Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2019 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

esta Dirección General; Que en el Art. 9 del Decreto N 930/15 se prevé un término de cinco 5 días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la última publicación de la convocatoria; Que en virtud de las disposiciones establecidas en la Ley 10.618 y su Dto. Reglamentario N
750/19 destinadas a la simplificación y modernización de la administración pública, determinadas instancias del concurso se implementarán en formato electrónico o digital; Que la designación de los Miembros del Jurado, titulares y suplentes, será por Resolución Ministerial con antelación al inicio del periodo de inscripción tal como lo establece el Art. 29 del Decreto N
930/15 reglamentario de la Ley 10.237; Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley 214-E-63, se implementarán de acuerdo con la reglamentación de Concursos establecida en el Art. 24 del Decreto N 930/15 y Resolución Ministerial 1475/16; Por todo ello, EL INSPECTOR
GENERAL A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
SECUNDARIA RESUELVE: Art. 1º- DECLARAR ad referéndum del Ministerio de Educación, la vacancia: A. En Veintinueve 29 cargos de Director dependientes de esta Dirección General de Educación Secundaria; los que se detallan en el Anexo I, que compuesto por Tres 03 folios, forma parte del presente instrumento legal.B. En Veintidós 22 cargos de Vicedirector dependientes de esta Dirección General de Educación Secundaria; los que se detallan en el Anexo II, que compuesto por Tres 03 folios, forma parte del presente instrumento legal.- Art. 2º - CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir:A. En Veintinueve 29 cargos vacantes de Director, de la Dirección General Educación Secundaria que se encuentran detallados en el Anexo I, teniendo lugar la inscripción de aspirantes en el período comprendido entre el 29/07/19 al 02/08/19 inclusive.- B. En Veintidós 22 cargos vacantes de Vicedirector, de la Dirección General Educación Secundaria que se encuentran detallados en el Anexo II, teniendo lugar la inscripción de aspirantes en el período comprendido entre el 29/07/19 al 02/08/19 inclusive.- Art. 3º - Podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2 ut supra señalado aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Art. 15 y 16 de la Ley 10.237 modificatorio del Art. 62 y 63 del Decreto Ley 214-E-63 y que a la fecha se desempeñen en establecimientos dependientes de la Dirección General de Educación Secundaria revistando en situación de servicio activo, en la misma Zona de Inspección a concursar y no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación previstas en el Art. 11 del Decreto N 930/15.-Art.4º- Los aspirantes se inscribirán, para las vacantes, en forma on line en http www.
cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/, en el período comprendido entre el 29/07/19 al 02/08/19 inclusive, debiendo optar por un solo establecimiento y cargo, en el ámbito geográfico de la/s inspección/
es que pertenece/n, según el Anexo I y Anexo II de esta Convocatoria, y de acuerdo a lo preceptuado por el Art. 5 y 6 del Decreto N 930/15 reglamentario del Art 10 de la Ley 10.237.- Art. 5º- Los interesados deberán presentar el formulario de inscripción impreso por duplicado y su carpeta de antecedentes ante la Junta de Clasificación cita Calle Salta 74 B
Centro, Cba, conteniendo documentación de antecedentes que consideren pertinente, a los efectos del Concurso, según Anexo IV de la presente resolución.- Aquellos aspirantes que participaron de Convocatorias anteriores de Cargos Directivos o de Inspectores no deberán presentar nueva carpeta de antecedentes. Sólo presentarán formulario de inscripción impreso por duplicado, constancia de servicios, régimen de incompatibilidad y si tuvieran, nuevos antecedentes con un nuevo índice por duplicado DE
ACUERDO A LO DETALLADO EN EL ANEXO IV. El Certificado de no Inscripción en el Registro Nacional de Personas Condenadas contra la Integridad Sexual Validez 1 año deberá ser presentado ante la Comisión Permanente de Concursos en la primera instancia concursal presencial.- El docente aspirante que solicite el beneficio de eximición de la realización BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLV - Nº 139
CORDOBA, R.A. JUEVES 25 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de la prueba teórica Resol Ministerial N 1475/16 deberá requerirla personalmente a la Comisión Permanente de Concursos Av. Colón N 93, 5
Piso Cba. Cap. o vía email a la dirección concursosecundarialey10237@
gmail.com. En éste último caso deberá además presentarla en soporte papel en la primera instancia presencial.Art. 6º- Los aspirantes al Concurso se notificarán de la presente Resolución de Convocatoria al momento de la inscripción, como así también del Reglamento de Títulos y Puntajes, Resolución Ministerial 1475/16 y Resolución Ministerial de designación del Jurado, Resolución S.E. N 10/17 normativa que declarará conocer y aceptar.Toda la documentación se encuentra en: http www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/ Art. 7- El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se realizará en dos etapas Art. 24 del Decreto 930/15: - Etapa de Verificación de Títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación. - Etapa de Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista. Cada prueba será eliminatoria y su NO aprobación producirá la automática exclusión del Concurso.-Art. 8- INCORPORAR como parte integrante de la presente Resolución los siguientes anexos: Anexo I: Nómina de cargos de Director a concursar, integrado por tres 03 Folios. Anexo II: Nómina de cargos de Vicedirector a concursar, integrado por dos 02
Folios Anexo III: Programa General de concurso para aspirantes, integrado por Diez 10 Folios. Anexo IV: Documentación necesaria para el armado de legajo de concurso, integrado por un 01 folio. Anexo V: Cronograma de Actividades Concurso de cargos directivos. 01 Folio. Art. 9- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente de Concursos, a las Inspecciones, a Junta de Clasificación, a los Centros Educativos, a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. RESOLUCIÓN
Nº 667. FDO. Prof. Edgardo Carandino. Inspector General de la Dirección General de Educación Secundaria https boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2019/07/39798.pdf 4 días - Nº 219216 - s/c - 26/07/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CÓRDOBA, 17 DE JULIO DE 2019 VISTO: La Ley N 10237, el Decreto N
930/15, Decreto Ley 214/E/63 y la Resolución N 0667/19 de esta Dirección General, mediante la que se convoca a Concurso de Títulos, Anteceden-tes y Oposición para cubrir los cargos de Director y Vicedirector de Enseñanza Secundaria con ca-rácter Titular, vacantes en las zonas de Inspección dependientes de la misma, y; CONSIDERANDO: Que, para determinar las condiciones en las que se realizarán los Concursos de Director y Vicedirector, se deberá tener presentes las disposiciones del Art.
62 y Art. 63 del Decreto Ley N 214/E/63, modificado por el Art. 15 y 16 de la Ley 10237; Que en las Resoluciones Nº 1209/11 BIS y Nº 981/12 de la ex Dirección de Enseñanza Media y las Resoluciones emitidas por la Secretaría de Educación donde se establecen las condiciones de títulos docentes, siendo requerimiento ineludible de admisibilidad del aspirante;
Que según el Decreto N 257/19, se podrán dejar establecidos los criterios de valoración de antecedentes aplicables para esta Convocatoria; Que en el Art. 22 del Decreto 930/15 se establece que los Concursos serán de Títulos, Antecedentes y Oposición, por lo que deberá fijarse un tope de puntaje para la clasificación de títulos y antecedentes que represente el veinte 20% por ciento del total posible, siendo el ochenta 80% por ciento para la prueba de oposición; Que resulta procedente dispensar de la realización de la prueba teórica a aquellos aspirantes que reúnan los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial N 1475/16; Que, siendo el título y la antigedad docente requisitos para acceder al concurso, éstos no
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/07/2019 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date25/07/2019

Page count21

Edition count3963

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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