Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/10/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 205
CORDOBA, R.A. MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

iv el ingreso de la Sociedad Nacional o de la Sociedad Controlante al régimen de la oferta pública de su capital en cualquier mercado de valores de cualquier jurisdicción bajo cualquiera de sus modalidades;
v la desvinculación total como accionista o como socio de alguno de los Emprendedores con participación superior al 10%;
vi el levantamiento de inversión por un millón de dólares o más en una misma ronda.
Inversor/es: Aquella/s persona/s humana/s y/o jurídicas que inviertan en el Emprendimiento, a través de su Sociedad Nacional o bien de su Sociedad Controlante, y se comprometan a brindar mentoreo y acompañamiento para el logro de los objetivos del mismo, y por ende, se constituyan en co-inversores de la Autoridad de Aplicación.
Inversor Ángel: Aquella/s persona/s humana/s que inviertan en el Emprendimiento, a través de su Sociedad Nacional o bien de su Sociedad Controlante y se comprometan a brindar mentoreo y acompañamiento para el logro de los objetivos del mismo, y por ende, se constituyan en co-inversores de la Autoridad de Aplicación.
Inversor Ángel por segunda vez: Aquella/s persona/s humana/s que inviertan en el Emprendimiento, a través de su Sociedad Nacional o bien de su Sociedad Controlante, y se comprometan a brindar mentoreo y acompañamiento para el logro de los objetivos del mismo, y por ende, se constituyan en co-inversores de la Autoridad de Aplicación y que tiene como antecedente al menos una inversión previa en el mismo Emprendimiento teniendo por objetivo reforzar nuevamente al mismo con un nuevo aporte de capital.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Inversión Privada: Será la inversión que realice el Inversor con fondos propios o de terceros en caso de fondos o fideicomisos, que no provengan de la Administración Pública, en el marco del Beneficio de Inversión Conjunta.
La Inversión Privada podrá canalizarse a través de la Sociedad Nacional, o bien de la Sociedad Controlante del Emprendimiento.
Artículo 8: AGRÉGUESE al apartado 2. Definiciones de las Condiciones Generales de las bases y condiciones las siguientes definiciones:
Sociedad Nacional: Aquella persona jurídica nacional organizada en la Provincia de Córdoba, a través de la cual se desarrolla el Emprendimiento.
La Sociedad Nacional deberá tener como socios a los Emprendedores, o bien a la Sociedad Controlante.
Sociedad Controlante: Aquella persona jurídica extranjera, a través de la cual los Emprendedores mantienen un control indirecto sobre la Sociedad Nacional, y que conforma el grupo económico a través del cual se desarrolla el Emprendimiento.
Artículo 9: APRUÉBASE los anexo VIII, IX, X y XI, los cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 10: COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE y PUBLÍQUESE en boletín oficial.
FDO: DIEGO RAFAEL CASALI. PRESIDENTE AGENCIA CORDOBA INNOVAR Y
EMPRENDER SEM.
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/10/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/10/2022

Page count8

Edition count4150

First edition01/02/2006

Last issue29/05/2024

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