Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/07/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIII - Nº 129
CORDOBA, R.A. VIERNES 14 DE JULIO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:

Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, en vigencia, de conformidad con el detalle analítico expuesto en el Documento Modificación de Crédito Presupuestario N 26 Compensación Interinstitucional que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N 2023/D-00000251
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Por encomienda de firma Resolución Ministerial N 119/2020
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dese intervención a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría
ANEXO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 169 - Letra:D

Y CONSIDERANDO:

Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Listado de Ubicaciones, Plano, Cómputo de Ítems del Contrato, Presupuesto Oficial y Listado de Planos; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante artículo 1º de la Resolución Nº 2023/000-00000220 de su Directorio.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que El objeto de la presente Obra es propende a CONSERVAR LAS REDES VIALES
PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR, correspondientes a la jurisdicción del Consorcio Caminero Regional de que se trata; de esta forma, mejorar la transitabilidad y seguridad para los usuarios de las vías, como así también obtener una economía en el transporte. Por su parte, la adjudicación, ejecución, cómputo y certificación de las tareas de mantenimiento, que se proponen sea a través de la Regional, se traduce en un importante ahorro administrativo.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certificación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de
meses a contar de la fecha del Acta de Replanteo inicial; esto es a partir del 01 de Julio al 30 de Septiembre de 2023, conforme surge del Art. 24 del Pliego Complementario de Condiciones.
Que el Jefe del citado Departamento manifiesta que el Consorcio Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir un significativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad, eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por el Presidente del Consorcio Caminero Regional N 15, para la ejecución de la obra de que se trata por la suma de $ 59.634.411,00, comprometiéndose a ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes de su Regional artículo 15 apartado IV incisos 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.
Que se agrega Documento Contable Orden de Compra N
2023/000662, que certifica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo gestionado demanda.
Que en relación a la incorporación del Art. 110 Sub Ítem Nº 110
Aporte Extraordinario Institucional del Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido dentro del Presupuesto Oficial aprobado por la Dirección de Vialidad y que en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tramitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 2135/2019.
Que obra Dictamen Nº 2023/00000215 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su
trabajos menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un mantenimiento a futuro o tendientes a una consolidación definitiva del tramo y que los trabajos se ejecutaran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del Consorcio Caminero Regional Nº 15.
Que por Resolución Digital N 2023/00000061 se autorizaron los trabajos por el período de abril a junio del 2023, proponiendo en la presente instancia se adjudiquen las tareas de que se trata por el plazo de tres 3

modalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6.233 y conforme lo establecido por el artículo 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8.614, modificada por la Ley Nº 10.417, visto la Ley Nº 10.852 y en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Nº 10.220, atento a que la obra es atendida con Recursos Afectados, puede contratarse directamente con el Consorcio Caminero Regional Nº 15, la ejecución de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-

Córdoba, 08 de junio de 2023
Expediente Digital Nº 0045-025033/2023.VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por Resolución Nº 2023/000-00000220 la Contratación Directa con el Consorcio Caminero Regional Nº 15, para la ejecución de la obra: CONSERVACIÓN
CAMINOS DE TIERRA - REGIÓN 15 - AÑO 2023 TERCER TRIMESTRE
DPTOS.: RÍO CUARTO, por la suma de $ 59.634.411,00.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/07/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date15/07/2023

Page count6

Edition count4159

First edition01/02/2006

Last issue12/06/2024

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