Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/11/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 225
CORDOBA, R.A., MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

24.934.133, CUIT 27-24934133-4, de profesión transportista, de estado civil soltera, con domicilio real en calle Pascual Lencina N 659, de la ciudad de La Francia Cba., y constituyéndolo a todos los efectos procesales en calle Jonas Salk N 536. .12 Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al síndico hasta 1/12/2022. 13 Establecer como fecha hasta la cual el síndico podrá presentar el Informe Individual de los créditos el día 10/2/2023 y el día 30/3/2023 para la presentación del informe general. 14 Fijar como fecha para el dictado de la sentencia de verificación de créditos art. 36 Ley 24.522 el día 28/2/2023. 15 Fijar como fecha hasta la cual el concursado deberá acompañar la propuesta de categorización de acreedores el día 17/4/2023. 16 Disponer que la sentencia de categorización de acreedores prevista por el art. 42 LCQ será dictada a más tardar el día 3/5/2023. 17 Fijar como fecha tope para hacer pública la propuesta de acuerdo preventivo art.
43 LCQel 30/8/2023. 18 Fijar el período de exclusividad computado conforme lo dispone el art. 43 LCQ, en noventa 90 días, finalizando el día 29/9/2023; la audiencia informativa, en consecuencia, se llevará a cabo, de corresponder, el día 22/9/2023 a las 10:00 hs. por ante la sede de este Tribunal, o en el lugar que este indique en esa oportunidad; en caso de que por cualquier causa dicho día resulte inhábil, se celebrará el día hábil siguiente, en el mismo lugar y horario.
20 Atento lo dispuesto por el art. 279 de la L.C.Q. hágase saber que se podrá acceder al legajo digital en el sitio oficial del Poder Judicial, dentro del menú Servicios / Concursos y Quiebras / Consulta Causa Principal https www.
justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/servicios/Observatorio Quiebra.aspx.- SÍNDICO:
Cr. Ricardo Hugo Venier quién fija domicilio en calle Iturraspe Nº 1960 Planta Baja Oficina N 12 de la ciudad de San Francisco Cba.. San Francisco,27 de Octubre de 2022.-

SENTENCIA NUMERO: 84. RIO TERCERO, 20/10/2022. Y VISTOS: estos autos caratulados COMPAÑIA QUIMICA ADRIFA S.R.L. QUIEBRA PROPIA, Expte. 11342210- c on fecha 20
de octubre del corriente año, comparece la Sra.
Adriana Beatriz del Valle GASTAUDO, D.N.I Nº
junta y acredita el carácter invocado, en consecuencia y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 77 inc. 3º, comparece y solicita la declaración de propia quiebra de su representada, COMPAÑÍA QUIMICA ADRIFA SRL. Dentro de los motivos de su presentación relata que la Compañía Química Adrifa se trata de una empresa familiar fundada el 21 de diciembre de 1968, dedica principalmente a la fundición de aluminio, su padre el fundador de la misma, Sr Never Oscar Gautaudo, desde muy joven se desempeñó en la actividad metalúrgica y más específicamente en la de fundición de aluminio, dando inicio a un pequeño establecimiento en esta ciudad e Río Tercero, para luego con el correr de los años instalarse definitivamente en la ciudad de Almafuerte desde el año 1.999, en terrenos propios de su representada en los que se levantó la estructura en la que se desarrollaba toda su actividad. Agrega que la Compañía Química Adrifa estuvo dedicada principalmente a la fabricación en aluminio de quemadores para cocina hornallas, sean estas domiciliarias o gastronómicas, como así también de otras piezas solicitadas especialmente por empresas dedicadas a la producción de elementos para la extracción de petróleo y otros derivados; manifiesta que los clientes más importantes de sui representada se encuentran radicados en la ciudad de Córdoba, Rosario y Buenos Aires. Aduce que durante el transcurso del año 2018 su representada pasó por algunos inconvenientes relacionados fundamentalmente a la economía general del país y en el segundo trimestre del año 2019 se produjo un cambio favorable al rubro de mi representada, pero lamentablemente en el mes de septiembre 2019, la empresa Domec Compañía de Artefactos Domésticos S.A. que compraba prácticamente el 90% de la producción canceló la totalidad de las órdenes de compra solicitadas hasta el mes de febrero 2020 inclusive. A consecuencia de ello lo decido por Domec repercutió de manera negativa tanto en el aspecto productivo como en la situación económico financiera de la Compañía, lo que produjo un desequilibrio económico financiero de su representada. En dicho contexto, a fin de no incrementar deudas y atento la falta de trabajo existente en el establecimiento se decidió el despido del personal en relación de dependencia a partir del día 31/01/2019; luego de esto ocurrió aquello que nadie pudo prever,
cho metal, sino a la fabricación de muebles de hierro, madera y otras materias afines, tales como mesas, modulares, sillas y sillones para exterior e interior, etc. Todo lo relatado hizo caer a la empresa en un estado de Cesación de pagos, y por ello se optó en asamblea por el procedimiento falencial, por ello el estado de cesación de pagos se exterioriza al momento de efectuar esta presentación, de conformidad al artículo 78
de la ley 24.522. Acompaña el Estado detallado y valorado del activo y pasivo con informe de estado de situación patrimonial e informe, ambos suscriptos por contador público. Se acompañan por adjunto escrituras de los lotes que componen el inmueble en el que se encuentra asentada la fábrica, también se acompaña -anexo Nº 3
la que ha sido confeccionada de conformidad al art. 11 inc. 5 ley 24.522, por la remisión prevista en el art. 86 del mismo cuerpo legal y legajo acreedores se acompaña en un archivo adjunto por cada acreedor-. Denuncia los Procesos judiciales de contenido patrimonial-anexo Nº 4 y Libros y balance, acompaña por adjunto balances correspondientes a los períodos 2016, 2017
y 2018, manifestando que no ha podido encomendar la confección del balance correspondiente al año 2019, por falta de fondos y respecto de los años siguientes hasta la fecha ya no ha desarrollado más actividad. Agrega que empleados en relación de dependencia no tiene y declara que nunca antes de esta presentación mi representada ha solicitado concurso de acreedores, ni me ha sido solicitada o declarada su quiebra.
Acompaña acta por la que los socios por unanimidad resuelven presentar la quiebra de mi representada. Finalmente declara bajo juramento que la totalidad de la documentación que se acompañan por adjuntos se corresponde con sus originales y mantienen vigencia y en este estado solicita SUSPENSIÓN de la subasta ordenada en autos caratulados EXPEDIENTE
SAC: 9014528 - ADAL SRL C/ COMPAÑIA QUIMICA ADRIFA SRL - EJECUTIVO POR COBRO
DE CHEQUES, que se tramita por ante la OFICINA DE COBROS PARTICULARES JUZG.3A
NOM-RIO TERCERO, en relación a los lotes donde se encuentra asentada la fábrica de su representadaMat. 206.919 y 1.042.770-, la que comenzó electrónicamente el día 17 de octubre del corriente año, culminando el día 24 de octubre. En este estado queda la causa en condicio-

16.311.893, argentina, mayor de edad, de estado civil casada, de profesión comerciante, constituyendo domicilio en calle Esperanza N 614 de esta ciudad de Río Tercero, en su carácter de Gerente de COMPAÑÍA QUIMICA ADRIFA SRL, con el patrocinio letrado del Dr. JOSE F. FERRERO, M.P. 10-084, conforme documental que ad-

la pandemia, lo cual no hizo más que agudizar la situación de crisis de la empresa. Finalmente manifiesta que en actualidad la dirección de la empresa se encuentra analizando la posibilidad de reencausar la actividad, si bien siempre dentro del rubro metalúrgico, pero ya no a la fundición de aluminio y fabricación de piezas con di-

nes de resolver. Y CONSIDERANDO: I Este Tribunal resulta competente para entender en la presente causa, en virtud de lo dispuesto por el art. 3, inc. 3, ley 24522. II La compareciente, en tanto persona jurídica, es sujeto susceptible de ser declarado en quiebra, encontrándose satisfechas las exigencias del art. 2 de la ley n 24552,
5 días - Nº 416871 - $ 8435 - 08/11/2022 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/11/2022 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date08/11/2022

Page count59

Edition count3605

First edition01/02/2006

Last issue10/05/2024

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