Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2019 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

ARTÍCULO 3ro.- ELÉVENSE copias al Honorable Concejo Deliberante y al Honorable Tribunal de Cuentas, para su conocimiento y efectos que estimen corresponder.
ARTÍCULO 4to.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.

AÑO CV - TOMO DCLIX - Nº 223
CORDOBA, R.A. MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTICULO 4to.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 14 de Noviembre de 2019, Acta N 23/2019.

Fdo. Por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas.

Fdo. Por Sonia Acosta Vicepresidente 1º, Claudia Escalante Secretaria.
Promulgada por Decreto N 72/2019. Fdo. Por Luciana Salgado Intendente Interina, Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas
1 día - Nº 241209 - s/c - 26/11/2019 - BOE

1 día - Nº 241161 - s/c - 26/11/2019 - BOE

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 864/2019

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 865/2019

VISTO: La necesidad de solicitar Fondo Permanente para Financiación de Proyectos y Programas de Gobiernos Locales para Pagos de Sueldos y Sueldo Anual Complementario a los agentes municipales
VISTO: El Convenio de prestación de servicios referido a la Digitalización de nombres y nomenclatura de calles de Villa Yacanto
Y CONSIDERANDO:
Que dicho Fondo está a disposición de los municipios y comunas que lo requieran, que se tiene la posibilidad de solicitarlo nuevamente para cumplir las obligaciones en tiempo y forma del pago de sueldos y sueldo anual complementario de los agentes municipales;
Que es de público conocimiento que este año se decretó la emergencia económica del municipio a razón de la ausencia total del gobierno nacional;Que en otras ocasiones el fondo permanente fue destinado a obras o a la adquisición de bienes de capital;
Que en esta oportunidad la suma disponible es de pesos un millón cuatrocientos mil $1.400.000,00;
Que la Municipalidad cederá de la coparticipación que mensualmente le corresponde de los impuestos provinciales al Fondo Permanente la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
OCHO CON OCHENTA Y OCHO CTVS. $38.888.88 mensuales, durante el termino de máximo de treinta y seis 36 meses para la total devolución del mismo;
Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
Sanciona con Fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1ro.- APRUEBASE el Proyecto de obra: PAGO DE SUELDOS Y SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO DE EMPLEADOS MUNICIPALES de la Municipalidad de Villa Yacanto de Calamuchita, que se incorpora como Anexo 1 de esta Ordenanza.
ARTÍCULO 2do.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, un préstamo de hasta PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL
$1.400.000 con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba en el artículo 1º.
ARTÍCULO 3ro.- DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime corresponder.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERAND:O
Que la Municipalidad de Villa Yacanto suscribió contrato de prestación de servicios con el Señor Alberto Andrés Juárez, DNI 25.219.453 Técnico en Sistema de Información Geográfica;
Que el municipio ha dispuesto una contraprestación a favor del Sr.
Juárez, que consiste en una eximición tributaria inmobiliaria por el término de diez años respecto a los inmuebles registrados en la Municipalidad a nombre del prestador hasta la fecha de suscripción del convenio anexo 1;
Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
Sanciona con Fuerza de ORDENANZA

Artículo 1ro.- RATIFIQUESE el contrato de prestación de servicios suscripto entre la Municipalidad de Villa Yacanto y el Señor Alberto Andrés Juárez, DNI 25.219.453, Técnico en Sistema de Información Geográfica, de acuerdo a lo descripto el anexo 1.
Artículo 2do.- DISPÓNESE lo necesario a efectos de que las áreas administrativas correspondientes tomen debida cuenta de lo dispuesto en la presente ordenanza y procedan en consecuencia.

Artículo 3ro.- DÉSE copia la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos.

Artículo 4to.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO
MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Fdo. Por Sonia Acosta Vicepresidente 1º, Claudia Escalante Secretaria.
Promulgada por Decreto N73 /2019. Fdo. Por Luciana Salgado Intendente Interina, Juan Pablo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y FinanzasDada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 14 de Noviembre de 2019, Acta N 23/2019.
1 día - Nº 241167 - s/c - 26/11/2019 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/11/2019 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date26/11/2019

Page count12

Edition count1435

First edition31/07/2018

Last issue25/05/2024

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