Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 239
CORDOBA, R.A., MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

44 de Ley 17.801, Resolución General N 8 del 25/07/2001, posee matrícula N 877247, empadronado bajo el N de cuenta 160501839393, N
nomenclatura 1605170101075007.
9 días - Nº 423358 - s/c - 23/12/2022 - BOE

El señor Juez de 1 Inst. Civil, Comercial y Flia.
De Villa Dolores 2A, secretaría N 4 a cargo de la Dra. María Victoria Castellano en autos: MARTEL, JAVIER MIGUEL - USUCAPION - MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION
EXPTE. 10435284 cita y emplaza al demandado Alberto Jorge Mestre Cordero y todos los que se consideren con derecho al inmueble que se trata de prescribir, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Cita como colindantes y terceros interesados a Sr. Alberto Jorge Mestre Cordero, a la Provincia de Córdoba en la Persona del Sr. Procurador del Tesoro y a la Municipalidad de San Javier y Yacanto para que dentro del término precipitado comparezcan a estar a derecho y tomar participación en estos autos, todo bajo apercibimiento de ley. El inmueble al que se refiere la presente acción se ubica en el Departamento SAN JAVIER, Pedanía SAN
JAVIER, en las inmediaciones de la localidad de SAN JAVIERYACANTO, en el lugar denominado EL PUEBLITO, designado como LOTE 456156304367, constituido por un polígono irregular de 4
vértices y lados con las siguientes dimensiones:
partiendo del vértice 1 con ángulo de 100 19
con rumbo SE, hasta el vértice 2 mide 50,02m lado 1-2, lindando con Senda Privada - Resto Parcela 456520-304798, propiedad de Alberto Jorge Mestre Cordero D21.501 F26.004 T105
A1964, Cta. N 2903-0.146.638/1; vértice 2 con un ángulo de 69 40 hasta el vértice 3 mide 112,62 m lado 2-3; vértice 3 con un ángulo de 119 37 hasta el vértice 4 mide 31,47m lado 3-4; vértice 4 con un ángulo de 70 24 al vértice 1 mide 112,50m lado 4-1, lindando con Resto de Parcela 456520-304798, propiedad de Alberto Jorge Mestre Cordero D21.501 F26.004 T105
A1964, Cta. N 2903-0.146.638/1, cerrándose así el polígono. La superficie total aproximada es de 4.308,94 m Cuatro mil Trecientos Ocho metros cuadrados con Noventa y Cuatro decímetros cuadrados. El acceso a vía pública Camino
t 281-23, es a través de Senda Privada como se indica en plano.- El inmueble afecta parcialmente Matrícula N 1.735.935. inscripto en el Registro general de la propiedad a nombre de Alberto Jorge Mestre Cordero, por conversión del D21.501
F26.004 T105 A1.964. La parcela afecta parcialmente la cuenta 2903-0.146.638/1, empadronada a nombre de Alberto Jorge Mestre Cordero. Todo de conformidad al plano confeccionado por los Ingenieros civiles Rodríguez Carlos Mat: 1749 y Dallegre Silvia Mat: 1232, visado por la Dirección de Catastro con fecha 20/04/2020, expediente Nº 0033-116734/2020. OFICINA, 23/11/2022. Fdo. :
CASTELLANO, María Victoria SECRETARIO/A
JUZGADO 1RA. INSTANCIA DURAN LOBATO, Marcelo Ramiro JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.
10 días - Nº 423955 - s/c - 29/12/2022 - BOE

VILLA MARIA, 22/11/2022. Téngase presente lo manifestado. Proveyendo a la demanda interpuesta: Admítase la presente demanda de usucapión que se tramitará como juicio ordinario art. 417 CPCC y de conformidad a las normas de los arts. 782 a 790 del CPCC. Cítese y emplácese a los Sres. ERNESTO OLIMPO FERNANDEZ VOGLINO, CARLOS CESAR FERNANDEZ
VOGLINO, RODOLFO ALBERTO FERNANDEZ
VOGLINO , OSCAR ANDRES FERNANEZ VOGLINO, MARIA TERESA FERNANDEZ VOGLINO DE MARTINEZ, MARIA ISABEL ROASENDA FERNANDEZ DE ECHEGOYEN y a los sucesores de la Sra. MARIA SARA FERNANDEZ VOGLINO DE LOPEZ SILVAT, en su calidad de posibles propietarios según surge del informe del Registro General de la Provincia adjuntado con fecha 22/02/2022 art. 782 CPCC 2 párrafo y Catastro fs. 214 y 215 en la forma ordinaria en el domicilio tributario informado, y también juntamente a los que se crean con derecho al inmueble a usucapir, por edictos que se publicarán por diez 10 veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial y diario autorizado con circulación en la ciudad de Villa María, acordándose el plazo de veinte 20
días al efecto a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía. Líbrese mandamiento al señor Intendente de la Municipalidad de Villa María a fin de que coloque copia del edicto en las puertas de la Intendencia a su car-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

go, durante treinta días art. 785 del C.P.C.. Cítese a la Provincia de Córdoba a través de la Procuración del Tesoro y a la Municipalidad de Villa María para que en el término de cinco días, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley art.784 inc.1º del C.P.C., haciéndose saber a la actora que en oportunidad de citar a estos entes deberá agregar todas las copias de demanda y documental pertinente que permitan conocer a ciencia cierta de que inmueble se trata, todo ello con el propósito de otorgarles la mayor información del inmueble para que puedan evaluar si la pretensión de marras podrá afectar sus derechos fiscales. Cítese a los colindantes del inmueble para que tomen participación en su carácter de terceros interesados Marina Soledad Britos, Marcos Silvio Britos Ferreira, Carlos Fernandez Voglino, Bernardo Fernandez Voglino, Ernesto Fernandez Voglino, Rodolfo Fernandez Voglino y Oscar Fernandez Voglino, todos con domicilio conocido y que obra en autos, y asimismo a los terceros que se consideren con derecho al inmueble en cuestión, los que se publicarán por diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días y con las previsiones del art. 783 ter CPCC, en el Boletín Oficial y en un diario local, a fin de que concurran a estar a derecho y deducir su oposición dentro de los veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación art. 165 del CPCC. Dicha forma de notificación lo será sin perjuicio de practicar notificaciones a los domicilios reales que pudieran ser conocidos durante el transcurso del juicio, y que surgieren de las medidas preparatorias. Líbrese oficio al señor Oficial de Justicia a efectos de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor, durante toda la tramitación del juicio Art.786
C.P.C.. Librese oficio al Registro de la Provincia para anotar la Litis sobre el bien objeto del pleito art. 1905 del CCCN, en caso de que dicha medida no haya sido trabada aun. Notifíquese.Texto Firmado digitalmente por: GARAY MOYANO María Alejandra JUEZA DE 1RA. INSTANCIA, TOLKACHIER Laura Patricia SECRETARIA
JUZGADO 1RA. INSTANCIA Fecha: 2022.11.23.10 días - Nº 424021 - s/c - 02/01/2023 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2022 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date29/11/2022

Page count58

Edition count3595

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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