Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/03/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 62
CORDOBA, R.A. VIERNES 31 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

cación, el procedimiento y requisitos para realizar la oposición. El citado Registro se habilitará durante el término de cinco 5 días a contar desde la última publicación, para que dentro de ése plazo los contribuyentes que se encuentren dentro de la zona de influencia, manifiesten su disconformidad artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario N 1.053/2018, modificado por su similar N 0454/2020.

Que mediante Resolución Ministerial Nº 285/2019, se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio Caminero Único y por su similar N 406/2022
se aprobó el Acta de Recepción Definitiva Total de la obra de que se trata.
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas de este Ministerio informa que Esta obra, al ser la primera que se ejecutó con este sistema, no contó con el registro de oposición antes del inicio de la obra.
Es por eso que se solicita la apertura del registro de oposición en esta instancia, por lo que insta en autos el procedimiento acompañando: síntesis del proyecto, costo de la obra $ 15.700.000,00 confeccionado conforme a valores del mes de septiembre de 2019, área contributiva, listado de futuros contribuyentes alcanzados, su proporción y estimación de la contribución a realizar.
Que asimismo propone el procedimiento y requisitos para realizar la oposición de la siguiente manera: El beneficiario que quiera oponerse a la contribución, deberá hacerlo mediante la Mesa de Entrada Digital. Deberá completar los campos de datos personales, el motivo del trámite y anexar una copia de su DNI, y una copia del impuesto inmobiliario para constatar el número de cuenta al que quiera asociar el reclamo; o mediante un correo electrónico a la casilla UnidadEjecutoraCCU@cba.gov.ar con el Asunto Registro de Oposición en el cual deberá incluir sus datos personales, anexar una copia de su D.N.I. y una copia del impuesto inmobiliario para constatar el número de cuenta al que quiere asociar el reclamo.
Que el citado informe técnico, hace plena fe por sí mismo, en relación a su conformidad con la normativa específica Ley N 10.546, Decreto Reglamentario N 1.053/2018, Resolución del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento N 250/2018, Ley N 10.622, Resolución del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento N 100/2019, Ley N 10.675, Resolución
N 130/2020 de este Ministerio y Decreto N 0454/2020 y Ley N 6.205 de Contribución por Mejoras en zona rural, urbana y serrana y su Decreto Reglamentario N 4.945/79, de aplicación subsidiaria en todos aquellos aspectos no regulados a la temática de marras, según artículo 3º Ley N 10.546.
Que obra Dictamen Nº 50/2023 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que puede procederse conforme a lo propiciado, disponiendo la publicación en el Boletín Oficial y la apertura del Registro de Opositores, en los términos del artículo 14 del Anexo único al Decreto N 1.053/2018, reglamentario de la Ley N 10.546, modificado por Decreto N 0454/2020.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 50/2023 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la Apertura de un Registro de Opositores de la obra: RIPIADO DE 10 KM DEL CAMINO SECUNDARIO S-266 y la publicación en el Boletín Oficial durante cinco 5 días consecutivos de la síntesis del proyecto, área contributiva, futuros contribuyentes alcanzados, proporción, estimación del costo de obra y de la contribución a realizar;
todo ello en los términos del Decreto N 1.053/2018, artículo 14 de su Anexo Único y conforme documental técnica que como Anexo I compuesto de seis 6 fojas, forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2.- PROTOCOLÍCESE comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
ANEXO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 239

Y CONSIDERANDO:

Que mediante los referidos instrumentos legales se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos del artículo 14, punto II B de la Ley N 9361, para cubrir el cargo de Subdirección de Jurisdicción de Programas Descentralizados Cargo 349 del Ministerio
para la continuidad del proceso concursal.
Que, conforme lo actuado por cada Tribunal de Concurso, la postulante inscripta obtuvo un puntaje inferior al setenta 70% por ciento de la puntuación máxima exigida en la Entrevista Personal, de conformidad a las Bases y Condiciones establecidas para el proceso concursal y en el marco del artículo 20 de la Ley N 9361, según surge del Acta N 01/2022 del referido Tribunal, para acceder a cargos y/o funciones de conducción -de la Resolución N 2022/SGG-00000477-.
Que la reglamentación del artículo 14 de la Ley N 9361, establece que el concurso será declarado desierto cuando no hubiere postulantes o ninguno de los mismos satisficiera los requisitos exigidos para la cobertura del cargo.
Que, en atención a ello, la Dirección General de Coordinación y Ges-

de Educación.
Que a través de las Resoluciones Nros. 02/2022 y 06/2022 de la Comisión Laboral de Concurso y Promoción del Ministerio de Educación se aprobaron las condiciones generales, se establecieron los integrantes definitivos de los Tribunales de Concurso, como así también el cronograma
tión de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, propicia el dictado del presente acto administrativo a los fines de declarar desierto el llamado a concurso de cargo referido.

Por ello, en el marco del artículo 14 de la Ley Nº 9361 y en ejercicio de sus atribuciones;

Córdoba, 29 de marzo 2023
VISTO: La Resolución Nº 1322 de fecha 26 de octubre de 2022 y su rectificatoria Resolución N 1345/2022, ambas del Ministerio de Educación.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/03/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date31/03/2023

Page count6

Edition count4162

First edition01/02/2006

Last issue15/06/2024

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