Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/01/2021 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CVIII - TOMO DCLXXIII - Nº 13
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 20 DE ENERO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

nicipal, el artículo 242 del citado texto faculta al Departamento Ejecutivo, a establecer los plazos a los efectos del cumplimiento de las obligaciones.
Que respecto a la Contribución que incide sobre los Mercados y Comercialización de productos de Abasto en lugares de dominio público o privado municipal, establecida en el Libro Segundo, Título V del Código Tributario Municipal, el artículo 247 faculta al Departamento Ejecutivo a establecer formas, plazos y condiciones.
Que en relación a la Contribución que incide sobre la Ocupación o Utilización de Espacios de Dominio Público y lugares de Uso Público y Comercio en la vía pública, establecida en el Libro Segundo, Título VI del Código Tributario Municipal, el artículo 263 del citado texto faculta al Departamento Ejecutivo, a establecer los plazos y condiciones a observar por los contribuyentes y/o responsables para el cumplimiento de las obligaciones.
Que en la Contribución que incide sobre los Remates y Ferias de Hacienda, establecida en el Libro Segundo, Título VII del Código Tributario Municipal, el artículo 269 faculta al Departamento Ejecutivo a determinar los plazos y condiciones para la cancelación de las obligaciones.
Que, en relación a la Contribución por Servicios relativos a la Construcción de Obras Privadas, establecida en el Libro Segundo, Título VIII del Código Tributario Municipal, el artículo 276 del citado texto faculta al Departamento Ejecutivo, a establecer las formas y plazos para el cumplimiento de las obligaciones que correspondan.
Que en relación a la Contribución que incide sobre los Cementerios, establecida en el Libro Segundo, Título IX del Código Tributario Municipal, el artículo 283 del citado texto faculta al Departamento Ejecutivo e establecer los plazos y formas.
Que, en la Contribución por Alumbrado Público, servicios que requieran de Energía Eléctrica para su prestación e inspección de suministro de Energía Eléctrica, establecida en el Libro Segundo, Título X del Código Tributario Municipal, el artículo 288 faculta al Departamento Ejecutivo a establecer las formas, plazos y condiciones correspondientes a los contribuyentes y/o responsables y agentes de la referida Contribución.
Que, respecto a la Contribución sobre instrumentos que otorguen Premios, establecida en el Libro Segundo, Título XI del Código Tributario Municipal, el artículo 294 del citado texto faculta al Departamento Ejecutivo, a establecer las formas y plazos para el ingreso de la referida Contribución.
Que, en relación a la Contribución que incide sobre la inspección Sanitaria Animal, establecida en el Libro Segundo, Título XII del Código Tributario Municipal, el artículo 298 faculta al Departamento Ejecutivo a establecer la forma y plazos a los efectos del ingreso de la referida Contribución.
Que, en relación a la Contribución que incide sobre los Automotores, Acoplados y similares, establecida en el Libro Segundo, Título XIII del Código Tributario Municipal, en virtud de lo establecido en el artículo 307 del Código Tributario Municipal, se faculta al Departamento Ejecutivo a establecer las formas y plazos a los efectos del ingreso de la referida Contribución.
Que, respecto a la Contribución que incide sobre la ocupación o utilización de espacio aéreo por la instalación de antenas, estructuras, soporte y equipos complementarios y por el servicio de inspección y vigilancia de los BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

mismos, establecida en el Libro Segundo, Título XV del Código Tributario Municipal, el artículo 318 faculta al Departamento Ejecutivo a establecer las formas y plazos a los efectos del ingreso de la referida Contribución.
Que, en relación a la Tasa por provisión de Agua Corriente, establecida en el Libro Segundo, Título XVIII del Código Tributario Municipal, el artículo 335 del citado texto legal faculta al Departamento Ejecutivo, a establecer las formas y plazos para el ingreso de la referida Tasa.
Por todo ello, atento las actuaciones cumplidas y las facultades conferidas citadas precedentemente:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA DEL TOTORAL
DECRETA:
Artículo 1: La Contribución que incide sobre los Inmuebles, establecida en el Libro Segundo, Título I del Código Tributario Municipal -Ordenanza N
39/2018- y Capítulo II de la Ordenanza Tarifaria -Ordenanza N 27/2020-, podrá ser cancelado, sin perjuicio de lo establecido por el Decreto 130/2020:
a En una 1 cuota en las fechas y condiciones que se establecen a continuación:
N de Vencimiento Fecha de vencimiento % de descuento 1º 31/12/2020 30%
2 11/02/2021 20%
3 11/03/2021 10%
b En doce 12 cuotas, en las fechas y condiciones que se establecen a continuación:
Cuota Fecha primer vencimiento Fecha segundo vencimiento 1 11/02/2021 22/02/2021
2 11/03/2021 22/03/2021
3 12/04/2021 21/04/2021
4 11/05/2021 21/05/2021
5 11/06/2021 21/06/2021
6 12/07/2021 21/07/2021
7 11/08/2021 23/08/2021
8 13/09/2021 21/09/2021
9 13/10/2021 21/10/2021
10 11/11/2021 23/11/2021
11 13/12/2021 21/12/2021
12 11/01/2022 21/01/2022
Artículo 2: La presentación de la declaración jurada y pago de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, establecida en el Libro Segundo, Título II del Código Tributario Municipal -Ordenanza N 39/2018- y Capítulo III de la Ordenanza Tarifaria -Ordenanza N 27/2020-, correspondiente a cada período deberá efectuarse conforme al cronograma de vencimientos que se establece a continuación:
Período Fecha vencimiento presentación DDJJ Fecha vencimiento pago ene-2021 11/02/2021 22/02/2021
feb-2021 11/03/2021 22/03/2021
mar-2021 12/04/2021 21/04/2021

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/01/2021 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date20/01/2021

Page count6

Edition count1414

First edition31/07/2018

Last issue27/04/2024

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