Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/01/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

de la vigencia de los plazos dispuestos por la RG ERSeP Nº 92/2021 y motiva la solicitud el pedido de nuestras asociadas, de los Municipios y Comunas que utilizan nuestra infraestructura para la prestación del servicio de Alumbrado Público, la difícil situación económica actual y la importancia que representa para las Cooperativas cumplimentar con el registro de las obras eléctricas, además, no es de menor relevancia la tarea realizada por la mesa de trabajo convocada por Uds. que realizó un pormenorizado estudio que permitirá la adopción de nueva normativa técnica . Por los argumentos esgrimidos nos permitimos en solicitar formalmente al Ente Regulador de los Servicios Públicos de Córdoba, lo desarrollado en párrafos precedentes..
III Que atento a la normativa vigente, corresponde al ERSeP el tratamiento de la cuestión planteada y, en tal sentido, el artículo 24 de la Ley Nº 8835, explicita que La función reguladora del ERSeP comprende el dictado de la normativa regulatoria, el control y aplicación de sanciones, la solución de conflictos entre las partes del sistema, el estímulo de la calidad y eficiencia de los prestadores y la aplicación de los incentivos a la actividad regulada de conformidad con las políticas sectoriales..
En efecto, el artículo 25 de la misma Ley establece que es competencia del ERSeP, según el inc. a, Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y sus reglamentos, como así también las normas reguladoras, a la vez que, conforme a los inc. e, n y t, le corresponde al Ente Desarrollar acciones destinadas a mejorar la calidad y eficiencia de los servicios; Controlar el mantenimiento de los bienes e instalaciones afectados a los servicios y realizar todos los demás actos que sean necesarios para el buen ejercicio de la función reguladora y la satisfacción de los objetivos de la presente Ley..
Que la Resolución General ERSeP Nº 11/2011 B.O.P., 09-022012, establece en su Anexo Dos 2, Punto 6 -TASA POR REVISIÓN
Y REGISTRO DE RELEVAMIENTOS DE OBRA-, una tasa a abonar por el registro de los Relevamientos ingresados al ERSeP como consecuencia de la implementación de la referida Resolución.
Que el pago de dicha tasa resulta exigible a los Relevamientos ingresados al ERSeP con fecha posterior a un año de la publicación de la misma.

Que a los fines de generar incentivos, entendidos como la oferta de estímulos o beneficios destinados a obtener la conducta deseada del regulado, a través de las Resoluciones Generales ERSeP Nº 21/2013, Nº 39/2013, Nº 70/2018, Nº 103/2019, Nº 19/2020 y Nº 92/2021, este Organismo dispuso la modificación de la tasa en aplicación, lo que en cada caso implicó la reducción parcial y temporal, medidas que en conjunto tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Que dichas medidas en modo alguno significaron una modificación de lo dispuesto en el punto 6 del Anexo Dos 2 de la Resolución General ERSeP Nº 11/2011, habiendo sido las mismas de carácter parcial y temporal, cobrando por lo tanto plena vigencia las previsiones originales, al vencimiento del plazo indicado.

Que así las cosas, atento lo solicitado por las entidades iniciadoras y a los argumentos por ellas esgrimidos, con el objeto de propiciar la
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 11
CORDOBA, R.A. LUNES 16 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

normalización administrativa de las obras de infraestructura eléctrica alcanzadas, resulta pertinente la implementación de una prórroga de la reducción parcial y temporal del porcentaje fijado sobre el monto total de la obra, a los fines de la determinación y pago de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamientos de Obra TRR, por el término contado a partir del vencimiento del plazo arriba indicado -31 de diciembre de 2022- y hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive.
IV Que en consonancia con lo aprobado por las Resoluciones Generales mencionadas precedentemente y atento a las especiales circunstancias económico-financieras esgrimidas por las Distribuidoras Cooperativas, sumado a la necesidad de avanzar en la normalización de las instalaciones de distribución de energía de las referidas prestatarias, este Organismo dispuso, mediante Resoluciones Generales ERSeP Nº 13/2019, Nº 103/2019, Nº 19/2020 y Nº 92/2021, que a los fines del pago de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamientos de Obra TRR, las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía de Córdoba podrán requerir al ERSeP la habilitación para efectuar el pago hasta en seis 6 cuotas mensuales, iguales y sin interés, medidas que en conjunto también tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
Que atento lo considerado en relación a la solicitud de prórroga de lo estipulado por las Resoluciones Generales ERSeP Nº 70/2018, Nº 103/2019, Nº 19/2020 y Nº 92/2021, se entiende prudente y oportuno prorrogar el mecanismo que prevé la posibilidad del pago de la tasa respectiva hasta en seis 6 cuotas mensuales, iguales y sin interés, por el término contado a partir del vencimiento del plazo arriba indicado -31 de diciembre de 2022- y hasta el 31 de diciembre de 2024
inclusive.

V Que por su parte, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución General del ERSeP Nº 01/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/2004, el cual prescribe que el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización.

Que por todo ello, lo expuesto en el Dictamen del Servicio Jurídico de la Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo y las disposiciones emanadas de los artículos 21, 25 inc. t, 28 inc. j y conc. de la Ley Nº 8835 -Carta del Ciudadano-, el Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE la reducción parcial y temporal oportunamente dispuesta por la Resolución General ERSeP N 92/2021 respecto del porcentaje fijado sobre el monto total de la obra, a los fines de la determinación y pago de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamientos de Obra TRR
pautada en el REGLAMENTO PARA LA REGISTRACIÓN DE OBRAS DE IN-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/01/2023 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date16/01/2023

Page count3

Edition count4159

First edition01/02/2006

Last issue12/06/2024

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