Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2006 - 4º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

2

Córdoba, 11 de Abril de 2006

de 30 cm por 7 cms. 42 umbrales granito reconstituido, semipulido, color gris o similar de 0,90 cm por 0,30 cm. Pliego de condiciones generales y especificaciones técnicas; en sede municipal $ 10. Apertura de propuestas: 21 de Abril de 2006 a las 09,00 horas, San Martín esq. J. Busso, Coronel Moldes - Tel. 03582-489640.
4 días - 6700 - 18/4/2006 - $ 112.-

Lopez - Pte Unidad Ejecutora
OFICIALES

El H. Directorio de la Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. ha dispuesto conforme Nota de Despacho de fecha 10/2/2006 y Nota de Despacho Nº 1853 de fecha 10/3/2006, en Expte. Nº 0449-10858/2006. Asunto: González Luis - Leg. Nº 20486 - Situación Laboral - Baja - Citar, intimar y correrle vista al agente Sr. Luis González Legajo 20.486
DNI 11.559.480 dependiente de la Sala de Juego del Casino de Villa Carlos Paz, para que en el término de veinticuatro horas desde la última publicación del presente, comparezca por ante esta Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. - Departamento Personal, sito en 27 de Abril 185, 3º piso de esta ciudad de Córdoba, a fin de hacer las manifestaciones del art. 21 de la Ley 5944 "Estatuto Para el Personal de Salas de Entretenimiento de la Provincia de Córdoba". Todo bajo apercibimiento de requerir su cesantía al Poder Ejecutivo Provincial de acuerdo a lo prescripto por los arts. 19 inc. a de la Ley 5944, dictándose Resolución sin más trámite. Fdo. Dr. Mario Luis Hipólito Oliva Cuneo, Gerente de Gerencia Departamental de Asesoramiento Legal y Notarial.
Lotería de la Provincia de Córdoba S.E
5 días - 5166 - 19/4/2006- $ 50,50

CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Resolución General N 02/2006. Préstamos a Afiliados. Visto: Que se entiende oportuno readecuar los importes máximos a otorgar en las distintas líneas crediticias implementadas por la Caja de Previsión. Que se considera necesario posibilitar el acceso a la línea crediticia Primer Hogar u Oficina a los afiliados que están afrontando la adquisición o construcción tanto de su primer hogar y/o de su primer oficina, cualquiera sea su orden de prelación, no siendo los mismos ni sus respectivos cónyuge titulares de otros inmuebles distintos de los mencionados. Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas tiene implementados cursos de capacitación para matriculados, siendo interés de la Caja financiar estos cursos a los afiliados, contribuyendo al desarrollo profesional de la matrícula. Considerando: Que es facultad del H. Directorio reglamentar las líneas de préstamos a otorgarse por intermedio de esta Caja de Previsión, según lo establecido por el artículo 37 inc. i de la Ley 8349. Que las líneas crediticias vigentes están normadas por Resolución General Nº 07/2004. El Directorio de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba Resuelve: Artículo 1:
Modificar el artículo segundo del Anexo II de la Resolución General 07/2004 - Préstamos a Beneficiarios de Jubilación Ordinaria -, el que queda redactado de la siguiente manera:
Los préstamos serán otorgados en la moneda de curso legal en el País, Pesos, y sus importes máximos no podrán exceder de pesos seis mil $ 6.000. Artículo 2: Modificar el artículo tercero del Anexo III de la Resolución General 07/2004 - Préstamos para Jóvenes Profesionales -, el que queda redactado de la siguiente manera: Los préstamos serán otorgados en la moneda de curso legal en el País, Pesos, y sus importes máximos no podrán exceder de pesos siete mil $ 7.000. Artículo 3: Modificar el artículo primero del Anexo IV de la Resolución General 07/2004 - Préstamos para Capacitación Profesional -, el que queda redactado de la siguiente manera: Los préstamos serán otorgados en la moneda de curso legal en el País, Pesos, y sus importes máximos no podrán exceder los costos del curso de especialización de post grado correspondiente, o del curso de capacitación implementado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba. Artículo 4: Modificar el artículo segundo del Anexo V de la Resolución General 07/2004 - Préstamos Confianza -, el que queda redactado de la siguiente manera: Los préstamos serán otorgados en la moneda de curso legal en el País, Pesos, y sus importes máximos no podrán exceder de pesos seis mil $ 6.000. Artículo 5: Modificar el artículo primero del Anexo VI de la Resolución General 07/2004 - Préstamos Personales -, el que queda redactado de la siguiente manera: Los préstamos serán otorgados en la moneda de curso legal en el País, Pesos, y sus importes máximos no podrán exceder de pesos quince mil $ 15.000 cuando se trate de créditos personales con garantía de afiliados y de pesos doce mil $ 12.000 cuando se trate de créditos personales con garantía de terceros. Artículo 6: Modificar el artículo primero del Anexo VII de la Resolución General 07/2004 - Préstamos con Garantía Hipotecaria -, el que queda redactado de la siguiente manera: Los préstamos serán otorgados en la moneda de curso legal en el País, Pesos, y sus importes máximos, incluidas las sucesivas ampliaciones que pudieran aprobarse, no podrán superar los siguientes topes: a Sesenta y cinco por ciento 65 % de la valuación que realice la Caja sobre las propiedades ofrecidas en garantía o el importe de pesos ciento veinte mil $ 120.000, lo que fuere inferior, cuando el crédito esté destinado a la adquisición o construcción de la vivienda única y/o estudio profesional del solicitante cualquiera sea su orden de prelación, no siendo el mismo ni su cónyuge titulares de otros inmuebles distintos de los mencionados. b Sesenta por ciento 60% de la valuación que realice la Caja sobre las propiedades ofrecidas en garantía o el importe de pesos ciento veinte mil $ 120.000, lo que fuere inferior, en los restantes casos. Artículo 7: Establécese la vigencia de la presente a partir del día de la fecha. Artículo 8: Regístrese, publíquese y archívese. Córdoba, 16 de marzo de 2006. H. Directorio.
Nº 6644 - $ 230
UNIDAD EJECUTORA PARA SANEAMIENTO DE TÍTULOS
LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para Saneamiento de Títulos Ley 9150, en el expediente Nro. 0535-006998/2004 "MANSILLA MARIA MAGDALENA ,- SOLICITA
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE POSESIÓN" por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por la Sra. Mansilla María Magdalena. DNI. N
16.197.633, sobre un inmueble de 554,80 m2. Ubicado en el Dpto Río Seco, Pedanía Villa de María, lugar Rivadavia 923, que lindan según Declaración Jurada, el cual ha sido acompañado en autos, por el costado Norte con Olmos, por el costado Sur con Francisca Rosa Chavarría, por el costado Este con calle Rivadavia , por el costado Oeste con Francisca Rosa Chavarría, Siendo el Nro de Cuenta de la parcela antes mencionada, 26020934075/7, Según informe emitido por la Dirección de Catastro de la Pcia de Córdoba , Distrito Catastral N 3, de Deán Funes, cita a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la unidad a su cargo y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150. Córdoba 21 de diciembre de 2005. Fdo. Isaac
5 días - 3774 - 19/4/2006 - s/c LOTERIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.E.

MINISTERIO DE LA SOLIDARIDAD
Se hace saber por medio de la presente publicación, lo resuelto por el Sr. Ministro de la Solidaridad del Gobierno de la Provincia de Córdoba, Dr. Daniel A. Passerini, según Resolución Ministerial Nº 247 de fecha 28 de Junio de 2005, que a continuación se transcribe en su parte fundamental: "Córdoba, 25 de junio de 2005. Visto: Y
Considerando: Resuelvo: Artículo Nº 1: Déjanse sin efecto el Acta de Tenencia Precaria suscripta entre la ex Agencia Córdoba Solidaria, Sociedad del Estado y los señores Miguel Angel Suárez MI Nº 14.797.495 y María Mercedes Bustos MI Nº 16.411.249, beneficiarios del inmueble ubicado en el Lote 1, Manzana 8, el Acta de Tenencia Precaria suscripta entre la ex Agencia Córdoba Solidaria, Sociedad del Estado y los señores Claudio Roberto Studie MI Nº 18.408.360 y Susana Graciela Romero MI Nº 31.647.389, Adjudicatarios del Inmueble ubicado en el Lote 3, Manzana 8, el Acta de Tenencia Precaria suscripta entre la ex agencia Córdoba Solidaria, Sociedad del Estado y la señora Sonia del Valle Minuet MI Nº 35.579.662 beneficiaria de la vivienda ubicada en el Lote 4 - Lote 8, y el Acta de Tenencia Precaria suscripta entre la ex Agencia Córdoba Solidaria, Sociedad del Estado y los señores Carmen Enriquez Chávez MI Nº 1.628.540
y Juan Carlos Arce Muñoz M.I. Nº 1.543.323 adjudicatarios del inmueble sito en el Lote 14, Manzana 8, todos del Barrio Chachapoyas - Córdoba, por los motivos expuestos en los considerandos del presente instrumento legal. Artículo Nº 2: Dar intervención a la Dirección General de Coordinación y Hábitat Social a efectos de arbitrar los medios necesarios para emplazar a los señores Miguel Angel Suárez MI Nº 14.797.495, María Mercedes Bustos MI Nº 16.411.249, Claudio Roberto Studie MI Nº 18.408.360, Susana Graciela Romero MI Nº 31.647.389, Sonia del Valle Minuet MI Nº 35.579.662, Carmen Enriquez Chávez MI Nº 1.628.540 y Juan Carlos Arce Muñoz MI Nº 1.543.323 para que en el término de diez 10 días, restituyan los inmuebles ubicados en Lote 1, Manzana 8, Lote 3, Manzana 8, Lote 4, Lote 8 y Lote 14, Manzana 8, todos de barrio Chachapoyas de Córdoba, de acuerdo al dictamen Nº 404/2005 de la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio. Art. 3º: Protocolícese, comuníquese, notifíquese y archívese. Fdo. Dr. Daniel A. Passerini, Ministro de la Solidaridad, Gobierno de la Provincia de Córdoba. Queda Ud. Debidamente Notificado.
5 días - 4877 - 19/4/2006 - s/c

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/04/2006 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date11/04/2006

Page count2

Edition count3958

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2006>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30