Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2019 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2019-Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 114
CORDOBA, R.A. MARTES 18 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

PERDEC M.I.Nº 17.842.468, de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de Policía Nº 71181/19 de fecha 10 de Abril del 2019, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de facultades que le son propias, RESUELVE:1.HACER LUGAR al pago sustitutivo de las licencias que registra pendientes de uso la SARGENTO AYUDANTE ANDREA DEL VALLE PERDEC M.I.Nº 17.842.468, las cuales se detallan en el análisis del presente, en virtud de su pase a Situación de Retiro Obligatorio mediante Decreto Nº 2071/18 de fecha 28/12/2018 por resultar legalmente procedente en los términos del art. 53
punto 9 y Art. 55 inc. g punto III del Decreto N 763/12 Reglamentario de la Ley de Personal Policial N 9728 y de las consideraciones efectuadas en el análisis del presente. 2.Al Departamento Administración de Personal, a los fines que se notifique a la solicitante del contenido de la presente y demás efectos.3.Al Departamento Finanzas, a los fines que se haga efectivo a la interesada del pago del beneficio reconocido en el punto 1.4. PROTOCOLICESE. JEFATURA DE POLICIA, 10 de Abril de 2019 RESOLUCION
Nº 71181/19 Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud.
Debidamente notificada.
5 días - Nº 213628 - s/c - 18/06/2019 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000436/2019. Córdoba, 23 de mayo 2019. VISTO:
Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 7181674, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ DURANTE SANTIAGO AGUSTIN PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA han resultado en un todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ratificar la validez del proceso judicial.Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conf. sustitución por Art. 3º ap. 7 Ley Nº 10117 B.O. 21.12.2012, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el numeración vigente en dicho momento - artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece
que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial.
Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto.
321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S
U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente DURANTE
SANTIAGO AGUSTIN, que en el/la OFICINA UNICA DE EJECUCION
FISCAL - de la ciudad de V. MARIA, sito en Gral. Paz 331 SECRETARIA
TENEDINI, Paola Lilia, se ha dictado la siguiente resolución: VILLA MARIA, 19/12/2018.- Agréguense el edicto y certificado de incomparecencia que se acompañan. Atento el certificado de autos téngase por expedita la vía prevista en el artículo 7 ley 9024 modificada por ley 9576. De la liquidación de capital, intereses y costas formulada, córrase vista a la parte ejecutada por tres días fatales Art. 564 del CPCC. Notifíquese a la parte demandada con copia de la referida liquidación. Oportunamente, acompáñese al Tribunal cédula diligenciada con copia de la liquidación a los fines de su aprobación, si fuere conforme a derecho. A lo demás: Téngase presente. Fdo: TENEDINI, Paola Lilia - SECRETARIO/A JUZGADO 1RA.
INSTANCIA.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto AUTOMOTOR, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: AA638GO , LIQUIDACIÓN
JUDICIAL N 60000200000000 , por la suma de VEINTICUATRO MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS
$ 24.484,90 por los períodos: 2017/10-20-30-40-. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE.
Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 213624 - s/c - 18/06/2019 - BOE

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2019 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date18/06/2019

Page count15

Edition count3959

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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