Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/08/2021 - 5º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

ARTÍCULO 7º: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Fdo.: RENE MARI OCASANOVA Presidente Concejo Deliberante.ALBERTO MARTIN TONELLO - Secretario HCD.3 días - Nº 327428 - s/c - 10/08/2021 - BOE

ORDENANZA N 1445/2021
Adelia Maria, 05 de Agosto de 2021.VISTO La presentación efectuada por la Asociación Civil Campo Limpio SGE mediante la cual expresa y acredita su cambio de denominación societaria de Fundación a Asociación pidiendo en consecuencia la derogación de la Ordenanza 1340 mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder a la Fundación Campo Limpio en carácter de comodato por el plazo de quince 15 años un lote del predio de depósito de agroquímicos Víctor Gregoris, sito en el kilómetro 46 de la Ruta Provincial 24, a los fines que la mencionada fundación construya las instalaciones para el funcionamiento donde funcione el Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios.
Que dicha solicitud tiene como fundamento el cambio de denominación societaria de la otra denominada Fundación Campo Limpio por la actual Asociación Civil Campo Limpio SGE exponiendo que sin perjuicio del cambio de denominación se mantienen los mismos objetivos y fundamentos de la solicitud que oportunamente tuvo acogida en la Ordenanza 1340, y;
CONSIDERANDO

Que con la documentación acompañada e incorporada como Anexo I a la presente se acredita la denominación societaria de la Asociación Campo Limpio SGE poseyendo el mismo e idéntico objeto al de la otra denominada Fundación Campo Limpio.
Que por lo expuesto la ordenanza 1340 pierde operatividad en razón que la otra denominada Fundación Campo Limpio no existe como tal.
Que la solicitante Asociación Campo Limpio SGE será quien, en definitiva, dará cumplimiento al objetivo considerado oportunamente como fundamento a la Ordenanza 1340, el cuál es el de completar el circuito ambiental del tratamiento de envases de agroquímicos.
Que, en idéntico sentido, podemos argumentar que este municipio no debe estar al margen de esta iniciativa; por lo que es aconsejable, previsible y oportuno disponer a favor de la Asociación Campo Limpio SGE
en carácter de comodato por quince 15 años de un lote del predio de depósito de agroquímicos Victor Gregoris, sito sobre el kilómetro 46 de la Ruta Provincial 24 para que en el mismo se construya en el mismo las instalaciones donde funcione el Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios, y;
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARIA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N 1.445

Artículo 1: DERÓGUESE en todas sus partes la Ordenanza N1340.-

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder a la Asociación Campo Limpio SGE en carácter de comodato por el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 163
CORDOBA, R.A. MARTES 10 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

plazo de quince 15 años un lote del predio de depósito de agroquímicos Víctor Gregoris, sito en el kilómetro 46 de la Ruta Provincial 24, a los fines que la mencionada Asociación construya las instalaciones donde funcione el Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios.
Artículo 3: La designación del lote a ceder en los términos del artículo segundo estará a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, quien deberá valorar los parámetros de disponibilidad existente en el predio y de necesidad de la Asociación Campo Limpio SGE.
Artículo 4: La Asociación Campo Limpio SGE deberá asumir los costos de funcionamiento del consorcio en la proporción del lote recibido junto a los terceros propietarios de los restantes lotes existentes en el predio referido en la cláusula segunda.
Artículo 5: Todas las construcciones y mejoras a realizarse en el lote cedido a la Asociación Campo Limpio SGE estarán a cargo de la mencionada Asociación, y a la finalización del contrato, las mismas quedarán a favor de la Municipalidad de Adelia María.
Artículo 6: A la finalización del contrato que se autoriza por medio de la presente ordenanza, las partes podrán celebrar un nuevo contrato de comodato, siempre y cuando los objetivos planteados por la Ley 27.279
hayan sido cumplidos.
ARTÍCULO 7º: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Fdo.: RENE MARI OCASANOVA Presidente Concejo Deliberante.ALBERTO MARTIN TONELLO - Secretario HCD.3 días - Nº 327430 - s/c - 10/08/2021 - BOE

ORDENANZA N 1446/2021
Adelia Maria, 03 de Agosto de 2021.VISTO Que en llamado a concurso especial de precios para la venta de la pick-up marca PEUGEOT 504 GD Diésel, Modelo 1998 Motor N 721201
Chasis Nº 8AED37000-V5305539 Dominio BXJ732 de propiedad de Municipio fue declarado desierto en los términos del Art. 9 del Régimen de Contrataciones previsto por la Ordenanza 835/07 en razón de que no se presentaron oferentes, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante Decreto N 082/2020 de fecha 25 de Agosto del 2020
el concurso especial de precios fue declarado desierto de conformidad a lo previsto por los arts. 9 y 23 de la Ordenanza 835/07.
Que, en los términos del art. 9 de la Ordenanza 835/07, es facultad del Departamento Ejecutivo efectuar un segundo llamado a concurso con base en la misma Ordenanza y Pliego.
Que en fecha 14 de Julio de 2021 se ha recibido una oferta directa de compra por parte de un particular en la suma de pesos treinta mil $30.000 que resulta muy inferior al de la base prevista en la Ordenanza Especial N 1393
Que, de acuerdo al estado del vehículo resulta a todas luces excesivo el valor asignado como base del concurso.
Que en consecuencia este Departamento Ejecutivo considera innece-

3

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/08/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date10/08/2021

Page count27

Edition count1448

First edition31/07/2018

Last issue15/06/2024

Download this edition

Other editions