Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Art. 2- COMUNÍQUESE, publíquese dese al Registro Municipal y archívese.
DADA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, EL DIA: 18/02/2021 ACTA N
02/2021
FDA: SANGOY, LIMIA, GERVASONI, BRAVO, GARAY, FUNES CONCEJALES
Dec 10/2021
Artículo 1: PROMÚLGASE la Ordenanza que lleva el N01/2021
sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en Sesión Extraordinaria de fecha de 18 de febrero de 2021, Acta Nº02/2021. Artículo 2: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. Artículo 3: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.
Villa del Totoral, 19 de febrero de 2021.
Fdo: DE LUCCA INTENDENTE ALALUF SEC. DE GOBIERNO
1 día - Nº 297954 - s/c - 25/02/2021 - BOE

ORDENANZA Nº 02/2021
VISTO: La magnitud de la deuda pendiente de cobro en las tasas municipales y la consulta frecuente de contribuyentes en mora por la obtención de un beneficio por la cancelación por pago de contado de las obligaciones adeudadas, situación que ha sido agravada por la Emergencia Sanitaria que atraviesa el Pais;
Y CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente, para facilitar e incentivar la regularización de las deudas por parte de los contribuyentes en mora, la instauración de un beneficio transitorio en el pago de contado de las obligaciones vencidas a los fines de la recuperación de deudas en concepto de Tasas Municipales;
Que se ha obtenido un resultado exitoso en el incremento de la recaudación al otorgar este tipo de beneficios en los años fiscales anteriores;
Que, también resulta oportuno brindarles a los contribuyentes que realizan sus pagos en tiempo y forma el reconocimiento a su conducta tributaria otorgándoles un beneficio que se traduzca en un descuento en las tasas y contribuciones Municipales. Que resulta necesario mantener la prestación eficiente de los servicios, conservar y mejorar los bienes pertenecientes al patrimonio municipal, herramientas imprescindibles para tales fines, debiendo para ello allegar los recursos requeridos al erario municipal;
Por ello y atribuciones de ley, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DEL TOTORAL
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art. 1º.- ESTABLÉCESE, para contribuyentes de la Contribución que incide sobre los Inmuebles y provisión de Agua Corriente, los Cementerios, Automotores y Acoplados: que opten por el pago de CONTADO de sus deudas vencidas al 31 de Enero de 2021, desde el 22 de Febrero de 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVIII - TOMO DCLXXIV - Nº 39
CORDOBA, R.A. JUEVES 25 DE FEBRERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

hasta el 30 de Junio de 2021, el beneficio de condonación de hasta el ciento por ciento 100% de los recargos resarcitorios e intereses por mora, no abonados, como así las multas que no se encuentren firmes al 31 de Enero de 2021.Podrán gozar del beneficio aquellos contribuyentes por deudas vencidas que hayan sido derivadas a la gestión de cobro extrajudicial a cargo de Procuración Fiscal.No podrán gozar del beneficio aquellos contribuyentes por deudas vencidas que hayan sido derivadas a la gestión de cobro judicial a cargo de Procuración Fiscal o se encuentren en situación de litigiosidad. Art. 2º.- ESTABLÉCESE, para contribuyentes de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios que opten por el pago de CONTADO de sus deudas vencidas al 31 de Enero de 2021, desde el 22 de Febrero de 2021 hasta el 30 de Junio de 2021, el beneficio de condonación de hasta el ciento por ciento 100% de los recargos resarcitorios e intereses por mora, no abonados, como así las multas que no se encuentren firmes al 31 de Enero de 2021.En este supuesto los contribuyentes gozaran de una reducción del cien por ciento 100% de las Multas generadas por incumplimiento de deberes formales.Aquellos Contribuyentes de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, que sean acreedores del Municipio podrán Compensar sus débitos y créditos con el Municipio, con una condonación del cien por ciento 100% de los intereses resarcitorios y moratorios y una reducción del cien por ciento 100% de las Multas generadas por incumplimiento de deberes formales hasta el monto de sus compensaciones. En el caso de quedarle al Contribuyente un saldo deudor con el Municipio, la Condonación será la establecida en el primer párrafo del presente artículo y una reducción del cien por ciento 100% de las Multas generadas por incumplimiento de deberes formales.Podrán gozar del beneficio aquellos contribuyentes por deudas vencidas que hayan sido derivadas a la gestión de cobro extrajudicial a cargo de Procuración Fiscal.No podrán gozar del beneficio aquellos contribuyentes por deudas vencidas que hayan sido derivadas a la gestión de cobro judicial a cargo de Procuración Fiscal o se encuentren en situación de litigiosidad. Art. 3.- APRUÉBESE, en todos sus términos el Plan de Regularización de Deudas Vencidas por Contribución que Incide sobre los Inmuebles, Tasa por Provisión de Agua Corriente, Contribución que incide sobre los cementerios, Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios y Contribución sobre Vehículos Automotores y Acoplados, el cual se detalla en el ANEXO I, que forma parte de la presente Ordenanza. Art. 4.- SERA requisito imprescindible para acceder a los beneficios que otorgan los artículos 1 y 2 de la presente Ordenanza que se efectué el pago de la totalidad de la deuda que posea el contribuyente. Art. 5.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer, en relación a los periodos contemplados en la presente Ordenanza como pasibles de acceder a los beneficios de regularización de deuda, del otorgamiento
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date25/02/2021

Page count14

Edition count1449

First edition31/07/2018

Last issue19/06/2024

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