Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/09/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Septiembre de 2016

BOLETIN OFICIAL N 5494

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CONVENIO
ANEXO II INTEGRANTE DE DECRETO Nº 1434
Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro, sito en calle Buenos Aires 04 de la ciudad de Viedma, representado en este acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq. Carlos Alfredo Váleri, DNI 17.523.662 en adelante El Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la Municipalidad de la ciudad de Ingeniero Jacobacci con domicilio en calle Julio A. Roca y Hansen Seler 189 de la citada localidad, representada en este acto por su Intendente Municipal, Sr. Carlos Daniel Toro DNI 13.858.979 en adelante la Municipalidad; el MInisterio de Obras y Servicios Públicos y la Municipalidad conjuntamente denominados como Las Partes e individualmente como Parte, y considerando:
Que el Sr. Intendente Municipal ha solicitado mediante nota del 29
de Abril de 2016 al Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, la delegación de la obra correspondiente Extensión y Recambio de las Luminarias en el Casco Urbano bajo la modalidad de Obra Delegada.
Que atento el pedido formulado, el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos ha dispuesto la delegación de la ejecución de dicha obra en la Municipalidad, conforme lo establecido en el art. 3, párrafo 3 de la Ley J N. 286.
Que la Municipalidad firmante ha aceptado la delegación correspondiente. comprometiéndose a ejecutarla con los más altos estándares de eficiencia y responsabilidad.
Las Partes de común acuerdo han resuelto celebrar el presente Convenio para la ejecución de la Obra Delegada: Extensión y Recambio de las Luminarias en el Casco Urbano en adelante el Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.
Primera: El presente Convenio se suscribe en el marco de las disposiciones de la Constitución Provincial, la Ley de Ministerios N 4.794 y la Ley de Obras Públicas J N 286.Segunda: El Ministerio de Obras y Servicios Públicos, delega en la Municipalidad y esta acepta la ejecución de la Obra Delégada Extensión y Recambio de las Luminarias en el Casco Urbano A tal efecto; el Ministerio de Obras y Servicios Públicos transferirá a la Municipalidad los recursos financieros necesarios solicitados por el Municipio, siendo el total del mismo el valor tope que se reconocerá desde el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.Tercera: Las partes acuerdan que las tareas tendrán un plazo de ejecución de 120 días.Cuarta: Una vez ratificado el presente, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos transferirá, por intermedio del Tesoro Provincial, la suma de Pesos cuatro millones sesenta y dos mil doscientos $ 4.062.200,00.Quinta: Las Partes convienen que todos los trabajos detallados se harán con material aprobado, instaladores matriculados y contarán con la supervisión y aprobación -previa, concomitante o posterior, indistintamente del equipo técnico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.-

Sexta: La Municipalidad, sin perjuicio del cumplimiento de las normas que le son aplicables, se compromete a cumplimentar las obligaciones generales que a Continuación se detallan:
a Destinar los recursos sólo al cumplimiento del objeto del Convenio.
b Dar expreso cumplimiento y velar por el cumplimiento de terceros a su cargo, de las disposiciones establecidas en las leyes vigentes en materia laboral, previsional, de riesgos del trabajo y demás normativa aplicable.
c Ejecutar las tareas encomendadas en el marco de las prescripciones de la Ley de Obras Públicas J N 286.
d Designar un referente técnico y un referente administrativo para la comunicación con el Ministerio de Obras Públicas.
Séptima: La Municipalidad expresamente se obliga a seguir el régimen de rendición de fondos que a continuación se detalla:
Documentación a presentar:
I.- Memoria de la Obra Delegada: Una vez finalizada la obra se deberá remitir al Ministerio de Obras y Servicios Públicos una memoria relativa a todo lo actuado, incluyendo copias de las actas que se, hubieran labrado y de la documentación vinculada a la obra que el Ministerio indique. Asimismo, se incluirá una copia del acta de recepción provisoria. Art. 3 del Dec. Nº 686/
62 Reglam. de la ley 286 de Obras Públicas.
II.- Certificación del Tribunal de Cuentas del Municipio.
III.- Balance de Inversión de Fondos Remitidos.
IV.- Planilla de Relación de Comprobantes: La misma se confeccionará respetando un orden cronológico de la documentación y la misma deberá estar enumerada según el orden que se detalla.
En tal sentido se debe indicar:

N de Orden
Fecha del Comprobante
Tipo de Comprobante
N de Comprobante
Proveedor
Concepto del Gasto
Total Facturado
Cheque N

Fecha de Pago
Retenciones
Importe V.- Asimismo se deberá acompañar a los comprobantes, aquellos otros que forman parte de la rendición: Ordenes de Pedido y/o Compras /
Orden de Pago del Municipio / Recibo Proveedor: Comprobantes de Retenciones Efectuadas / Actas de Inicio de Obra / Contratos Formalizados con Contratistas / Certificaciones de Obras / Actas de Recepción Provisoria.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/09/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date15/09/2016

Page count36

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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