Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/07/2020 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 157
CORDOBA, R.A., MARTES 14 DE JULIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

cláusula Decima Primera del Contrato Social con la siguiente redacción: DECIMA PRIMERA:
Administración y Representación. La administración, uso de la firma social y representación de la sociedad estará a cargo de los socios Carlos Alberto BATTISTONI, D.N.I. 13.964.349, Virginia BATTISTONI, D.N.I. 34.685.998 y Franco BATTISTONI, D.N.I. 37.523.459, quienes indistintamente revestirán el carácter de gerentes, siendo tal designación por tiempo indeterminado. Los gerentes tienen todas las facultades para administrar y realizar actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, incluso aquellos para los cuales la ley requiera poderes especiales conforme al artículo 375del Código Civil y Comercial del la Nación, artículo 9 de la ley 5965/63. Pueden en consecuencia y en forma indistinta: a realizar a título oneroso o gratuito toda clase de actividades relacionadas con el objeto social como así mismo adquirir, constituir, modificar, extinguir o transferir derechos sobre toda clase de bienes muebles, inmuebles urbanos o rurales, semovientes, créditos, acciones, derechos y títulos valores, otorgando y suscribiendo todas las escrituras o instrumentos públicos o privados que se requieran y pagando o percibiendo los precios según el caso; b aceptar y suscribir cancelaciones, recibos y demás recaudos; c retirar de las oficinas de correos o mensajerías toda clase de correspondencia epistolar o telegráfica, encomiendas, cartas de porte, certificados, valores declarados; d gestionar o solicitar todo asunto de aduana, control de cambio o asuntos fiscales o contencioso administrativos; e representar a la sociedad ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección Nacional de Aduanas, Dirección de Rentas, Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Ministerio de Trabajo y otras reparticiones Nacionales, Provinciales o Municipales existentes o a crearse; f aceptar mandatos, comisiones y representaciones en general; g constituir depósitos en dinero o valores en los establecimientos bancarios, financieros, comerciales, y extraer total o parcialmente los mismos; h solicitar créditos en los establecimientos bancarios, financieros, comerciales o de particulares; i realizar operaciones bancarias y de crédito que tengan por objeto: librar, aceptar, endosar, descontar, cobrar, enajenar, ceder y negociar cheques, pagarés u otras obligaciones o documentos de crédito público o privado, con o sin garantía hipotecaria, prendaria o personal, solicitar créditos en cuenta corriente y girar en descubierto hasta la cantidad autorizada por la entidad en cuestión; j hacer, aceptar, impugnar consignaciones en pago, novaciones, remisiones o quitas de deudas; k constituir, aceptar, dividir, subrogar, pro-

rrogar, renovar, ceder, cancelar, o librar total o parcialmente derechos reales de hipotecas, prenda, o cualquier otra clase de derecho o garantías, sin excepción; l comparecer en juicios ante los tribunales de cualquier fuero o jurisdicción, por si o por medio de apoderado, con facultad para promover o contestar demandas de cualquier naturaleza, declinar o prorrogar jurisdicciones, poner o absolver, posiciones, y producir todo tipo de prueba e informaciones, comprometer, en árbitros o arbitradores, prestar o diferir juramentos, exigir fianzas cauciones o arraigos, transigir o rescindir transacciones, solicitar embargos preventivos o ejecutivos e inhibiciones, percibir y otorgar recibos y cartas de pago; m conferir poderes generales o especiales y revocarlos; n formular protestas o protestos; ñ otorgar y firmar las escrituras públicas y privadas que fueran necesarias para ejecutar los actos que se relacionen con la administración social;
o tomar participación en sociedades existentes o promover la constitución de ellas; p en general, realizar todo género de actos y contratos que estén vinculados con el objeto social. La enumeración que antecede es solamente enunciativa y no limitativa; q Todos los actos o contratos onerosos o gratuitos que involucren o afecten bienes muebles o inmuebles registrables; r Constituir, aceptar, dividir, subrogar, prorrogar, renovar, ceder, cancelar o librar total o parcialmente derechos reales de hipotecas, prendas o cualquier otra clase de derechos o garantía; s Celebrar contratos de locación o leasing; t Celebrar contratos de préstamo o mutuo; u La concesión de poderes generales o especiales vinculados a las operaciones detalladas en los puntos anteriores de este párrafo..- Por último se da tratamiento al punto 4 del Orden del día. Toma la palabra el Sr.
Carlos Battistoni y manifiesta que por la evolución del giro comercial de la sociedad resulta necesario modificar la clausula Cuarta del Contrato Social, que contempla el Objeto Social de la sociedad. Se abre la deliberación, y luego de escuchar distintas opiniones se acuerda por unanimidad el siguiente texto: CUARTA: Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, en el país o en el extranjero, o mediante la importación y/o exportación las siguientes actividades: 1.- Comerciales: a Realizar la compra, venta, comercialización, fraccionamiento, importación y exportación de: artículos textiles, material de protección laboral, seguridad industrial e higiene, calzado, buzos, mamelucos, camperas, pantalones, chalecos, guantes, y en general todo tipo de indumentaria de protección personal y/o laboral, protección craneal, gafas, señalización, cartelería, herramientas e insumos es-

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peciales de protección, extintores y equipos contra incendio, insumos de higiene laboral, detectores de humo, gases y equipos autónomos, máquinas expendedoras y/o el software de las mismas y en general, de todos aquellos implementos relacionados con el objeto social.- b Ejercer representaciones y comisiones relacionadas al objeto social tanto en el país como en el exterior. 2.- Industriales: La fabricación artículos textiles, materiales de protección personal, seguridad industrial e higiene, calzado, buzos, camperas, pantalones, mamelucos, chalecos, guantes y en general todo tipo de indumentaria de protección personal y/o laboral, protección craneal, gafas, señalización, cartelera, herramientas e insumos especiales de protección, y en general todo aquellos implementos relacionados con el objeto social- 3. Locaciones y Prestaciones de Servicios: Realizar la locación de máquinas y bienes vinculados al objeto social.
Capacitaciones, mantenimiento y calibración de máquinas y equipos, reposición de mercaderías, desarrollo y locación de software. Bordados, estampados, ploteados, reflectivos, diseño de indumentaria. Servicios administrativos, servicios de comercialización, servicios de distribución y todo otro servicio vinculado al objeto social. 4.Financieras: a Realizar operaciones financieras mediante la aceptación de capitales en forma de aportes u aportándolos, a su vez, a firmas, empresas, sociedades y/o fundaciones, constituidas y/o a constituirse, para negocios realizados y/o a realizarse; constitución y/o transferencia de hipotecas; compraventa y/o caución de toda clase de títulos, acciones u otros valores; adquirir y/o enajenar a cualquier titulo legal, en todas sus formas, ya sea por cuenta propia o de terceros, acciones, debentures, bonos nacionales o extranjeros u otros bienes; constituir hipotecas, prendas u otros derechos reales sobre bienes inmuebles, muebles, valores mobiliarios o semovientes de su propiedad, de conformidad con la legislación vigente; aceptar la constitución de estos mismos derechos sobre bienes de terceros como beneficiaria intermedia o final por vía de transferencia y/o endoso sobre estos mismos derechos, pudiendo la misma hacer a su vez cesiones y/o transferencia bajo las formas y con las solemnidades dispuestas por la legislación aplicable a la especie.- 5.- Inmobiliarias: La compraventa, locación y/o comodato de inmuebles urbanos, pudiendo en tal caso revestir la calidad de comprador, vendedor, locador, locatario, comodante y/o comodatario, arrendador y/o arrendatario.- Sin perjuicio de las actividades descriptas en los diversos apartados de la presente cláusula, la Sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos auto-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/07/2020 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date14/07/2020

Page count27

Edition count3950

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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