Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXIII - Nº 48
CORDOBA, R.A. LUNES 09 DE MARZO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

horario a cumplir.

Que por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102-Orgánica Municipal,
Cosquín, 30 de diciembre de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-2832-1- Dirección de Personal, Registro de este Municipio, presentado por el agente municipal de Planta Permanente RIVAROLA, JOSÉ ANTONIO, DNI Nº 11193462, Legajo Nº 1026, por el cual presenta su renuncia condicionada al cargo que ocupa en este Municipio.

D E C R ETA

Artículo 1o.- DESIGNANSE Beneficiarios del PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS, para el período comprendido entre el 01/11/2019 y el 30/11/2019, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación en las distintas áreas de este Municipio tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2o.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3o.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.
Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.
Artículo 6o.- EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

DECRETO N 0716/19

Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Capítulo V Derechos del Agente, Permanencia hasta su Retiro, Artículo 52 del Estatuto Para el Personal de la Administración Pública Municipal que dice: el Personal que solicite su jubilación o retiro, podrá continuar en la Administración Pública hasta que se le acuerde el respectivo beneficio y por el término no mayor a doce 12 meses. Si transcurrido este lapso no se hubiere otorgado el beneficio previsional, el agente tendrá derecho a percibir el cien por ciento 100% del monto que se estime le corresponderá como haber jubilatorio y por un lapso no mayor a seis 6 meses. Si el agente obtuviera la jubilación dentro del término de los doce 12 meses a que alude el primer párrafo de este artículo, tendrá derecho a percibir los seis 6 meses a que se refiere el segundo párrafo, con carácter no remunerativo.
Por ello, el señor Intendente Municipal, en uso de las atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102, Orgánica Municipal, D E C R ETA
Artículo 1o.- ACEPTASE la renuncia condicionada del agente municipal de Planta Permanente Municipio, RIVAROLA, JOSÉ ANTONIO, DNI Nº 11193462, Legajo Nº 1026, quién revista en este Municipio en el Escalafón Maestranza y Servicios Generales, Categoría 7, con retroactividad a partir del día 03/12/2019, en un todo de acuerdo a los Visto y Considerando.
Artículo 2o.- EL presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal ANEXO

Artículo 3o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

Fdo.: Lic. Natalia Andrea Espin, Secretario de Gobierno Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal
1 día - Nº 250615 - s/c - 09/03/2020 - BOE

MUNICIPALIDAD DE

1 día - Nº 250616 - s/c - 09/03/2020 - BOE

CARRILOBO

DECRETO N 031/2020
POR ELLO:
Carrilobo Cba. 21 de Enero de 2020
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CARRILOBO
VISTO: La solicitud de ayuda económica presentada ante este Departamento Ejecutivo Municipal por Berli, Mario Antonio D.N.I. 12.389.976, de esta Localidad, para ser destinada a solventar gastos médicos.CONSIDERANDO:
Que, es necesario efectuar este tipo de aportes en beneficio de los niños en particular y de la comunidad en general;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
Art. 1.- OTORGUESE un Subsidio NO REINTEGRABLE de PESOS
UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $1.250 a Berli, Mario Antonio D.N.I.
12.389.97, de esta Localidad, para ser destinada a solventar gastos médicos.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date09/03/2020

Page count7

Edition count1425

First edition31/07/2018

Last issue11/05/2024

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