Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/10/2021 - 2º Sección

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 218
CORDOBA, R.A., JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

y con dirección hacia el suroeste hasta encontrar el vértice C, constituyendo el limite Sureste, línea BC de 37,45m, materializada por un muro contiguo de 0,30 m de espesor, que forma con la anterior línea un ángulo de 9125 y linda con la Parcela 39, Posesión de Ricardo Juan GALDEANO No consta Dominio, y con la Parcela 25 de Ricardo Juan GALDEANO Matrícula N 447.647; desde C con dirección al noroeste hasta encontrar el vértice D, constituyendo el límite Suroeste, línea CD de 18,91m de longitud materializada por un alambre tejido, que forma con la anterior línea un ángulo de 8928 y linda con calle Libertad; desde el vértice D, con dirección al noreste, hasta encontrar el vértice A, punto de partida y cerrando la figura, constituyendo el límite Noroeste, línea DA de 37,73m de longitud, materializada por un muro contiguo de 0,30m de espesor en una longitud de 25,50m y por un muro contiguo de 0,15m de espesor en el tramo restante de la línea, que forma con la anterior línea un ángulo de 8907 y con la AB
un ángulo de 9000, linda por este costado con la parcela 35 de María Silvina CACERES, Walter Rubén BALSELLS Matrícula N 304.414 y Parcela 48 de Posesión de Oscar LEZCANO y Nancy Beatriz GARLASCHELLI de LEZCANO
No consta Dominio; todo ello encierra una superficie de SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES
METROS VEINTISIETE DECIMETROS CUADRADOS 693,27m2.10 días - Nº 341870 - s/c - 15/11/2021 - BOE

EDICTO. El Juzgado de 1 Inst. y 1 Nom. C.C.C.
Secretaría N 1 de Villa Dolores, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NÚMERO:
67. VILLA DOLORES, 07/07/2021. Y VISTO:
estos autos caratulados ROLDAN, LIDIA GRACIELA USUCAPION, Expte. 1113547, traídos a despacho a los fines de resolver.- Y DE LOS
QUE RESULTA QUE .-Y CONSIDERANDO QUE .-RESUELVO: 1 Hacer lugar a la demanda instaurada en todas sus partes y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteñal, a la Sra. Lidia Graciela Roldan, argentina, D.N.I. N 11.156.015, C.U.I.L. N
27- 11156015-9, domiciliada en La Población, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, nacida el 09/02/1954, estado civil soltera,
en proporción del cien por ciento 100%, el derecho real de dominio artículos 1887 -inc.
ay 1941 del C.C.C., sobre el inmueble que se describe como: Lote 34: Un inmueble de aproximadamente CINCO MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE CUADRADOS 5.699,00
MTS.2, ubicado en el lugar denominado La Población, Pedanía San Javier, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, República Argentina, con las siguientes medidas: Partiendo del vértice noroeste designado como L, y partiendo con rumbo este, lado L-K, con long.
de 20,03 m, hacia el vértice K, y con ángulo interno de 198 48 14, partiendo con rumbo este, lado K-J, con long. de 5,20 m, hacia el vértice J, y con ángulo interno de 191 24 47, partiendo con rumbo noreste, lado J-I, con long. de 49,72
m, hacia el vértice I, y con ángulo interno de 198 56 13, partiendo con rumbo noreste, lado I-H, con long. de 9,54 m, hacia el vértice H, y partiendo con rumbo noreste, lado H-G, con long. de 21,10 m, hacia el vértice G, y con ángulo interno de 78 25 48, partiendo con rumbo sureste lado G-F, con long. de 57,51 m, hacia el vértice F, y con ángulo interno de 97 40 08, partiendo con rumbo suroeste lado F-E, con long. de 18,11 m, hacia el vértice E, y con ángulo interno de 167 03 36, partiendo con rumbo suroeste lado interno de 102 0925.- Lo que arroja una superficie de 5.699,00 m2.- Y colinda: al Norte con Macario González, al Este, con Isidora Escobar de Godoy, posesión de Ignacia Nicolaza Aguilera de Sosa; al Sur con calle Pública, y al Oeste con Rodolfo Osvaldo Pascual y Leticia Amelia Muñoz Cobeñas todo conforme el Plano de Mensura del inmueble objeto del presente, suscripto por el Ing. Civil Mario Alberto Heredia, M.P. 1114/1, aprobado y visado por la Dirección General de Catastro el día 29 de Diciembre de 2010, en Expte. Provincial N0033-3696/05 fs. 01 y17/18 del cual se desprende que el inmueble afecta de manera parcial la Parcela 7, Inscripto en el Dominio 116635, F 19902, T 80, A 1937, a nombre de ISIDORA ESCOBAR de GODOY, N de Cuenta: 290301468219 y según informe Nº 6335 del Departamento de Tierras Públicas de la Dirección General de Catastro fs. 70: Verificados los registros obrantes en esta Repartición, no
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aparecen afectados derechos fiscales de propiedad y Empadronamiento y Titularidad:
Nomenclatura Catastral: 2903320101018007, Numero cuenta: 290301468219, Titular según Rentas: ESCOBAR DE GODOY ISIDORA, Domicilio fiscal: LA POBLACION DTO S JAVIER
0-CP:5875 - LA POBLACION CORDOBA, Inscripción Dominial: FR, Observaciones: Afecta en forma parcial un inmueble inscripto de acuerdo al asiento 16635, F 19902, T 80, A
1937 a nombre de ISIDORA ESCOBAR de GODOY hoy Matricula 1500815. - 2 A mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del C.C.C., fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real el26 de Julio de 2002.- 3 Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días arts. 790 y 783
del C. de P.C.- 4 Ordenar la cancelación de anotación de litis ordenada por este Juzgado y para estos autos, al D 54 de fecha 19/02/2020, a cuyo fin ofíciese.- 5 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba art. 789 del C. de P.C y cumplidas las demás formalidades de ley, E-D, con long. de 6,14 m, hacia el vértice D, y con ángulo interno de 162
2111, partiendo con rumbo oeste, lado D-C, con long. de 26,10 m, hacia el vértice C, y con ángulo interno de 200 56 10, partiendo con rumbo suroeste, lado C-B, con long. de 71,46
m, hacia el vértice B, y con ángulo interno de 174 56 17, partiendo con rumbo suroeste, lado B-A, con long. de 22,04 m, hacia el vértice A, y con ángulo interno de 56 1322, y partiendo con rumbo noreste, lado A-L, con long. de 60,24
m, hacia el vértice L, y cerrando el polígono con ángulo oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción preventiva. - 6 Imponer las costas por el orden causado artículo 130 -in finedel C.P.C.C.. - 7 Diferir la regulación de los honorarios de los letrados interviniente, para cuando sea así solicitado y exista base determinada para ello artículo 26 - contrario sensude la ley 9459.- Protocolícese, hágase saber y déjese copia en autos.- Fdo: CUNEO Sandra Elizabeth - JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.- OF.12/10/2021.
10 días - Nº 343151 - s/c - 18/11/2021 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/10/2021 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date21/10/2021

Page count57

Edition count3595

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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