Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2021 - 2º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 205
CORDOBA, R.A., VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

Cordoba, designado como Lote 1611-5220 y coincidente con la Parcela Rural 1611-5221, cuenta de impuesto inmobiliario provincial 2301-12049369 a nombre de Macedo Felix Nicasio y tiene la siguiente descripción según informe de la Direccion de Catastro de la Provincia de Cordoba: al Noreste: rio Quebrada de Luna, por el Este: con Lafont sin antecedentes catastrales, por el Sud: Felix Nicasio Macedo inmueble empadronado en la cuenta N 1703-1514314/7 a nombre de Sandra M. N. Torres con domicilio en calle Tala esquina Toronjil de Villa Giardino, Provincia de Córdoba;
por el Noroeste : con Carlos Dubaitis sin antecedentes catastrales y por el Oeste : con Miguel Antonio Marín, sin antecedentes catastrales. El inmueble objeto del juicio tiene plano confeccionado por el Ingeniero Civil Gabriel Gustavo Brassiolo aprobado por la Direccion General de Catastro en el Expediente 0033-79787/03 actualizado en fecha 16 de agosto de 2007 y tiene una superficie total de Cuarenta Hectáreas Un mil trescientos veintitrés metros cuadrados 40 has. 1.323 ms.
Cdos NO TIENE INSCRIPCION DOMINIAL de acuerdo a lo informado por la Direccion General de Catastro de la Provincia de Córdoba. DESCRIPCION SEGÚN PREPARA DEMANDA DE
USUCAPION: Una fracción de campo o lote de terreno con todas las mejoras realizadas ubicado en el lugar denominado QUEBRADA DE LUNA, Pedanía Copacabana, Departamento Ischilin
antes Pedanía Dolores del Departamento Punilla; de acuerdo al plano especial de mensura de posesión de María Angélica Rodríguez, confeccionado por el Ing. Gabriel Gustavo Brassiolo, Matricula Profesional 2185/2 el que ha sido visado por la Dirección de Catastro Departamento Control de Mensura con aprobación técnica para juicio de usucapión de fecha 20 de octubre de 2003
y actualizado en fecha 16 de agosto de 2007, Expediente Provincial Nº 0033-79787/2003 no correspondiendo visacion municipal por no encontrarse dentro del ejido municipal o comunal alguno, designado como LOTE 1611-5220 y coincidente con la Parcela rural 1611-5221 empadronada en la cuenta Nº 230112049369 a nombre de MACEDO FELIX NICASIO del Departamento PUnilla, Provincia de Córdoba, con domicilio fiscal en EST. Ongamira, Quebrada de Luna, con una su-

perficie irregular de un total de 40 Has. 1323
ms.cdos. y que se describe en forma general: al Norte: con Río Quebrada de Luna que lo separa de la propiedad de Lafont en parte y en parte con el Río de la Quebrada de luna; por donde tiene la entrada a la fracción de campo vecinal cruzando un vado en donde tiene la entrada a la fracción de campo vecinal este que desemboca por el Norte en la Ruta Provincial Nº 17; este: con parcela S/D
de posesión de Lafont Sud: parcela S/D de Marcelo Félix Nicasio y propiedad de Tarrasa y Oeste:
con posesiones S/D de Carlos Doubaitis y Parcela 1611-5017 de posesión de Miguel Antonio Marín, todo según surge del plano de Mensura. Que en la Dirección General de Catastro consta como empadronada en la nomenclatura catastral 2301016110522100000 y cuenta Nº 230112049369
para el impuesto inmobiliario rural. CITACION A
TERCEROS Y COLINDANTES: Que conforme a lo informado por la Direccion de Catastro de la Provincia de Córdoba, los colindantes del inmueble objeto del juicio son los siguientes: Cordoba: al Noreste: rio Quebrada de Luna, por el Este: con Lafont sin antecedentes catastrales, por el Sud:
Felix Nicasio Macedo inmueble empadronado en la cuenta N 1703-1514314/7 a nombre de Sandra M. N. Torres con domicilio en calle Tala esquina Toronjil de Villa Giardino, Provincia de Córdoba; por el Noroeste : con Carlos Dubaitis sin antecedentes catastrales y por el Oeste : con Miguel Antonio Marín, sin antecedentes catastrales.
al sin antecedentes catastrales de los colindantes según surge del informe de la Delegación de Deán Funes de Catastro de la Provincia de Córdoba. Se transcribe el decreto que ordena la medida: Dean Funes, 11 de agosto de 2021.- Proveyendo al escrito de fecha 29/07/2021: Al punto I y II: téngase presente lo manifestado con relación al colindante, MIGUEL ANTONIO MARIN.- Estese a constancias de autos.- Ténganse por cumplimentadas las medidas preparatorias art. 780 del CPPC en los presentes obrados.- En consecuencia, a lo peticionado por el Dr. Augusto Perla, letrado apoderado fs. 88 de Lilian Clotilde Domina, heredera testamentaria de Maria Angélica Rodriguez, a lo peticionado: como se pide.- Proveyendo a la demanda obrante a fs. 149/153:
Atento constancias de fs. 147 base imposible y
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

148 comprobante de pago: ténganse por cumplimentados en los presentes autos con los aportes correspondientes a Tasa de Justicia y Caja de Abogados de la Provincia de Córdoba.- Admítase la presente demanda de usucapión la cual se tramitará por el trámite previsto por el art. 782 y siguientes del CPCC.- Imprímase a la misma el trámite de juicio ordinario.- Recaratulense las presentes actuaciones. Cítese y emplácese a los demandados y a todos quienes se consideren con derecho a usucapir para que dentro del término de veinte días -plazo que se contará a partir de la última publicación edictalart. 165 CPCC
comparezcan a estar a derecho y tomar participación en los presentes, bajo apercibimiento de rebeldía, debiendo ser citados a tal efecto, mediante edictos en el Boletín Oficial y otro diario de amplia difusión local, a elección del peticionante -a tal efecto la publicación deberá efectuarse en una cantidad de diez publicaciones, en intervalos regulares dentro de treinta días, es decir, un edicto cada tres díasart. 783 del CPCC.- Cítese al Representante de la Provincia de Córdoba y de la Municipalidad del lugar de ubicación del inmueble; colindantes y a todos los que surjan de los informes requeridos a los fines que si consideran afectados sus derechos, dentro del plazo de tres días, pidan participación en estos obrados como demandados art. 784 del CPCC.- Cítese a todos las personas individualizadas por cédula de notificación a los domicilios que surgen de autos.- Líbrense oficios al señor Juez de Paz y a la Municipalidad y/o Comuna que correspondan al lugar de la ubicación del inmueble a los fines de exhibir durante treinta días en sus dependencias los edictos correspondientes art. 785 CPCC.- Líbrese oficio al señor Juez de Paz correspondiente, a efectos de que intervenga en la colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo de la parte actora, durante toda la tramitación del juicio art. 786 CPCC.- Notifiquese.- MERCADO
Emma Del Valle JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2021.08.13 Texto Firmado digitalmente por: CADAMURO Vanesa Karina PROSECRETARIO/A LETRADO Fecha: 2021.08.11
10 días - Nº 339218 - s/c - 15/10/2021 - BOE

70

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2021 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date02/10/2021

Page count70

Edition count3607

First edition01/02/2006

Last issue13/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31