Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2019 - 3º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

3

a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLVI - Nº 154
CORDOBA, R.A., JUEVES 15 DE AGOSTO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

Los bonos de participación son los previstos en el art. 229 de la Ley de Sociedades Comerciales Nro. 19.550, y se pueden emitir por prestaciones que no sean aportes de capital. Sólo dan derecho a participar de las utilidades del Ejercicio. Se les podrá entregar a aquellas personas cuyo aporte sea en bienes, servicios, trabajos o prestaciones personales, que por su naturaleza y características no son susceptibles de valuación precisa. Cada emisión de los bonos de participación fijará el porcentaje de las utilidades líquidas y realizadas que se distribuirán entre los mismos en todas sus series emitidas. El bono de participación sólo tendrá vigencia, si la persona que lo recibe realiza algún tipo de facturación por sus servicios o entrega de bienes a la Sociedad Anónima. En caso de no realizar facturación alguna la persona tenedora del bono, queda automáticamente excluido de la distribución de las utilidades. En caso de haber facturado algunos meses, y en forma proporcional al monto total facturado por los tenedores de este tipo de bonos, recibirá el porcentaje de utilidad proporcional al monto propio facturado durante el ejercicio en que actuó. Las personas que lo reciban en ningún caso
podrán considerarse personal en relación de dependencia, y podrán efectuarse entregas de dinero a las mismas, en concepto de a cuenta de utilidad final determinada para este tipo de bo, nos. Los bonos de participación para el Personal son los previstos en el artículo 230 de la Ley de Sociedades Comerciales Nro. 19.550. Serán entregados solamente al personal en relación de dependencia, por el cual se realicen aportes y contribuciones sociales, y las ganancias que le correspondan serán computadas como gasto en el ejercicio en que se paguen. Son intransferibles y caducan con la relación laboral, cualquiera sea la causa. Esta Participación se abonará contemporáneamente con los dividendos conforme lo establecido en el artículo 231 de la Ley de Sociedades Comerciales Nro. 19.550. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente instrumento.Capital: El capital es de pesos Cien Mil 100000

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

representado por 1000 acciones de valor nominal Cien 100.00 pesos cada acción, ordinarias, nominativas, no endosables de clase B, con derecho a 1 voto.Suscripción: 1 CARLOS CESAR, suscribe la cantidad de 780 acciones. 2 SANTIAGO CESAR, suscribe la cantidad de 100 acciones. 3 PATRICIA ROXANA CHACON, suscribe la cantidad de 100 acciones. 4 WALTER
ROQUE GALANTI, suscribe la cantidad de 20
acciones. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo del Sr.1 CARLOS
CESAR, D.N.I. N20569736 en el carácter de administrador titular. En el desempeño de sus funciones actuará de forma individual o colegiada según el caso.El Sr. 1 PATRICIA ROXANA CHACON, D.N.I. N21315589 en el carácter de administrador suplente. Durarán en sus cargos mientras no sean removidos por justa causa.
Representación: la representación legal y uso de firma social, estará a cargo del Sr. CARLOS CESAR, D.N.I. N20569736. Durará su cargo mientras no sea removido por justa causa. Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
Ejercicio Social: 30/06
1 día - Nº 223442 - s/c - 15/08/2019 - BOE

Centro Cívico del Bicentenario Rosario de Santa Fe 650
Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA

boe@cba.gov.ar
@boecba
21

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2019 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date15/08/2019

Page count21

Edition count3934

First edition01/02/2006

Last issue10/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031