Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/05/2019

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que en consecuencia la Dirección Gral. de Infraestructura a través de la Jefatura de Escenario reserva las instalaciones requeridas los días viernes de 19:00 a 20:30 hs durante el presente año 2019 sujeto a modificación del mismo cuando la AAMH de inicio al circuito Sub 12 coordinándose nuevo horario con la jefatura.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios administrados por el organismo.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Autorizar el uso de media cancha del Centro Municipal de Hockey al Colegio Musical IDRA, los días viernes de 19:00 a 20:30 hs durante el presente año 2019, a los fines de ser utilizado por la categoría Mamis Hockey de la Institución sujeto a modificación en caso de requerirlo la AAMH coordinando con la jefatura de escenario asignación de nuevo horario, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2.- Conforme la autorización conferida por el artículo precedente, la Institución deberá abonar a la Tesorería del Ente, las sumas que se devenguen en atención al uso realizado conforme el Tarifario vigente, que deberán imputarse de acuerdo a lo informado por la Contaduría a la cuenta: Tipo 12 Clase 2
Concepto 09 Subconcepto 13 Uso de instalaciones municipales Centro Municipal de Hockey, del Cálculo de Recursos en Vigencia.
ARTICULO 3.- La autorización conferida por el Artículo 1º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual la institución asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a deportistas participantes.
ARTICULO 4º.- La Institución deberá presentar un listado de deportistas concurrentes y responsable de grupo; constancia de cobertura de seguros y de emergencias médicas que cubra la actividad.
ARTICULO 5º.- Registrar, comunicar, y a sus efectos intervenga Dirección de Gestión, Dirección General de Infraestructura y por su intermedio la Jefatura de Escenario del Centro Municipal de Hockey.
REGISTRADA BAJO EL Nº 69/2019
Mar del Plata, 07 de marzo de 2019.
VISTO las presentes actuaciones a través de las cuales se tramita la solicitud de uso del Estadio José María Minella por parte del Club Atlético Aldosivi mediante nota Nº 333 de fecha 01 de marzo de 2019, y CONSIDERANDO:
Que el Club de referencia solicitó el uso de las instalaciones del Estadio José María Minella del Parque Municipal de Deportes Teodoro Bronzini, a los fines de disputar un encuentro futbolístico correspondiente al fixture oficial de la Asociación del Fútbol Argentino AFA, que en carácter de local disputó el Club en el marco del Campeonato Oficial de Primera División Super Liga Edición 2018/2019 correspondiente a la 21º fecha contra el Club Defensa y Justicia.
Que conforme se desprende de Ordenanza Nº 15.120, el Ente Municipal de Deportes y Recreación se encuentra facultado para conceder permisos de uso de los escenarios existentes en el Parque Municipal de Deportes.
Que en atención a lo establecido por Ordenanza Nro.
21.481, y Decreto reglamentario, corresponde se exima al Permisionario del pago de los derechos de uso y gastos operativos que se generen con motivo del uso de las instalaciones, todo ello en consonancia con lo establecido en el Artículo Quinto y concordantes de la Ordenanza Nro. 21481 y su Decreto Reglamentario.
Que a tal efecto se suscribió el correspondiente contrato en el cual se especificaron todas las circunstancias relativas al permiso otorgado.
Por ello, y en virtud de las facultades que les son propias EL PRESIDENTE
DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Ratificar el uso efectuado por el Club Atlético Aldosivi de las instalaciones del Estadio José María Minella del Parque Municipal de Deportes Teodoro Bronzini el día 04 el de marzo de 2019, a los fines de disputar un encuentro futbolístico correspondiente al fixture oficial de la Asociación del Fútbol Argentino AFA Fjs. 122 , que en carácter de local disput el club en el marco del Campeonato Oficial de Primera División Super Liga Edición 2018/2019, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º.- Conforme lo establecido en Ordenanza Nro 21.481 y Decreto Reglamentario corresponde se exima al Permisionario del pago de los derechos de uso y costos operativos que se generen con motivo del uso de las instalaciones.
ARTICULO 3º.- La autorización conferida por el Artículo 1º y 2º no implica que el EMDER asuma responsabilidad alguna por la actividad a desarrollarse, durante la cual el Club asumirá la responsabilidad exclusiva por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a personas y cosas, debiendo contratar al efecto el respectivo Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva, cuya cobertura ampare todo lo inherente al evento.
ARTICULO 4º.- Registrar, comunicar y a sus efectos intervengan la Dirección de Gestión y la Director Gral. de Infraestructura a través de la Jefatura de Escenario.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/05/2019

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date14/05/2019

Page count55

Edition count836

First edition30/06/2010

Last issue25/04/2024

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