Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/04/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 72
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 6 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Programa Nueva Vida creado por Decreto N 358/2009, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N 9283 y su Decreto Reglamentario N 308/2007.
Que insta el trámite de marras la Señora Secretaria de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas del Ministerio de la referencia, propiciando la actualización del monto de la mencionada beca, el que actualmente se encuentra fijado en la suma de Pesos Ocho Mil $8000
mensuales, conforme al Decreto N 126/2021; señalando que el citado Programa Nueva Vida tiene por objeto el empoderamiento e inclusión social de las mujeres víctimas de violencia a fin de afianzar la independencia y autonomía de la mujer mediante el otorgamiento de contribuciones económicas destinadas a su sustento.
Que las variaciones económicas que imperan en el país han influido, sustancialmente en el costo de vida de la ciudadanía y en particular de las víctimas de violencia y su grupo familiar, habiendo quedado desactualizada dicha ayuda económica no remunerativa, por lo que se propicia que la misma sea incrementada a la Suma de Pesos Trece Mil $13.000,00 mensuales.
Que atento a lo relacionado, procede en la instancia modificar el monto de la ayuda económica denominada Beca de Asistencia en situación de Crisis, establecida en el marco del Programa Nueva Vida, de conformidad a lo gestionado desde el Ministerio de la Mujer, en virtud de las competencias que le fueran asignadas por Ley 10.726; debiendo gestionar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para la implementación del mismo.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el servicio jurídico del Ministerio de la Mujer, al N 2022/AL-DP-00000011, por Fiscalía de Estado bajo el N181/2022 y en ejercicio de atribuciones constitucionales.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1. - MODIFICASE, a partir del 01 de marzo de 2.022, el monto de la ayuda económica no reintegrable ni remunerativa, denominada Beca de Asistencia en Situación de Crisis, otorgada en el marco del Programa Nueva Vida regulado por Decreto N 358/2009, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N 9283 y su Decreto Reglamentario N 308/2007., el que queda establecido en la suma de pesos Trece Mil $13.000 mensuales Artículo 2. - El Ministerio de la Mujer, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Programa Nueva Vida, gestionara ante el Ministerio de finanzas las adecuaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo anterior.
Artículo 3. - El presente Decreto será refrendado por las señoras Ministra de Coordinación y Ministra de la Mujer y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN - CLAUDIA ROXANA MARTÍNEZ, MINISTRA DE LA MUJER JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 326
Córdoba, 31 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente N 0755-001906/2022 del registro del Ministerio de la Mujer.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la modificación del monto máximo a otorgar en relación al subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia por Maternidad, instituido por la Ley N 10.342, hasta la suma de Pesos Cien Mil $ 100.000,00.
Que desde el Ministerio de la Mujer se insta el trámite de marras, fundamentado lo solicitado en la necesidad de actualizar el monto máximo correspondiente al referenciado subsidio, en virtud del aumento generalizado del nivel general de precios en la economía argentina.

Que el mencionado artículo 6 de la citada Ley N 10.342, faculta a este Poder Ejecutivo a actualizar el monto máximo establecido para el subsidio de que se trata.
Que obra el Visto Bueno de la señora Ministra de la Mujer.
Que procede en la instancia ampliar el monto máximo del subsidio implementado por el artículo 1 de la Ley 10.342, conforme se gestiona, debiendo el Ministerio de Finanzas a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para la implementación del mismo, de conformidad a lo preceptuado por el artículo 12 del citado plexo normativo.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el servicio jurídico del Ministerio de la Mujer al N 2022/ALDP- 00000010,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

por Fiscaliza de Estado bajo el N 180/2022 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1. - MODIFÍCASE el monto máximo a otorgar como subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia por Maternidad, instituido por Ley N 10.342, el que queda establecido en la suma de Pesos Cien Mil $
100.000,00 y ESTABLÉCESE su aplicación a los beneficios otorgados a partir del mes de marzo de 2022..
Artículo 2. El Ministerio de Finanzas efectuará las adecuaciones e imputaciones presupuestarias necesarias para materializar lo dispuesto en el artículo 1 de este instrumento legal Artículo 3. - El presente Decreto será refrendado por las señoras Ministra de Coordinación y Ministra de la Mujer y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADORSILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓNCLAUDIA ROXANA MARTÍNEZ, MINISTRA DE LA MUJER, JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/04/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date06/04/2022

Page count9

Edition count4144

First edition01/02/2006

Last issue21/05/2024

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