Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2020 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 154
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

de pesos diez mil $ 10.000 o su equivalente, por cada director. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. ARTICULO DECIMO PRIMERO: El Directorio sesionará válidamente con la participación de la mayoría absoluta de sus miembros, y resolverá por mayoría absoluta de votos, ya sea que los directores participantes se encontraren presentes en forma física o comunicados entre sí a través de medios de trasmisión simultánea de audio e imagen, en adelante comunicados a distancia. Los Directores que asistan por cualquiera de las modalidades antes indicadas se considerarán presentes a todos los efectos, incluyendo sin carácter limitativo, para determinar si existe o no quórum para sesionar.
En las actas que se labren al efecto, se dejará constancia expresa de la modalidad de asistencia de aquellos directores que participen comunicados a distancia. Cada Director tiene derecho a un voto. En caso de empate el Presidente tendrá voto dirimente. Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora deberán ser citados para toda reunión que celebre el Directorio. El acta de Directorio deberá dejar constancia de la asistencia y participación de los miembros presentes en forma física y de los miembros comunicados a distancia. Las actas de las reuniones serán firmadas por todos los participantes. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: El Directorio tiene las más amplias facultades de administración y disposición para el cumplimiento del objeto social, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales a tenor del artículo 375
del Código Civil y Comercial de la Nación, con excepción de los incisos a, b y c . Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos sin limitación alguna, pudiendo establecer agencias, sucursales y toda otra especie de representación dentro o fuera del país, operar con todos los Bancos e instituciones financieras o crediticias oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, dar y revocar poderes generales y especiales, iniciar, proseguir, transar o desistir pretensiones ad-

ministrativas y acciones judiciales en todos los fueros, incluso formular denuncias y querellas, cobrar y percibir y en general adquirir derechos y contraer obligaciones en nombre de la Sociedad sin que la enunciación precedente pueda interpretarse como limitativa de las funciones que le competen. ARTICULO DECIMO TERCERO: El Directorio podrá organizar un Comité Ejecutivo integrado por uno o más de sus miembros con funciones temporarias o permanentes, que tendrá a cargo la gestión de los negocios ordinarios de la Sociedad, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades en razón de su cargo. Podrá asignársele a cada director comisiones específicas. El Comité Ejecutivo podrá sesionar a distancia en las condiciones referidas en el artículo Décimo Primero. ARTICULO DECIMO QUINTO: La Fiscalización de la Sociedad estará a cargo de una Comisión Fiscalizadora integrada por tres Síndicos Titulares y tres Suplentes designados por la Asamblea Ordinaria de Accionistas. Los síndicos durarán tres 3
ejercicios en sus funciones, pudiendo ser reelectos indefinidamente. La Comisión Fiscalizadora sesionará válidamente con la participación de la mayoría absoluta de sus miembros, y resolverá por mayoría absoluta de votos, ya sea que los Síndicos participantes se encontraren presentes en forma física o comunicados entre sí a través de medios de trasmisión simultánea de audio e imagen, en adelante comunicados a distancia.
Los Síndicos que asistan por cualquiera de las modalidades antes indicadas se considerarán presentes a todos los efectos, incluyendo sin carácter limitativo, para determinar si existe o no quórum para sesionar. En las actas que se labren al efecto, se dejará constancia expresa de la modalidad de asistencia de aquellos Síndicos que participen comunicados a distancia. El acta de la Comisión Fiscalizadora deberá dejar constancia de la asistencia y participación de los miembros presentes en forma física y de los miembros comunicados a distancia. Las actas de las reuniones serán firmadas por todos los participantes. ARTICULO DECIMO SEPTIMO:
Toda asamblea deberá ser citada en forma simultánea en primera y segunda convocatoria en la forma establecida en el articulo 237 de la ley 19550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el
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caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria deberá celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera. Conforme lo habilita el art. 158 del Código Civil y Comercial de la Nación, los accionistas pueden autoconvocarse para deliberar, sin necesidad de citación previa. Las decisiones que se tomen serán válidas si concurren todos y el temario es aprobado por unanimidad. Asimismo se aprobó el Texto Ordenado del Estatuto de la sociedad. El Directorio de la sociedad con mandato por tres ejercicios quedó integrado de la siguiente manera: PRESIDENTE: Alberto Esteban VERRA, D.N.I.: 8.358.310; VICEPRESIDENTE:
Joaquín Arturo ACUÑA, D.N.I. Nº: 11.451.089;
DIRECTOR TITULAR: Ricardo Alberto EDELSTEIN, D.N.I 7.966.564; DIRECTOR SUPLENTE: Marcos Nerio CHICOTE, D.N.I.: 13.017.338.
Para integrar la Comisión Fiscalizadora resultaron electos como síndicos Titulares los Sres:
Carlos José MOLINA, D.N.I.: 22.372.285, Mat.
Prof. N 1-29625; Cr. Jorge Alberto MENCARINI, D.N.I.: 8.550.805, Matrícula: Tº LXXIII Fº 221 y Cr. Carlos Francisco TARSITANO, D.N.I.:
7.597.862, Matrícula: Tº 50 Fº 209; y como Síndicos Suplentes: Angélica SIMÁN, D.N.I.:
20.439.731, Mat. Prof. N 1-28217; Martín Alberto MENCARINI, D.N.I.: 26.932.287, Matrícula: T
93 F 744 CSJN; y Matías Sebastián BONO, D.N.I.: 23.459.584, Mat. Prof. N 1-30805, todos por el período correspondiente a tres ejercicios.
1 día - Nº 263333 - $ 5430,70 - 08/07/2020 - BOE

ENDOVIA S. A.
Río Cuarto ELECCIÓN DE DIRECTORIO
Por Asamblea General Ordinaria del día 27 de Mayo de 2020, se renovó el Directorio de la sociedad fijándose en uno el número de titular y en uno el de suplente, habiéndose designado para cubrir los cargos estatutarios a los siguientes:
PRESIDENTE Polimanti Viviana Del Carmen , D.N.I. 20.643.895 Y DIRECTOR SUPLENTE:
Aznar Carmela, D.N.I. 42.160.988. Duración: tres ejercicios.
1 día - Nº 263381 - $ 374,95 - 08/07/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2020 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date08/07/2020

Page count36

Edition count3926

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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