Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
guridad establecidas y el distanciamiento social, además del cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en el Protocolo del C.O.E. para estos efectos.
Artículo 2º.- AUTORIZASE las siguientes actividades deportivas no competitivas enunciadas a continuación: Caminatas deportivas no competitivas individuales marcha y trote, ciclismo, Tenis y Paddle, según lo establecido en el protocolo del C.O.E. y en los días y horarios allí establecidos.
Artículo 3º.-ESTABLÉZCASE que los clubes o complejos deportivos deberán garantizar la desinfección y limpieza del establecimiento, la provisión de soluciones de alcohol para clientes y empleados, así como el respeto a los horarios establecidos. El Incumplimiento de cualquiera de estas medidas es causal de CLAUSURA y la aplicación de las multas correspondientes.
Artículo 4.-ENVÍESE el presente decreto Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5.-REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de Gobierno.

AÑO CVI - TOMO DCLXVII - Nº 152
CORDOBA, R.A. VIERNES 3 DE JULIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
Viene de Pag. 1

MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
Ordenanza Municipal N 886/2020 Pag 6
Ordenanza Municipal N 887/2020 Pag 7
MUNICIPALIDAD DE LAS PERDICES
Ordenanza N 1399/2020 Pag 8
Ordenanza N 1400/2020 Pag 8
Ordenanza N 1401/2020 Pag 10
Ordenanza N 1402/2020 Pag 10
Ordenanza N 1403/2020 Pag 11
Ordenanza N 1405/2020 Pag 12
Ordenanza N 1406/2020 Pag 12
Decreto N 82/2020 Pag 12
Decreto N 89/2020 Pag 13
Decreto N 90/2020 Pag 13
Decreto N 91/2020 Pag 13
Decreto N 92/2020 Pag 13
Decreto N 94/2020 Pag 14
Decreto N 95/2020 Pag 14
Decreto N 96/2020 Pag 14
Ordenanza N 1404/2020 Pag 15
Decreto N 93/2020 Pag 15

Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-

FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 262179 - s/c - 03/07/2020 - BOE

DECRETO N 0217/2020

incisos d, h e i del Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal.
Que, en consecuencia y de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza No 2706/05 el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102- Orgánica Municipal.

D E C R ETA

Cosquín, 01 de junio de 2020
VISTO: El Expediente N 2019-2725-1- Mesa de Entradas, registro municipal, instruido para sancionar la conducta del agente planta permanente BARRERA, NICOLÁS ESTEBAN, DNI N 26222143, Legajo N 1824.
Y CONSIDERANDO:
Que han quedado debidamente acreditadas las faltas cometidas por el agente y que dieron pie a la iniciación del sumario. Y que ello surge no solo de la indagatoria en que reconoce parcialmente su inconducta, sino también acreditadas por las testimoniales colectadas que no dejan lugar a dudas sobre la comisión de tales hechos y quedó registrada documentalmente la falta de uso de uniforme.
Que el sumario se ha llevado a cabo cuidando las reglas del debido proceso y garantizando el derecho de defensa del sumariado.

Que en concordancia con lo dictaminado por la Secretaria de Asesoría Legal y Técnica de que debe aplicarse una sanción ejemplar que recuerde al resto de los agentes como debe ser el comportamiento que deben observar en el trato con sus compañeros de trabajo y con el público en general, contribuyentes o no de este Municipio.
Que habiéndose cumplido todos los pasos del sumario previstos en la Ordenanza N 2706/05, garantizado la defensa del sumariado, en resguardo de los preceptos constitucionales y elaborada las conclusiones tanto por la Instructora de la causa como por parte de la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica, los que resultan contestes en concluir y dictaminar que corresponde aplicar una sanción al sumariado, aplicando el artículo 79, BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 1.- DISPÓNGASE aplicar veinte 20 días de suspensión, al agente de planta permanente BARRERA, NICOLÁS ESTEBAN, DNI N
26222143, Legajo N 1824, quien se desempeña como personal en el área de Servicios Públicos, por haber incurrido en las faltas de conducta determinadas y comprobadas en el sumario labrado a tal fin, dejando expresamente excluido el hecho de agresión verbal a una compañera que ya fuera sancionado con siete 7 días de suspensión.
Artículo 2.-LA suspensión determinada en el artículo precedente se hará efectiva durante los días que establezca la Oficina de Personal.
Artículo 3.-POR la Oficina de Supervisión y Despacho procédase a la notificación del presente Decreto.
Artículo 4.-EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 5.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, cumplido archívese.
FDO: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 262188 - s/c - 03/07/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date03/07/2020

Page count15

Edition count1415

First edition31/07/2018

Last issue29/04/2024

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