Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/04/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIV - Nº 73
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 1 DE ABRIL DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

del término de tres días denuncien el juzgado y secretaria, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese. FDO MARTINEZ MARIANA - JUEZA - SANGRONIZ CARINA - SECRETARIA
1 día - Nº 254049 - $ 399,08 - 01/04/2020 - BOE

Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA
DE LORENZETTI WALTER RICARDO - EJECUTIVO FISCAL - EXPEDIENTE ELECTRONICOExpte.6626623 De conformidad a lo dispuesto por la ley 9201: CITESE Y EMPLACESE al demandado para que en el término de veinte 20 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de ley y cíteselo de remate en la mima diligencia, para que en el término de tres 3 días subsiguientes al vencimiento del plazo del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho bajo apercibimiento de ley. FDO. DANIEL ESTEBAN MISERENDINO - ABOGADO M.P. 1-32981.
CÓRDOBA, 22/09/2017. Por presentado, por parte y con el domicilio procesal constituido.
A lo demás, estese a lo dispuesto por el art. 2
de la ley 9024.- Texto Firmado digitalmente por:
VIGLIANCO Verónica Andrea Córdoba, 13 de septiembre de 2019.- Para mayor resguardo al derecho de defensa de la parte demandada, y sin perjuicio de la notificación practicada, previo a proveer lo que por derecho corresponda, publíquense edictos en los términos de los arts. 152, 165 del C.P.C.C. y 4 de la ley 9024, debiendo ampliarse el término de comparendo, el que será de veinte días. Texto Firmado digitalmente por:
VIGLIANCO Veronica Andrea 5 días - Nº 254129 - $ 2941,45 - 08/04/2020 - BOE

al demandado sin que el mismo haya comparecido ni opuesto excepciones. Of.15/10/2019.
Fdo.: Dra. Emilia Stipanicich de Trigos Prosecretaria Letrada.- OTRO DECRETO: MARCOS
JUAREZ, 04/03/2020.- De la liquidación presentada: vista a la contraria art.7 de la ley 9024 y art. 564 del CPC.-Notifíquese. Fdo.: Dra. Emilia Stipanicich de Trigos Prosecretaria Letrada.1 día - Nº 255333 - $ 577,16 - 01/04/2020 - BOE

El Señor Juez del Juzgado de Ejecución Fiscal N 1, Secretaria de Gestion Comun en los autos caratulados DIRECCION DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA C/ ACOSTA
IBAÑEZ PEDRO DURBAL S/ Ejecutivo Fiscal Expediente Electrónico Expte Nº 8263396, con domicilio del Tribunal en calle Arturo M. Bas N
244, planta baja CITA a: ACOSTA IBAÑEZ PEDRO DURBAL. CORDOBA, 25/04/2019. Por adjuntada documental. Estese a lo dispuesto por la ley 9024 y sus modificatorias. FDO: Gil Gregorio Vicente. Otro decreto: De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 9201 líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más el treinta por ciento 30% en la que se estima provisoriamente los intereses y costas del juicio. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de veinte 20 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley.- Cítesela de remate en la misma diligencia para que en el término de tres 3 días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Notifíquese Fdo: Francisco Salvador Robles Procurador Fiscal de Rentas de la Provincia de Córdoba. Otro decreto 5 días - Nº 255564 - $ 2692,35 - 08/04/2020 - BOE

MARCOS JUÁREZ.- En los autos caratulados:DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA PROVINCIA
DE CORDOBA c/Marcos Juárez Agrodirecto S.A. Presentación Múltiple Fiscal Expte. N
6885766que se tramitan por ante la Oficina Unica de Ejecución Fiscal de Marcos Juárez 2N a cargo del Dr. Edgar Amigó Aliaga Juez se ha dictado la siguiente resolución: MARCOS JUAREZ, 15/10/2019. Téngase presente lo manifestado. Al pedido de rebeldía: estése a lo dispuesto por el art. 4 última parte de la Ley 9024. Téngase presente. Certifíquese. Atento lo dispuesto por el art. 7 de la ley 9024, modif. Por Ley 9576, habiendo quedado expedita la vía de ejecución de sentencia procédase a formular liquidación de capital, intereses y costas, incluyendo una estimación de los honorarios profesionales. Notifíquese.- Fdo.: Dra. Emilia Stipanicich de Trigos Prosecretaria Letrada.- CERTIFICO: Que ha vencido el término por el que se citó de remate
En los autos caratulados FISCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/ ADELINA JUAN EJECUTIVO FISCAL EXPEDIENTE N 2849210.
Que se tramita ante el Juzgado de Oficina Unica de Ejecuc. Fiscal 1ra Inst. 1ra Nom. De la ciudad de Río Cuarto. Se ha dictado la siguiente resolución: Río Cuarto, 22 de agosto de 2019. cítese y emplácese a los herederos y/o representantes legales del demandado fallecido para que dentro del plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho en su calidad de herederos del demandado, bajo apercibimiento de rebeldía cfme. art.
4 de la ley 9024 modif. por ley 9118 y dentro de los tres dias subsiguientes a los del plazo de comparendo, oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento del art. 7 de la citada ley a cuyo fin publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de 5 días, conforme lo previsto por el art. 4 de la ley 9024, sin perjuicio
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de la citación al domicilio tributario denunciado.
Notifíquese. Fdo: Ana Baigorria, juezJuy Luciana, Prosecretaria.5 días - Nº 255610 - $ 2143,80 - 01/04/2020 - BOE

Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ JOHANNESEN RAUL ALFREDO - Presentación Múltiple Fiscal Expte. Nro. 5892319, que se tramitan por ante la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal Nº 3, Secretaria: DRA. PEREZ
VERONICA, ubicada en calle Arturo M. Bas Nº 244, P.B. de esta ciudad de Córdoba y de conformidad a lo establecido por el art. 2 ley 9024, se ha dispuesto librar el presente mandamiento de ejecución y embargo por la suma de OCHO
MIL TRESCIENTOS DOS CON VEINTIDOS
CENTAVOS $8302,22, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN
DE DEUDA Nº 8500000008805049, emitida por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, con más los intereses previstos en el Código Tributario Provincial desde la fecha de emisión del título hasta su efectivo pago, honorarios y costas, citándosele y emplazándosele para que en el plazo de veinte 20 días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 4, Ley 9024; y de remate para que en el término de tres 3 días más oponga excepciones legítimas al progreso de la acción art. 6, Ley 9024, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución art. 546 del C.P.C..- NOTIFIQUESE. FDO.
MANSUR SEBASTIAN CHRISTIAN PROCURADOR FISCAL.QUEDA UD. DEBIDAMENTE
NOTIFICADO, EMPLAZADO Y CITADO DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY. POR
CORRIDO EL TRASLADO DE LA DEMANDA.
días - Nº 255639 - $ 3492,65 - 03/04/2020 - BOE

Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA c/ MEDRAN
JOSE EMILIO - Presentación Múltiple Fiscal Expte. Nro. 5892359, que se tramitan por ante la Secretaría de Gestión Común de Ejecución Fiscal Nº 3, Secretaria: DRA. PEREZ VERONICA, ubicada en calle Arturo M. Bas Nº 244, P.B. de esta ciudad de Córdoba y de conformidad a lo establecido por el art. 2 ley 9024, se ha dispuesto librar el presente mandamiento de ejecución y embargo por la suma de DOS
MIL OCHENTA CON TRECE CENTAVOS
$2080,13, en concepto de Acreencia no tributaria Multa Policía Caminera, por los conceptos que resultan de la LIQUIDACIÓN DE DEUDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/04/2020 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date01/04/2020

Page count16

Edition count3602

First edition01/02/2006

Last issue07/05/2024

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