Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/04/2021 - 5º Sección
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
5
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 82
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE
a SECCION
COSQUÍN
DECRETO N 0086/2021
Cosquín, 10 de febrero de 2021
VISTO: El Acuerdo de Colaboración Recíproca, celebrado entre el Club Ajedrez, Social y Deportivo Cosquín y la Municipalidad de Cosquín.
Y CONSIDERANDO:
Que el acuerdo determina en su cláusula tercera que al finalizar la temporada estival la Municipalidad otorgará al Club un subsidio equivalente al cuarenta por ciento 40% del valor de la tasa de peña y espectáculo público que el mismo haya abonado en el año.
Que conforme lo diligenciado y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
D E C R ETA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE COSQUÍN
Decreto N 86/2021 Pag. 1
Decreto N 85/2021 Pag. 1
Decreto N 87/2021 Pag. 2
Decreto N 88/2021 Pag. 2
Decreto N 89/2021 Pag. 2
Decreto N 90/2021 Pag. 3
Decreto N 91/2021 Pag. 3
Decreto N 92/2021 Pag. 4
Decreto N 93/2021 Pag. 4
MUNICIPALIDAD DE SANTA CATALINA - HOLMBERG
Decreto N 3234/2021 Pag. 5
Decreto N 3231/2021 Pag. 5
MUNICIPALIDAD DE CRUZ ALTA
Ordenanza N 1097/2021 Pag. 6
Ordenanza N 1098/2021 Pag. 6
Ordenanza N 1099/2021 Pag. 7
Ordenanza N 1102/2021 Pag. 7
MUNICIPALIDAD DE LABORDE
Ordenanza N 448/2021 Pag. 8
Ordenanza N 447/2021 Pag. 8
MUNICIPALIDAD DE CAMILO ALDAO
Notificación Pag. 9
Artículo 1o.-OTORGASE al CLUB AJEDREZ, SOCIAL Y DEPORTIVO COSQUÍN, con domicilio en calle Catamarca No 659, de la ciudad de Cosquín, un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE equivalente al cuarenta por ciento 40% del valor de la TASA de PEÑA y ESPECTACULO PÚBLICO
que el club haya abonado durante los años 2019 y 2020, conforme a la CLÁUSULA TERCERA y demás disposiciones establecidas en el Acuerdo de Colaboración Recíproca, celebrado entre el Club Ajedrez, Social y Deportivo Cosquín y la Municipalidad de Cosquín con fecha 02/01/2021, el que adjunto al presente Decreto forma parte integrante como Anexo I.
Artículo 2o.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente será imputado a la Partida 1.5.51.503-colaboración con instituciones sin fines de lucro-, del Presupuesto vigente.
Artículo 3o.-REFRENDASE el presente Decreto por las Secretarias de Gobierno y Economía y Finanzas Públicas.
Artículo 4o.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.
FDO: Sra. Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal; Nadia Soledad Gallardo Secretaria de Economía y Finanzas Públicas; Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno.
ANEXO
1 día - Nº 308481 - s/c - 29/04/2021 - BOE
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
DECRETO N 0085/2021
Cosquín, 10 de febrero de 2021
VISTO: El importante rol social, cultural y especialmente deportivo que cumple el Club Ajedrez, Social y Deportivo Cosquín.
Y CONSIDERANDO:
Que las múltiples actividades que realiza en forma cotidiana el club resulta especialmente beneficiosa para la comunidad en los momentos de crisis social y económica, en tanto provee redes de contención social, oportunidades de educación, recreación saludable y cuidado.
Que, en tal sentido, proteger y preservar las instituciones significa contribuir a un mayor bienestar y amparo de la ciudadanía.
Que el Poder Ejecutivo Municipal ha resuelto otorgar una aporte económico extraordinario destinado a la mejora de la infraestructura del predio de Rugby del Club Ajedrez, Social y Deportivo Cosquín.
Que la Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, ha tomado la intervención de su competencia, en virtud de ello, corresponde realizar el acto administrativo para la entrega del apoyo económico.
Por todo ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal.
1