Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5818

Pesos diez millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos siete con setenta y dos centavos $ 10.268.907,72, para el ejercicio 2019 en virtud del porcentaje de ejecución en dicho período;
Que se deberá ratificar el Compromiso conforme el Artículo 30 de la Ley H N 3.186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Artículo 31 de la Ley citada;
Que la presente Licitación Pública se encuadra dentro de las prescripciones que surgen de la Ley J de Obras Públicas N 286 y su Decreto Reglamentario J N 686/62, conforme los Artículos 9, 21, 26, 50 y concordantes;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 04541/19;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar la Licitación Pública N 01/2019, destinada a contratar la ejecución de la obra: Plan Castello Obras de Desarrollo:
Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande, en la Provincia de Río Negro.Art. 2.- Aprobar las circulares sin consulta N 1, 2 y 3 que introdujeron aclaraciones al proceso licitatorio de la Obra y la circular con consulta N 1:
Plan Castello Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande, Provincia de Río Negro.Art. 3.- Adjudicar a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N 33-68448976-9, la ejecución de la obra mencionada en el Artículo 1, en un todo de acuerdo con los planos, detalles, especificaciones y demás documentación técnica que se agrega al expediente de referencia, por un monto de Pesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochenta y nueve centavos $ 203.727.364,89, por ajustarse a lo técnicamente solicitado y ser su precio razonable.Art. 4.- Ratificar el ingreso a Rentas Generales, Cuenta Corriente N
900001178, por la suma de Pesos novecientos mil $ 900.000,00, en concepto de venta de Pliegos, conforme recibo y fotocopias autenticadas de los depósitos efectuados obrantes a fojas 390/401.Art. 5.- Aprobar el Modelo de Contrato de Ejecución de Obra que como Anexo I integra el presente Decreto.Art. 6.- Ratificar el compromiso según lo determinado en el Artículo 30 de la Ley H N 3186, a la Jurisdicción 31 para el ejercicio 2019, que asciende a la suma de Pesos setenta y un millones trescientos ochenta y siete mil ciento diecisiete con diecinueve centavos $ 71.387.117,19, compuesto por la suma de Pesos sesenta y un millones ciento dieciocho mil doscientos nueve con cuarenta y siete centavos $ 61.118.209,47, correspondiente al monto de adjudicación de la obra y la suma de Pesos diez millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos siete con setenta y dos centavos $
10.268.907,72, correspondiente al monto estimado a redeterminar, de acuerdo al siguiente detalle:
Art. 7.- Producida la etapa del devengado, con la presentación de la respectiva facturación, debidamente conformada, ordenar el pago en concepto de Anticipo Financiero de acuerdo al Artículo 50 de la Ley J N
286 de Obras Públicas, por la suma de Pesos treinta millones quinientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro con setenta y tres centavos $
30.559.104,73, y con la presentación de las respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra extendido por la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones que sirve de base a la presente contratación, ordenar el pago de Pesos ciento setenta y tres millones ciento sesenta y ocho mil doscientos sesenta con dieciséis centavos $ 173.168.260,16, abonándose ambos conceptos e importes, con el recurso 24123 Venta Títulos Operatoria Ley 5201 Plan Castello, a favor de la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N 33-68448976-9, en concepto de la presente Licitación Pública de acuerdo a lo expresado en el Artículo 3.Art. 8.- Solicitar al Ministerio de Economía instruya al agente fiduciario, Banco Patagonia S.A., a ordenar los pagos que se generen del artículo anterior, a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N 33-68448976-9.Art. 9.- Autorizar al Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos a firmar el contrato respectivo con la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, dentro del plazo establecido por el Artículo 26 de la Reglamentación de la Ley J N 286 de Obras Públicas.Art. 10.- Notificar al Consejo de Obras Públicas.-

Viedma, 21 de Octubre de 2019

Art. 11.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Economía y de Obras y Servicios Públicos.Art. 12.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- A. Domingo.- C. Valeri.
ANEXO DECRETO N N 1350
CONTRATO N
Entre la Provincia de Río Negro, en adelante LA PROVINCIA y la Firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, en adelante EL
CONTRATISTA, que fija su domicilio legal en calle Alem N 388 Piso 1 de la ciudad de Viedma, se conviene en celebrar el siguiente Contrato.
ARTICULO 1: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar en arreglo a su fin en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a la documentación que se enumera en el Artículo 2, la obra denominada: Plan Castello Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande, Provincia de Río Negro ARTICULO 2: La documentación que integra este CONTRATO está compuesta por: Carátula e Índice General; Memoria Descriptiva; Pliego de Bases Legales Generales; Pliego de Cláusulas Legales Particulares; Modelo de Cartel de Obra; Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares;
Documentación Técnica y Cómputo y Presupuesto Oficial, y todo otro documento que legalmente corresponda integrar la Documentación Contractual; dicha documentación se completará con Resolución N 012/19, aprobatoria de Presupuesto Oficial y la presente obra. La normativa que rige el presente contrato se integra por:
Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Decreto N
18, de adjudicación que corren agregados al Expediente N 075394-SI-18, y las Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.
ARTICULO 3: La obra se contrata por el sistema de Unidad de Medida y Precios Unitarios, estableciéndose como única retribución a EL
CONTRATISTA, el monto de su oferta básica que asciende en la suma de Pesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochenta y nueve centavos $ 203.727.364,89,. Será de aplicación el Decreto 1313/2014 si correspondiere. El mes base para la redeterminación de precios es el anterior a la apertura de Ofertas.
ARTICULO 4: LA PROVINCIA, en concepto de Anticipo Financiero y de acuerdo al Artículo N 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas, anticipará un QUINCE por ciento 15% del Monto Contractual que asciende a la suma de Pesos treinta millones quinientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro con setenta y tres centavos $ 30.559.104,73, lo cual se afianza mediante Póliza de Seguro N ARTICULO 5: LA PROVINCIA acepta el precio establecido en el Artículo 3, y se compromete a abonar los certificados de obra hasta la misma suma. La certificación se efectuará mensualmente, en forma parcial y provisoria y conforme al cómputo aprobado y visado por la Dirección de Inspección de Obras respectivamente: en consecuencia, los pagos que se realicen tendrán carácter de pagos a cuenta de mayor cantidad, sin que ello implique la aceptación de los trabajos.
ARTICULO 6: EL CONTRATISTA, acepta que el pago del anticipo financiero y los certificados de obra que se emitan, será efectuado a través del agente fiduciario Banco Patagonia S.A. contratado por LA
PROVINCIA para administrar el Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello, de conformidad con lo establecido por la Ley Provincial N 5201 y sus Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 7: EL CONTRATISTA, dará inicio de Obra a partir de la firma del acta de inicio conforme el Apartado 20 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, y deberá entregar totalmente terminados los trabajos con arreglo a su fin, en un plazo no mayor de Quinientos cuarenta 540 días corridos, contados a partir del inicio. Asimismo EL
CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas y cada una de las características técnicas requeridas en la documentación descripta en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 8: Provisión de elementos. EL CONTRATISTA deberá proveer, en un plazo de ciento ochenta 180 días corridos a partir de la fecha de firma del presente contrato, al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, los elementos detallados en el Apartado 39 del Pliego de Condiciones Legales Particulares. En caso de incumplimiento del plazo de entrega, se deducirá el costo de los insumos solicitados del primer certificado.
ARTICULO 9: EL CONTRATISTA deberá presentar el Plan de trabajos, dentro de un plazo de quince 15 días de firmado el Contrato. El no cumplimiento de este requisito hará pasible al Contratista de una multa del cero coma tres por ciento 0,3% del monto del contrato actualizado por cada día de demora hasta la fecha se cese del incumplimiento.

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date21/10/2019

Page count26

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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