514
Viedma, 30 de Octubre de 2019.
Visto: El Expediente N 25995-MSyJ-2019 del Registro Ministerio de Seguridad y Justicia, y;
CONSIDERANDO:
Que en fecha 04 de Septiembre del año 2019 se procedió a la firma de un Protocolo de Actuación del área de género perteneciente al Programa Río Negro Emergencias dependiente de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana obrante a fojas 02/09;
Que el Protocolo mencionado fue diseñado por el Ministerio de Seguridad y Justicia, contando con el acuerdo del Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General;
Que dicho instrumento se encuentra conformado por tres capítulos y cinco anexos donde se detalla la implementación, entrega y seguimiento de dispositivos electrónicos Botón Antipático y Dispositivo Dual;
Que entre los objetivos centrales se encuentran: asegurar una adecuada gestión de los dispositivos electrónicos botón antipánico y dispositivo dual dentro de la Provincia; dotar de mayores herramientas a la/los operadores de sistema; brindar una protección mas eficiente y efectiva a las víctimas de violencia de género; regular el uso de los dispositivos, como del monitoreo control y capacidad de respuesta; garantizar el correcto funcionamiento de los dispositivos electrónicos a los efectos de contribuir en el auxilio de la justicia;
Que el Protocolo de Actuación se aplicará en todo el territorio de la provincia de Río Negro donde sea posible garantizar el correcto funcionamiento de los Dispositivos Electrónicos;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoria Legal del Ministerio de Seguridad y Justicia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 4328-19;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo N 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar el protocolo de actuación del Área de Género, perteneciente al Programa Río Negro Emergencias, para la implementación, entrega y seguimiento de dispositivos electrónicos, el que como anexo forma parte del presente.-

Viedma, 11 de Noviembre de 2019

Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de de Seguridad y Justicia.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. G. Pérez Estevan.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL AREA DE GENERO, PERTENECIENTE AL PROGRAMA RIO NEGRO EMERGENCIA
Y DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA
DE SEGURIDAD CIUDADANA
PARA LA IMPLEMENTACIÓN, ENTREGA Y SEGUIMIENTO
DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS
DENOMINADOS BOTÓN ANTIPANICO Y DISPOSITIVO DUAL
Indice CAPITULO I
GENERALIDADES
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.

OBJETIVOS
MARCO NORMATIVO
PRINCIPIOS RECTORES
ÁMBITO DE APLICACIÓN
CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA
DENOMINACIONES
MEDIOS DE COMUNICACIÓN

1-Objetivos a Abordar los aspectos fundamentales para la adecuada gestión de los dispositivos electrónicos denominados BOTÓN ANTIPANICO y DISPOSITIVO DUAL dentro de la provincia de Río Negro.
b Dotar de mayores herramientas a las/os operadores del sistema.
c Brindar una protección más eficiente y efectiva a las víctimas de violencia de género.
d Regular el uso de los dispositivos, como así también su monitoreo, control y capacidad de respuesta ante los eventos que surjan en el marco de su utilización.
e Garantizar el correcto funcionamiento de los Dispositivos Electrónicos a los efectos de contribuir en auxilio de la justicia.
2-Marco Normativo a Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer, aprobada por Naciones Unidas en 1979 y ratificada por nuestro país en 1985 CEDAW, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belem do Pará con jerarquía constitucional desde el año 1994.
b Ley 26485
c Ley 4650
d Leyes provinciales D N 3040 y N 4948.
e Decreto 123/15 crea el programa Río Negro Emergencia f Decreto 278/15 aprueba la estructura organizativa de la Dirección de Seguridad Ciudadana del Programa Río Negro Emergencia g Decreto 241/19, crea el Area de Género dentro del Programa Río Negro Emergencia. Anexo I aprueba la estructura organizativa del área y sus misiones y funciones. Eleva el rango a Subsecretaria de Seguridad Ciudadana y Anexo II aprueba el nuevo organigrama del Programa Río Negro Emergencia.
3-Principios Rectores a Discreción y celeridad en el tratamiento de los casos.
b No revictimización.
c Transversalización de la perspectiva de género.
d Articulación interinstitucional.
e Razonabilidad en la utilización de los dispositivos.
f Promoción de valores de igualdad y deslegitimación de la violencia contra las mujeres.
g Sistematización, informatización y formación permanente.
h Confidencialidad.
4-Ambito de Aplicación El presente, se aplicará en todo el territorio de la provincia de Río Negro, donde sea posible garantizar el correcto funcionamiento de los Dispositivos Electrónicos.
5-Características del Sistema a Los Dispositivos Electrónicos constituyen tecnologías de verificación de presencia y localización, diseñados para efectuar el control de medidas judiciales ordenadas y garantizar su cumplimiento. El sistema
Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5824.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date11/11/2019

Page count30

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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