Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/12/2021 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba
MIÉRCOLES 15 DE DICIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 257
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
ASAMBLEAS
CONSEJO PROFESIONAL DE
CIENCIAS ECONÓMICAS DE CÓRDOBA
CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE
CÓRDOBA. RESOLUCIÓN Nº 29/21 - CONVOCATORIA A ELECCIONES - AÑO 2022. VISTO:
Lo dispuesto en el artículo 67º de la Ley Provincial 10.051, y La Ley Provincial 10.715 que establece la Suspensión de Comicios en Colegios y Consejos Profesionales de Córdoba, disposición que fue prorrogada hasta el 31/01/2022 por Ley 10.763. Dec. Prov. Nº 1100/21, cuyas disposiciones fueron prorrogadas por Dec. Prov. 1299/21
hasta el 28 de Noviembre de 2021. La Res. Nº 04/21 de Consejo Directivo. CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley 10.715, la cual entre otras disposiciones estableció la suspensión de los procesos electorales en colegios, consejos y cajas profesionales hasta el día 30 de Junio de 2021, este Consejo Directivo emitió la Res. Nº 04/2021 que dispuso dejar sin efecto el art. 2 de la Res. 55/20 el cual fijaba como fecha de realización de los comicios el día 2 de Julio del año 2021, y establecía que la nueva fecha de comicios sería fijada por la convocatoria pertinente dentro de los plazos que establezcan las normas electorales. Que con fecha 9 de junio de 2021 la Legislatura Provincial sancionó la Ley 10.763 la cual prorrogó las disposiciones contenidas en la Ley Nº 10.715 hasta el día 31 de Enero de 2022.
Que el Gobierno Provincial mediante Dec.
1299/21 si bien prorroga hasta el 28 de Noviembre de 2021 las medidas de prevención sanitarias adoptadas por Dec. Prov. Nº 1100/21, aumenta el aforo hasta el 80% para las actividades sociales en espacios cerrados y suprime el límite de 500 personas dispuesto. Que conforme las disposiciones vigentes, y en la búsqueda de alcanzar una apropiada armonización de las mismas, teniendo en cuenta lo dispuesto por ley y las flexibilizaciones y habilitaciones de actividades dispuestas mediante decreto por el Gobierno Provincial, con el firme propósito de salvaguardar derechos superiores como resultan ser la salud de toda la comunidad de electores y la
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a SECCION

intervención democrática plena e irrestricta de los participantes, es necesario prever que los distintos actos electorales que conforman el proceso tengan inicio con posterioridad al 31 de Enero de 2022, con lo cual el proceso electoral deberá dar inicio con posterioridad a la mencionada fecha. Que de acuerdo a las normas vigentes, la vigencia de los mandatos de los profesionales que asuman a través del presente proceso eleccionario, se debe contabilizar desde el 15 de septiembre del año 2020, por lo que ejercerán sus cargos hasta completar los períodos legales, según lo dispuesto por el art. 15 de la Ley 10.051. Que la Junta Electoral designada mediante Resolución Nº 28/2020, la cual se ha mantenido en sesión permanente mediante medios digitales y telecomunicaciones, debe ser ratificada para el presente proceso electoral.
Que según lo establece el inciso i del art. 14º de la Ley Provincial 10.051, el Consejo Directivo tiene atribuciones para adoptar medidas que estén en concordancia con la índole y espíritu del reglamento de la citada Ley, en los casos no previstos por el mismo. EL CONSEJO DIRECTIVO
DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONÓMICAS DE CÓRDOBA, RESUELVE: Artículo 1º: Convocar a los Contadores Públicos, Licenciados en Administración, Actuarios y Licenciados en Economía, y sus equivalentes, activos, inscriptos en las respectivas matrículas a cargo del Consejo, hasta el 07 de febrero de 2022 a votar el día 08 de abril de 2022, de acuerdo al art. 67 de la Ley 10.051, a los efectos de elegir diez 10 Consejeros Titulares por un período de cuatro 4 años y cinco 5 Consejeros Suplentes por dos 2 años, a contar desde el 15
de Septiembre del año 2020. Si el día 08 de abril de 2022 fuese declarado inhábil las elecciones se realizarán el primer día hábil siguiente. El proceso electoral comenzará el día 1 de Febrero de 2022, quedando sujeto a las medidas que dispongan las autoridades nacionales y provinciales con motivo de la Pandemia COVID-19 declarada por la OMS Organización Mundial de la Salud, lo cual será resuelto, oportunamente, por la Junta Electoral. Las elecciones se llevarán a cabo respetando el protocolo de bioseguridad aprobado por Res. Nº 37/20, el que como Anexo
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SOCIEDADES - PERSONAS
JURÍDICAS - ASAMBLEAS Y OTRAS

SUMARIO
Asambleas Pag. 1
Fondos de Comercio Pag. 14
Sociedades Comerciales Pag. 14

II forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º: De conformidad a lo establecido en el art. 34 de la Ley 10.051, en el mismo acto eleccionario se elegirán los miembros del Tribunal de Ética Profesional, integrado por cinco 5 miembros Titulares y tres 3 Suplentes, quiénes tendrán mandato por dos 2 años, a contar desde el 15 de Septiembre del año 2020. Artículo 3º: De conformidad a lo establecido en el art.
32 de la Ley 10.051, simultáneamente en el acto eleccionario se elegirán los miembros de la Comisión Fiscalizadora, integrada por cinco 5
miembros Titulares y tres 3 Suplentes, quiénes tendrán mandato por dos 2 años, a contar desde el 15 de Septiembre del año 2020. Artículo 4º:
De conformidad a lo establecido en el artículo 43º del Reglamento Interno del Departamento de Servicios Sociales, en el mismo acto se elegirán los miembros de la Comisión Fiscalizadora del citado departamento, compuesta por tres 3
miembros Titulares y dos 2 Suplentes, quiénes tendrán mandato por dos 2 años, a contar desde el 15 de Septiembre del año 2020. Artículo 5º:
Las listas de candidatos deberán ser completas, debiendo presentarse una lista única para todos los cargos a cubrir por cada uno de los órganos en donde se eligen sus miembros, sin diferenciarse entre candidatos titulares y suplentes. De acuerdo a lo dispuesto por el art. 12 último párrafo de la Ley 10.051, las listas de candidatos no podrán estar integradas por más de dos profesionales con matrícula especial únicamente. La conformación de las listas estará establecida en cumplimiento a la Ley Provincial Nº 8901. Su presentación es a partir del 01 de Febrero al 11 de Febrero de 2022 a las 16:00 hs., la que deberá ser instrumentada mediante nota suscripta por tres 3 apoderados, profesionales matriculados en el C.P.C.E., y formularios con identificación y firmas de todos los candidatos. De conformidad a lo establecido en el art. 71 de la Ley 10.051, la Junta Electoral oficializará las listas hasta el día 22 de febrero de 2022. Las listas que hayan participado en anteriores elecciones, tendrán la pre-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/12/2021 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date15/12/2021

Page count40

Edition count3927

First edition01/02/2006

Last issue02/05/2024

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