Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2021 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
LUNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 183
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
LICITACIONES

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a SECCION

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

SUMARIO
Licitaciones Pag. 1
Subastas Electrónicas Pag. 4

MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS

Compulsas Abreviadas Pag. 4
Contrataciones Directas Pag. 5

Expte. N 0729-004617/2021. Asunto: SANEAMIENTO CLOACAL PANAHOLMA. NOTA ACLARATORIA N 6. Por medio de la presente, esta Subsecretaría de Coordinación y Administración, dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, manifiesta que: 1. SE MODIFICA el texto del Artículo N 12 Inciso 20 del Pliego Particular de Condiciones, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: Aplicación de la Ley Provincial de Biocombustibles y Bioenergías N 10721: En relación a lo reglamentado por el Ministerio de Coordinación a partir del art. 4 de Ley Provincial de Biocombustibles y Bioenergías Nº 10721, la cual establece la obligatoriedad de la inclusión en todos los pliegos de contratación de bienes, servicios y obra pública, cualquiera sea la modalidad elegida y el régimen aplicable, de cláusulas específicas que acuerden beneficios especiales en términos de puntuación y ponderación de ofertas a aquellos ofrecimientos formulados por proponentes que acrediten, en los términos y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, el uso de biocombustibles en los vehículos que integran su flota o la de sus eventuales subcontratistas, como así también la provisión de bienes reciclables y biomateriales.
Atento a lo mencionado precedentemente, los oferentes se adecuarán a lo siguiente: De acuerdo al puntaje obtenido en la instancia de evaluación, y según lo dispuesto por el art. 2º de la Resolución N 14/2021 emitida por el Ministerio de Coordinación, reglamentaria del art. 4º de la Ley provincial Nº 10.721, el oferente podrá acceder a una categoría de preferencia en caso que acredite: 1 El uso de biocombustibles puros en los equipos de trabajo, cubriendo no menos del 20% del consumo total de combustibles previsto en la ejecución de la obra. El uso de biocombustible puro, en reemplazo de los combustibles fósiles tradicionales en los vehículos se acreditará mediante: DDJJ del compromiso de uso de biocombustibles que deberá verificarse en el desarrollo de Obra con copia certificada de la Factura correspondiente que evidencie la compra de biocombustible a un productor, habilitado para la comercialización en el mercado interno según lo establecido por normativas nacionales, acompañada de las correspondientes autorizaciones y verificaciones a los tanques de almacenamiento en Obra, si correspondiere. Evidencia de la participación en un pool de compra mayorista de biocombustible acompañada del certificado de calidad del biocombustible. Copia certificada de la resolución de la Secretaría de Energía de Nación que habilite al oferente para la producción de biocombustible con fines de autoconsumo, o en su defecto, constancia emitida por dicho organismo que acredite el inicio del trámite de habilitación.
2 El uso de materiales reciclables o biomateriales materiales de obras o toda vez que utilice materiales de proveedores comprometidos con la sustentabilidad de sus procesos de producción. Esto podrá ser acreditado mediante:
Especificación de los sellos o etiquetas, ambientales o de reúso o reciclables o de bioproduct, que identifican a los materiales empleados. Presentación de la copia de la certificación de normas ISO
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Convocatorias Pag. 5
Líneas de Ribera Pag. 5
Notificaciones Pag. 6

14001, del oferente o de la firma proveedora de los materiales, o alguna otra norma o certificación relacionada a la temática de producción responsable y sostenible, con que cuente el oferente o el proveedor.
1 día - Nº 333372 - s/c - 06/09/2021 - BOE

MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
Expte. N 0729-004614/2021. Asunto: FINALIZACION DE OBRA BASICA
- PILAR. NOTA ACLARATORIA N 5. Por medio de la presente, esta Subsecretaría de Coordinación y Administración, dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, manifiesta que: 1. SE MODIFICA el texto del Artículo N 12 Inciso 20 del Pliego Particular de Condiciones, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: Aplicación de la Ley Provincial de Biocombustibles y Bioenergías N 10721: En relación a lo reglamentado por el Ministerio de Coordinación a partir del art. 4 de Ley Provincial de Biocombustibles y Bioenergías Nº 10721, la cual establece la obligatoriedad de la inclusión en todos los pliegos de contratación de bienes, servicios y obra pública, cualquiera sea la modalidad elegida y el régimen aplicable, de cláusulas específicas que acuerden beneficios especiales en términos de puntuación y ponderación de ofertas a aquellos ofrecimientos formulados por proponentes que acrediten, en los términos y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, el uso de biocombustibles en los vehículos que integran su flota o la de sus eventuales subcontratistas, como así también la provisión de bienes reciclables y biomateriales. Atento a lo mencionado precedentemente, los oferentes se adecuarán a lo siguiente:
De acuerdo al puntaje obtenido en la instancia de evaluación, y según lo dispuesto por el art. 2º de la Resolución N 14/2021 emitida por el Ministerio de Coordinación, reglamentaria del art. 4º de la Ley provincial Nº 10.721, el oferente podrá acceder a una categoría de preferencia en caso que acredite: 1 El uso de biocombustibles puros en los equipos de trabajo, cubriendo no menos del 20% del consumo total de combustibles previsto en la ejecución de la obra. El uso de biocombustible puro, en reemplazo de los combustibles fósiles tradicionales en los vehículos se acreditará mediante: DDJJ del compromiso de uso de biocombustibles que deberá verificarse en el desarrollo de Obra con copia certificada de la Factura correspondiente que evidencie la compra de biocombustible a un productor, habilitado para la comercialización en el mercado interno según lo establecido por normativas nacionales, acompañada de las correspondientes
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2021 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date06/09/2021

Page count18

Edition count3969

First edition01/02/2006

Last issue11/05/2024

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