Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2022 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

puestas presentadas, reservándose el derecho de adjudicar al Proyecto más conveniente a los intereses Municipales, no teniendo derecho los oferentes a efectuar reclamos de ninguna naturaleza al respecto, por lo que las resoluciones adoptadas por la Municipalidad en tal sentido serán definitivas e irrecurribles.
En todos los casos se dará prioridad a las propuestas presentadas por Instituciones Intermedias de Villa Tulumba El contrato de concesión se firmará dentro de las cinco 5 días de producida la notificación fehaciente de la adjudicación, quedando la redacción del mismo a cargo de la Municipalidad.
Artículo 11º: MODALIDAD DE LA PRESTACIÓN. El adjudicatario se encuentra obligado a efectuar la prestación de acuerdo a lo establecido en el Pliego Particular.
Será responsabilidad del adjudicatario la efectiva prestación de las tareas y servicios ofrecidos.
Artículo 12º: PERSONAL. El proponente deberá responsabilizarse por el personal a su cargo en caso de resultar adjudicatario.
Artículo 13º: SANCIONES RESCISIÓN. Por no adecuarse la presentación del servicio adjudicada al presente Pliego y al Pliego Particular, será causal de rescisión de contrato por parte de la Municipalidad en forma unilateral y justificadamente, sin derecho a reclamo alguno por parte del Concesionario. Si la falta del Concesionario fuera causal de rescisión del contrato, perderá las garantías aportadas y responderá por los daños y perjuicios que cause. Artículo 14º: GARANTÍA DE CONTRATO. Notificada la adjudicación, el Concesionario deberá constituir, como condición previa a la firma del contrato y tenencia de las instalaciones, una garantía de cumplimiento de contrato por la suma de Pesos Setecientos Mil $ 700.000, la que deberá integrarse y hacerse mediante Pagaré con Cláusula sin Protesto.
ANEXO II PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES
1 : Los Proyectos deberán especificar las tropillas para jineteada, cantidades de caballos, cantidad de motas mínimas por noche. Las propuestas podrán contener espectáculos de destreza criolla como prueba de riendas, sortijas, pialadas y toda otra demostración.
El Concesionario deberá contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil, que cubra accidentes personales, muerte o invalidez temporal o permanente de los jinetes, asistencia médica e internaciones atinentes al caso, tanto de los trabajadores dentro del Campo de Jineteada, como del público en general; y contra accidentes ocasionados por los equinos, de la jineteada que participan en la misma, para proteger la integridad física de las personas que concurren a estos eventos.
2 -: Los Proyectos deberán proponer la prestación de los servicios de parrilla y comidas típicas. Igualmente deberán proponer la prestación de los servicios de cafetería, bebidas, sandwichería, minutas y repostería.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 240
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

3 -: La prestación del servicio a brindar en cada noche será desde la hora de apertura hasta el cierre del predio. El horario será establecido por el Municipio.
4 : OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO: Se obliga a: 1 Mantener abierta las parrillas y bufet todos los días desde la hora de apertura y hasta el cierre o finalización del espectáculo. 2 Disponer de utensilios descartables. 3 Conservar el espacio en condiciones de absoluta limpieza y/o aptitud, tanto en espacios internos, como a sus alrededores, colocando cestos para residuos con tapa. 4 Abonar los servicios que contrate. 5
Prestar ininterrumpidamente el servicio. 6 Procurar al público una esmerada y cordial atención en forma permanente y sin excepciones, exhibiendo y cobrando precios conforme a listas exhibidas. 7 Contar con equipos de refrigeración y congelado, correspondientes y necesarios para la conservación de la materia prima y productos terminados que requieran dicha temperatura de frio los que deberán mantenerse por debajo de los 08c. 8
Prohibir la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad.
9 Contar con cestos de residuos con tapa instalados en el sector de atención al público. 10 Disponer de cestos de basura con bolsas y tapa con sistema a pedal dentro del sector interno. 11 Exhibir en lugar visible al público la lista completa de precios de los productos ofrecidos. Los productos que figuren en las listas indefectiblemente tendrán que estar disponibles para los clientes. 12 Disponer de un tanque de almacenamiento de agua potable con conexión a red. 13 Contar con elementos para la higiene de manos jabón líquido, alcohol en gel, toallas de papel descartables para el personal afectado. 14 Instalar llave térmica y disyuntor. 15 Respetar la venta de productos que el Municipio haya dispuesto como de Venta Exclusiva. 16 Respetar los horarios que disponga el Municipio para ingreso de mercadería. 17 Vender bebidas solo en vasos o material descartable, con excepción del vino que podrá ser en envase de y solo para el consumo en mesa. 18 Vender bebidas alcohólicas hasta las 05:00hs horas, excepto, en todos los casos a menores de 18 años de edad. 19 Disponer de un matafuego vigente y de un Botiquín con primeros auxilios. 20 Servir los alimentos en material descartable y 100% reciclable. 21 Asegurar que el personal de trabajo tenga permanentemente una gorra o cofia que cubran totalmente el cabello para evitar caída sobre los alimentos, llevar guardapolvo, chaquetilla o delantal de color claro utilizado solamente en el área de trabajo y guantes descartables. 22 Ordenar que el personal asignado a caja no manipule alimentos. 23 Tener Libreta Sanitaria al día para el personal afectado al servicio. 24 Disponer que los productos se elaboren, cocinen y consuman en el mismo día. 25 Evitar sobrecargar las heladeras o los congeladores porque esto reduce la circulación de frío y dificulta la limpieza del equipo. 26 Asegurar la correcta cocción de los alimentos, por encima de los 70c. 27 Colocar los alimentos crudos en las partes bajas de las heladeras, y aquellos listos para consumir o que no requieran cocción en la parte superior, para evitar contaminación cruzada. 28 Disponer que todos los alimentos almacenados estén debidamente tapados tapers herméticos o papel film. 29 Cuidar que toda materia prima empleada en la elaboración contenga etiqueta o rotulación correcta. 30 Contar con una ambulancia y un profesional de la sanidad como mínimo.
5 : FACULTADES DEL CONCESIONARIO: La Concesión otorga facultad al Concesionario para explotar comercialmente la infraestructura parrillas y espacios colindantes a las mismas, en un todo sujeto a las prescripciones que surjan del presente y de la demás normativa aplicable. El equipamiento de muebles, útiles y demás enceres, necesarios para el funcionamiento del espacio, serán provistos por el Concesionario. También tendrá a su exclusivo cargo y costo la provisión de artículos y elementos de limpieza
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/11/2022 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date30/11/2022

Page count19

Edition count1449

First edition31/07/2018

Last issue19/06/2024

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