Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/01/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 3963

Por ello:

EDICTOS DE MINERIA

El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Convócase a la Legislatura de la Provincia a Sesiones Extraordinarias para el tratamiento, en los términos del Artículo 181 inciso 6 de la Constitución Provincial, del Decreto de Naturaleza Legislativa N 04/02 cuyo contenido se describe en los considerandos del presente.
Art. 2.- Remítase copia del presente a la Legislatura de la Provincia a sus efectos.
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros integrantes del Gabinete Provincial.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
VERANI.- J. L. Rodríguez.- E. J. Rodrigo.- A.
Betelú.- A. M. K. de Mázzaro.- G. A. Martínez.
oOo
COMUNICADOS

Presidencia de la Nación Secretaría de Turismo y Deporte Administración de Parques Nacionales Ley Nº 22.351
Déjase sin efecto la Licitación Pública Nº 01/01 de la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi, destinada a otorgar la concesión de uso de una superficie de aproximadamente Diez mil 10.000 hectáreas en jurisdicción del Parque Nacional Nahuel Huapi, para la implementación de un programa de manejo del Ciervo Colorado Cervus Elaphus.
Alfredo Oscar Fragas Jefe Departamento Contrataciones y Servicios.
oOo BANCO DE LA NACION ARGENTINA
Postergación de la Licitación Pública Nº 3 - 8/02
para los trabajos de Provisión e instalación de equipos de aire acondicionado, incluyendo trabajos complementarios en el edificio sede de la Sucursal Viedma R.N. prevista para el día 18/02/02 a las 12,30
horas.
La misma ha sido postergada hasta nuevo aviso.
Noemí Ester Imparato, Jefe de Departamento-RF
4877.oOo Provincia de Río Negro DEFENSOR DEL PUEBLO
Art. 15 - Ley 2779
El Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, Dr. Víctor Hugo Sodero Nievas, comunica que el día 11 de enero del 2002, se ha radicado ante ese Tribunal acción de amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución Provincial y la ley 2779, contra los laboratorios y proveedores del Estado Provincial de productos farmacéuticos para diabéticos, pacientes oncológicos, enfermos con SIDA y pacientes en general bajo tratamiento médico; así como contra el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, por parte de la Defensora del Pueblo de la Provincia de Río Negro, Sra. Nilda Nervi de Belloso, en los autos caratulados: Defensor del Pueblo de la Provincia de Río Negro s/Amparo - Medida Cautelar Expte. Nº 16.446/02-STJ. Publíquese por Tres 3 días.
Secretaría, 21 de enero del 2002. Dr. Ezequiel Lozada, Secretario. Víctor Hugo Sodero Nievas, Presidente Superior Tribunal de Justicia.

República Argentina Provincia de Río Negro DIRECCION GENERAL DE MINERIA
E HIDROCARBUROS
Manifestación de descubrimiento de Oro Diseminado denominada Lauriente 2, presentada por Tomás Manuel Heredia, ubicada en el Departamento 9 de Julio, Provincia de Río Negro, Expediente 26.030-M-01.
Ha quedado ubicada en el Catastro Minero en la grilla "Valcheta", correspondiente a la carta IGM 4166I. El Punto de Descubrimiento queda definido por las siguientes coordenadas Gauss-Krger, Sistema Inchauspe: PD: X=5488500 Y=3373000. El Area de Reserva incluye al PD, adopta forma irregular de 2.980has. Sus vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas: Vértice 1 X=5490200
Y=3371500; Vértice 2 X=5490200 Y=3380500;
Vértice 3 X=5486000 Y=3380500; Vértice 4
X=5486000 Y=3375500; Vértice 5 X=5488000
Y=3375500; Vértice 6 X=5488000 Y=3371500. Se localiza en parte de los lotes 70 de la Sección III del Dpto. 9 de Julio. Corresponde ordenar el registro y publicaciones conforme al art. 77 Ley 2871.- Registro Protocolar.- Viedma, 14/11/2001.- Regístrese en el Protocolo de Minas, publíquese el registro en el Boletín Oficial por tres veces en el término de quince días y acredite el peticionante en el término de treinta días desde la notificación de la presente, haber efectuado la publicación ordenada, bajo apercibimiento de declarar caducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición que se promueva en las cuestiones de competencia de la Autoridad Minera, y siempre que no exista disposición expresa, deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la notificación ó de la última publicación de edictos, según corresponda. art. 303 Ley 2871. Las personas que se crean con derecho a un descubrimiento manifestado por otro, deben deducir sus pretensiones dentro de los sesenta días siguientes al de la última publicación art. 66 Código de Minería.- Fdo. Lic.
Carmen Wagner, Directora de Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia. Ana Paula Suarez, Escribana de Minas - Dirección de Minería.

Viedma, 31 de Enero del 2002
dentro de los sesenta días siguientes al de la última publicación art. 66 Código de Minería.- Fdo. Lic.
Carmen Wagner, Directora de Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia. Ana Paula Suarez, Escribana de Minas - Dirección de Minería.

Manifestación de descubrimiento de Oro Diseminado denominada Lauriente 3, presentada por Tomás Manuel Heredia, ubicada en el Departamento 9 de Julio, Provincia de Río Negro, Expediente 26.031-M-01.
Ha quedado ubicada en el Catastro Minero en la grilla "Valcheta", correspondiente a la carta IGM 4166I. El Punto de Descubrimiento queda definido por las siguientes coordenadas Gauss-Krger, Sistema Inchauspe: PD: X=5490900 Y=3375200. El Area de Reserva incluye al PD, adopta forma irregular de 1.620has. Sus vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas: Vértice 1 X=5492000
Y=3371500; Vértice 2 X=5492000 Y=3380500;
Vértice 3 X=5490200 Y=3380500; Vértice 4
X=5490200 Y=3371500. Se localiza en parte de los lotes 70 de la Sección III del Dpto. 9 de Julio.
Corresponde ordenar el registro y publicaciones conforme al art. 77 Ley 2871.- Registro Protocolar.
Viedma, 05/11/2001.- Regístrese en el Protocolo de Minas, publíquese el registro en el Boletín Oficial por tres veces en el término de quince días y acredite el peticionante en el término de treinta días desde la notificación de la presente, haber efectuado la publicación ordenada, bajo apercibimiento de declarar caducos sus derechos. Notifíquese.- Toda oposición que se promueva en las cuestiones de competencia de la Autoridad Minera, y siempre que no exista disposición expresa, deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la notificación ó de la última publicación de edictos, según corresponda. art. 303 Ley 2871. Las personas que se crean con derecho a un descubrimiento manifestado por otro, deben deducir sus pretensiones dentro de los sesenta días siguientes al de la última publicación art. 66 Código de Minería.- Fdo. Lic.
Carmen Wagner, Directora de Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia. Ana Paula Suarez, Escribana de Minas - Dirección de Minería.
oOo
EDICTOS I.P.PV.
Manifestación de descubrimiento de Oro Diseminado denominada Cabeza de Vaca, presentada por Tomás Manuel Heredia, ubicada en el Departamento 9 de Julio, Provincia de Río Negro, Expediente 26.032-M-01.
Ha quedado ubicada en el Catastro Minero en la grilla "Valcheta", correspondiente a la carta IGM 4166I. El Punto de Descubrimiento queda definido por las siguientes coordenadas Gauss-Krger, Sistema Inchauspe: PD: X=5507000 Y=3426500. El Area de Reserva incluye al PD, adopta forma regular de 3.000has. Sus vértices quedan definidos por las siguientes coordenadas: Vértice 1 X=5509800
Y=3422000; Vértice 2 X=5509800 Y=3428000;
Vértice 3 X=5504800 Y=3428000; Vértice 4
X=5504800 Y=3422000. Se localiza en parte del lote 36 de la Sección II del Departamento 9 de Julio.
Corresponde ordenar el registro y publicaciones conforme al art. 77 Ley 2871.- Registro Protocolar.
Viedma, 13/11/2001.- Regístrese en el Protocolo de Minas, publíquese el registro en el Boletín Oficial por tres veces en el término de quince días y acredite el peticionante en el término de treinta días desde la notificación de la presente, haber efectuado la publicación ordenada, bajo apercibimiento de declarar caducos sus derechos. Notifíquese.- Toda oposición que se promueva en las cuestiones de competencia de la Autoridad Minera, y siempre que no exista disposición expresa, deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la notificación ó de la última publicación de edictos, según corresponda. art. 303 Ley 2871. Las personas que se crean con derecho a un descubrimiento manifestado por otro, deben deducir sus pretensiones

Provincia de Río Negro INSTITUTO DE PLANIFICACION Y
PROMOCION DE LA VIVIENDA
El Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, notifica al Sr. Sanders, Pedro Orlando D.N.I.
6.820.575 y a la Sra. Weber, Emilia Sabina DNI.
3.045.889 del articulado de la Resolución Nº 1.443/
01 de fecha de 30 de noviembre de 2001, cuyo texto se transcribe a continuación:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la adjudicación de la Unidad Habitacional, identificada como Edificio 27
Dpto. 296 del Plan 300 Viviendas FO.NA.VI., en la localidad de San Carlos de Bariloche, otorgada por Resolución Nº 1202/83 al Sr. Sanders, Pedro Orlando D.N.I. 6.820.575 y a la Sra. Weber, Emilia Sabina DNI. 3.045.889 por haber infringido la cláusula Cuarta inc. a, b y c y Cláusula Séptima del Boleto de Compra Venta suscripto oportunamente.
Art. 2º.- Por intermedio de la Dirección de Acción Social, se procederá a notificar a los interesados del texto de la presente Resolución intimando a los mismos y/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de la vivienda en un plazo de cinco 5 días a partir de la notificación.Art. 3º.- Notificar de la presente a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, para su conocimiento.
Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, pase a Despacho Central y Dirección de Acción Social, a sus efectos. Cumplido archívese.
Fdo.: Ing. José Luis Foulkes, Director de Acción Social.- Dr. Hernán Trejo, Asesor Legal del I.P.P.V..-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/01/2002

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date30/01/2002

Page count6

Edition count1911

First edition03/01/2002

Last issue06/05/2024

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